¿Qué tienes que saber?
Modalidad A. Llavor para proyectos innovadores con potencial de incorporación en el sector productivo
Las ayudas deben destinarse a proyectos de innovación que se encuentren en la fase inicial de conceptualización del plan para la transferencia de tecnologías o conocimientos y la generación de valor para la sociedad.
El objetivo de las ayudas es financiar las acciones contempladas en el plan para estudiar y/o validar su viabilidad técnica y comercial, y alcanzar un grado de madurez suficiente que permita afrontar con garantías la fase de prueba de concepto o validación del servicio. El grado de madurez técnica y comercial esperado al finalizar los proyectos corresponde a la finalización de la fase de conceptualización del plan de transferencia de acuerdo con las evidencias recopiladas o la opinión de los potenciales clientes, usuarios o beneficiarios, que permita la identificación de un candidato a producto o servicio a desarrollar en la fase de prueba de concepto y/o una propuesta de generación de valor a partir de la tecnología o conocimiento propuesto.
Contacto:
- Juan Antonio Bermejo (juan.antonio.bermejo@gencat.cat)
- Víctor Linares (victor.linares@gencat.cat)
- Bústia TRANSFERÈNCIA AGAUR (transferencia.agaur@gencat.cat)
Resolución: Los edictos de resolución estan disponibles en el tablón electrónico de la Generalitat de Cataluña durante el tiempo establecido por normativa.
Modificaciones e incidencias: En el seguiente enlace, facilitamos los modelos normalizados correspondientes, junto con las indicaciones específicas sobre los pasos a seguir para solicitar, si procede, una modificación de las condiciones de la ayuda.
Justificación: En el siguiente enlace, facilitamos los models normalizados correspondientes y el manual de instrucciones para la correcta justificación de las ayudas, con indicaciones específicas sobre los pasos a seguir para presentar correctamente la documentación, de acuerdo con el sistema de justificación.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
Los equipos de investigación de las universidades del sistema universitario de Cataluña, los centros de investigación, los centros tecnológicos, las fundaciones hospitalarias y las instituciones sin ánimo de lucro. Han de tener como actividad principal la investigación y sede en Cataluña.