¿Qué tienes que saber?
Las Empresas Distribuidoras de Gas (EDG) deben presentar mensualmente una liquidación de las tasas generadas como consecuencia de la actividad de inspección periódica de las instalaciones receptoras de gases combustibles para canalización, que hayan realizado durante el mes anterior, con independencia de la existencia o no de actuaciones inspectoras.
Las EDG también deben presentar, eventualmente, liquidaciones complementarias de regularización.
Para garantizar que se está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, cada vez que se tenga que utilizar un formulario, se debe descargar de nuevo. Si se reutilizan los documentos para otras ocasiones, puede que esté usando una versión obsoleta del documento.
Las Empresas Distribuidoras de Gas tienen que presentar la liquidación mensual dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al del periodo de liquidación.
A las empresas distribuidoras de gas que actúan en Cataluña.
Con respecto a la liquidación mensual, las Empresas Distribuidoras de Gas (EDG) la tienen que presentar dentro de los primeros 20 días del mes siguiente al del periodo de liquidación.
En cuanto a las liquidaciones complementarias de regularización que efectúan las EDG para corregir posibles datos erróneos, éstas pueden presentarse en cualquier momento.
Documentación que hay que adjuntar al formulario:
No hay tasas asociadas a este trámite.
Modificación de cuotas de las tasas
En caso de producirse un cambio en las cuotas de las tasas en una fecha intermedia del periodo a liquidar, las empresas de distribución de gases combustibles por canalización tendrán que presentar un trámite para cada periodo de mes correspondiente a cada una de las cuotas.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar la liquidación
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2
Segundo paso
Realizar el pago
Una vez examinado y verificado el formulario y la documentación, la OGE enviará al representante del EDG una carta de pago con el importe a liquidar en concepto de tasas generadas.
Una vez examinado y verificado el formulario y la documentación, la OGE enviará al representante del EDG una carta de pago con el importe a liquidar en concepto de tasas generadas.
El pago de cada uno de los importes se efectuará a través de uno de los medios de pago habilitados.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
Una vez verificado el pago, la OGE comunicará a la empresa la finalización del trámite.
Una vez verificado el pago, la OGE comunicará a la empresa la finalización del trámite.