¿Qué tienes que saber?
Ayuda dirigida al fomento de inversiones productivas que tienen como objetivo contribuir a la mitigación o adaptación al cambio climático, a mejorar la eficiencia energética y la producción con energías renovables, la mejora del bienestar animal y la bioseguridad en explotaciones agrarias.
- lazo ordinario: del 1 de febrero al 30 de abril de 2026.
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Para acceder a la aplicación es necesario que se identifique con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
A personas físicas y jurídicas titulares de explotaciones agrarias.
- La solicitud de ayuda y el estudio sobre la adaptación y/o mitigación del cambio climático se presentarán mediante la DUN - Declaración única agraria.
- Memoria complementária de las actuaciones con planos y croquis detallado
- Documentación común a las ayudas asociadas a CGE y DUN.
- En caso de persona física, tener 18 años en el momento de la solicitud, y cumplir con la definición de Agricultor profesional.
- En caso de comunidades de bienes, todos los comuneros deben cumplir con los requisitos de persona física.
- En caso de sociedades, más del 50% del capital social debe estar en manos de personas físicas que cumplen con la definición de Agricultor profesional.
- Las inversiones deben ir dirigidas a alguna de las actuaciones subvencionables reguladas en la convocatoria.
- Las inversiones no se pueden iniciar antes de presentar la solicitud de ayuda, ni antes de la visita de no inicio efectuada por los técnicos Departamento de Agricultura (DARPA), visita que ouede sustituirse por el proceso normalizado de fotoDUN. Debe tener en cuenta que se permite el pago de un avance de hasta un máximo del 25% de la inversión subvencionable en fase de concesión que se haya pagado a partir del 1 de enero del año de la convocatoria. Este pago del avance no implica que estas inversiones puedab iniciarse antes de la solicitud y la visita de los técnicos del Departamento.
- Tener una puntuación mínima de 20 puntos, de acuerdo con los criterios de priorización regulados.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 01/02/2026 al 30/04/2026 -
2
Segundo paso
Consulta el expediente y aportación documental
La aportación documental en el plazo de presentación de solicitudes de ayuda se realizará mediante la aplicación LaMevaDun.
La aportación documental en el plazo de presentación de solicitudes de ayuda se realizará mediante la aplicación LaMevaDun.
Posteriormente al plazo de presentación de solicitudrs, la consulta del expedientr y la aportación de documentos se realizará por SIDER.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
La Administración tiene un plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para emitir la resolución y notificarla al interesado por escrito. Si no emite ninguna respuesta se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.
¿Se puede interponer un recurso?
Contra la resolución del/de la director/a general de Desarrollo Rural, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el consejero o la consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la notificación de la resolución, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se considere adecuado.
En el caso de silencio administrativo, el recurso de alzada ante el consejero o la consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación puede interponerse en cualquier momento a partir del día siguiente al día en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
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