¿Qué tienes que saber?
El objeto de esta línea de ayudas es promover la modernización de las instalaciones de las redes colectivas de riego y la incorporación de nuevas tecnologías que aumenten el ahorro y la eficiencia en el transporte, la distribución, la aplicación del riego a los cultivos y el almacenamiento del agua. En el contexto de crisis climática actual, con episodios de sequía cada vez más frecuentes, el ahorro de un bien público tan escaso como es el agua a partir de la implantación de riegos eficientes constituye una herramienta estratégica para la adaptación de la agricultura mediterránea en las limitaciones e impactos previstos a consecuencia del cambio climático.
Asimismo, esta línea de ayudas también promueve la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío que utilizan energías de fuentes convencionales, así como se favorece la implantación de instalaciones de captación de energías renovables y otras instalaciones que sirvan para poder aprovechar la energía potencial. Estas actuaciones favorecen la transición energética hacia energías más limpias, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la mitigación del cambio climático.
El plazo para presentar solicitudes de la convocatoria 2024 es del 14 de junio hasta el 14 de octubre de 2024, incluidos.
El plazo para solicitar el pago y/o aportar documentación de la convocatoria 2021 es el 25 de octubre, incluido.
Este trámite solo puede hacerse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas, principalmente vinculadas al regadío, que sean corporaciones de derecho público según lo indicado en el artículo 81 del Real decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de aguas, que sean titulares de infraestructuras de regadío y dispongan del correspondiente derecho de agua.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Sobre el formulario:
- Debe firmarlo elctrónicamente para poderlo enviar.
- El tamaño máximo del fichero de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, desistir o solicitar prórroga
El plazo que establezca la resolución de concessón y como máximo el día 25 de octubre de cada anualidad.
El plazo que establezca la resolución de concessón y como máximo el día 25 de octubre de cada anualidad.
Este trámite puede hacerse solo mediante la aplicación SIDER.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite en la aplicación SIDER.
Puedes consultar el estado del trámite en la aplicación SIDER.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios [...]