¿Qué tienes que saber?
El recurso especial se interpone contra los actos citados en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se trasladan al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
La reclamación está regulada al artículo 119 y siguientes del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el cual se incorporan al ordenamiento jurídico español varias directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.
A las personas físicas o jurídicas que consideráis que vuestros derechos o intereses legítimos han sido perjudicados o pueden resultar afectados por las decisiones objeto de recurso o de reclamación.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento antes de la resolución del recurso.
Este trámite es gratuito.
Este trámite sólo es válido para comunicar un desistimiento de un recurso o una reclamación interpuestos anteriormente.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Desiste
Este trámite sólo lo puedes realizar por internet. Para tramitar este formulario tienes que firmar e identificarte digitalmente con el idCat Mòbil o un certificado digital de persona física, jurídica o persona vinculada.