¿Qué tienes que saber?
El plazo de presentación de solicitudes es hasta el 31 de enero de la convocatoria vigente.
Las modificaciones mayores deben ser autorizadas por el órgano competente previo a su ejecución, y deben solicitarse hasta el día 31 de enero del año de la convocatoria correspondiente.
Las modificaciones menores deben comunicarse al órgano competente antes de la solicitud de pago.
Las solicitudes de pago deben presentarse hasta el 30 de abril del año de la convocatoria correspondien
Este trámite solo puede hacerse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A empresas que quieran realizar inversiones para la mejora de la producción o comercialización de productos vitivinícolas, en el marco del Real decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención sectorial vitivinícola en el marco del Plan estratégico de la Política agraria común.
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Si aportaa documentación requerida: 10 días hábiles a partir del siguiente a la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento o de la resolución de concesión provisional.
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Si aportas documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
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Si presentas alegaciones: 10 días hábiles desde el siguiente a la notificación de la propuesta de resolución provisional de concesión de la subvención.
No son hábiles los sábados, domingos y festivos oficiales.
Que se haya realizado correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
- Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, en su caso, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las personas solicitantes deben enviar la documentación solicitada utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que debe hacerse constar obligatoriamente el número de expediente.
- Por otra parte, las personas solicitantes podrán presentar la documentación que consideren oportuna a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que debe hacerse constar obligatoriamente el número de expediente.
Debes tener un expediente de solicitud de subvención en trámite.
No hay que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, desistir
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
La respuesta de la Administración variará en función de la documentación de que se trate, pudiendo incluirse dentro de la resolución de la solicitud de ayuda.
La respuesta de la Administración variará en función de la documentación de que se trate, pudiendo incluirse dentro de la resolución de la solicitud de ayuda.