¿Qué tienes que saber?
El objetivo de la subvención es dar soporte económico a la realización de obras e instalaciones de riego a las comunidades de regantes, que permitan mejorar y modernizar los regadíos. Las ayudas pueden destinarse a:
- Modernización completa de un regadío existente, como pasar de un sistema de riego por gravedad a un sistema de riego a presión, o realizar una mejora importante de un sistema de riego a presión que ya existe.
- Mejoras en las infraestructuras de riego que hagan que el agua se distribuya mejor y que ayuden a ahorrar agua y, en su caso, energía.
La finalidad de la subvención es impulsar inversiones en regadíos mediante:
- la modernización de las instalaciones,
- la incorporación de nuevas tecnologías,
- la mejora de la eficiencia energética,
- y una gestión más eficiente del agua, tanto en el almacenamiento como en el transporte, distribución y aplicación del riego a los cultivos.
El plazo para presentar solicitudes de la convocatoria 2024 es del 14 de junio hasta el 14 de octubre de 2024, incluidos.
El plazo para solicitar el pago y/o aportar documentación de la convocatoria 2021 es el 25 de octubre, incluido.
Este trámite solo puede hacerse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Pueden ser beneficiarias de estas ayudas las comunidades de regantes u otras comunidades de usuarios de aguas, principalmente vinculadas al regadío, que sean corporaciones de derecho público según lo indicado en el artículo 81 del Real decreto legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de aguas, que sean titulares de infraestructuras de regadío y dispongan del correspondiente derecho de agua.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Sobre el formulario:
- Debe firmarlo elctrónicamente para poderlo enviar.
- El tamaño máximo del fichero de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, desistir o solicitar prórroga
El plazo que establezca la resolución de concessón y como máximo el día 25 de octubre de cada anualidad.
El plazo que establezca la resolución de concessón y como máximo el día 25 de octubre de cada anualidad.
Este trámite puede hacerse solo mediante la aplicación SIDER.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite en la aplicación SIDER.
Puedes consultar el estado del trámite en la aplicación SIDER.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios [...]