¿Qué tienes que saber?
Es un registro administrativo en el que deben inscribirse, previamente al ejercicio de la actividad.
En este trámite se describe la autorización y registro en las secciones I y II del registro oficial de productores y operadores de medios de defensa fitosanitaria de Cataluña.
El reconocimiento de la condición para ser inscrito en las secciones III, IV y V tienen trámites separados:
- Reconocimiento persona asesora en gestión integrada de plagas (sección III).
- Carnet de aplicador y manipulador de productos fitosanitarios (sección IV).
Este trámite solo puede hacerse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Para las secciones I y II, va dirigido a personas físicas o jurídicas que tengan su domicilio legal en Cataluña y que realicen una de las actividades siguientes:
a) El suministro de los medios de defensa fitosanitaria, incluyendo la fabricación o producción, comercialización, logística, almacenamiento, distribución y venta o cesión en general.
b) La realización de tratamientos fitosanitarios, tanto por medios terrestres como aéreos, o en almacenes u otros locales, cuando se trate de:
- La prestación de servicios, tanto para empresas u otras entidades, con su propio personal.
- La desinfección de semillas y tratamientos postcosecha con carácter industrial o corporativo, mediante instalaciones o equipos fijos.
Diríjase directamente al Servicio de Sanidad Vegetal para agilizar la tramitación.
Para las secciones III y IV va dirigido a las personas físicas inscritas para que puedan modificar sus datos o darse de baja.
La baja se debe solicitarla cuando cesa la actividad que estaba inscrita.
No es necesario aportar ninguna documentación complementaria a la solicitud.
Cesar de las las actividades de las cuales se solicita la baja y que están inscritas en el registro.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar la baja
-
2
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuando se recibe respuesta de la Administración? El plazo para realizar la baja en el registro oficial de productores y operadores de medios de defensa de Cataluña será de 40 días desde su sol • [...]
¿Cuando se recibe respuesta de la Administración?
El plazo para realizar la baja en el registro oficial de productores y operadores de medios de defensa de Cataluña será de 40 días desde su sol • licitud, transcurrido el cual sin que se haya dictado resolución expresa se entenderá estimada.
¿Qué respuesta se recibe?
El órgano competente para la inscripción en el registro oficial de productores y operadores de medios de defensa de Cataluña es el / la director / a general de agricultura y ganadería.
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