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  • Certificado de la ISTA para exportar semillas: Certificado Naranja
20472 - 20472_Certificat_taronja Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació accio
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  • Otras Informaciones

Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Recibir la respuesta de la Administración
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Certificado de la ISTA para exportar semillas: Certificado Naranja

Solicitar la emisión de Certificado Naranja de la ISTA

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Normativa

  • Ley 30/2006, de 26 de julio, de semillas y plantas de vivero y de recursos fitogenéticos.

    (BOE de 27 de julio de 2006)

  • Resolución del director general de Producciones y Mercados Agrarios por la que se establece el manual de procedimiento para la certificación de semillas OCDE y el muestreo para la realización de los análisis preceptivos para la emisión de los Certificados Naranja de la ISTA

    (10 de julio de 2015, interna).

  • Orden APA/3602/2005, de 17 de noviembre, por la que se modifica el Reglamento General Técnico de Control y Certificación de Semillas y Plantas de Vivero

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  279  publicado el 22/11/2005)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las empresas productoras y comercializadoras de semillas en Cataluña pueden necesitar, en determinados casos, un certificado de la Asociación Internacional de Ensayos de Semillas (ISTA, siglas en inglés) para poder exportar lotes de semilla en varios países. Para obtener este certificado, llamado Certificado Naranja (CT), se solicitará simultáneamente a la Generalidad de Cataluña (competente para controlar el muestreo de la semilla previa a la emisión del CT), y al órgano estatal del Ministerio (acreditado para la emisión final del CT).

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
  • Servei d'Ordenació Agrícola
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
A las empresas productoras y comercializadores de semilla que requieran la emisión de un Certificado Naranja de la Asociación Internacional de Ensayos de Semillas (ISTA, siglas en inglés) para poder exportar lotes de semilla a otros países.
Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Debe enviar el formulario de solicitud al Servicio de Ordenación Agrícola (SOA) del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación mediante el buzón de correo electrónico genérico de Control de Material Vegetal (cmv.accioclimatica@gencat.cat) y a la dirección electrónica de la Estación de Ensayos de Semillas y Plantas de Vivero del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (EESPV-INIA) a Ana Patricia Fernández-Getino García (fgetino@inia.es) y a (cesargg@inia.es), simultàniament.

Puede consultar las instrucciones para rellenar y enviar el formulario de solicitud al documento A0740.02-AN1.

Documentos

Formulario de solicitud

Anexo informativo

Tasas

No hay tasas asociadas para la toma de muestras; en el trámite posterior, frente a la Estación de Ensayos de Semillas y Plantas de Vivero del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (EESPV-INIA), para la obtención del Certificado Naranja, sí las hay. Consulte ante este organismo: EESPV-INIA.

Otras Informaciones

Para las empresas que estén incluidas en el procedimiento de muestreo bajo supervisión oficial en Cataluña el Departamento tiene a disposición un modelo de etiqueta de las muestras (A.0740.02-AN2) que pueden utilizar las empresas en sus muestreos propios (muestreadores de empresa o muestreadores independientes), si lo desean.

Estación de Ensayos de Semillas y Plantas de Vivero (EESPV-INIA)

Laboratorio INIA

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Por correo electrónico

    Debe enviar el formulario de solicitud al Servicio de Ordenación Agrícola (SOA) del Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural mediante el buzón de correo electrónico genérico de Control de Material Vegetal (cmv.accioclimatica@gencat.cat) y a la dirección electrónica de la Estación de Ensayos de Semillas y Plantas de Vivero del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (EESPV-INIA) a Ana Patricia Fernández-Getino García (fgetino@inia.es) y a (cesargg@inia.es), simultàniament.

    Puede consultar las instrucciones para rellenar y enviar el formulario de solicitud al documento A0740.02-AN1.

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta se recibe?En todos los casos, el Departamento responderá los correos electrónicos de solicitud al recibirlos en el buzón de Control del Material Vegetal (para dar confirmación de [...]

    ¿Qué respuesta se recibe?
    En todos los casos, el Departamento responderá los correos electrónicos de solicitud al recibirlos en el buzón de Control del Material Vegetal (para dar confirmación de recibo), con indicación de si la información contenida es correcta o si hay que corregir algún dato, y con el número de registre de la sol·licitud a la Administració.

    Además:

    Si se solicita un control oficial: siempre que una empresa solicite expresamente un control oficial por parte de la Administración, los técnicos de la Administración acreditados deberán realizar la inspección y muestreo del material vegetal solicitado.
    En este caso, uno de los técnicos acreditados de la Administración se pondrá en contacto con la empresa solicitante para acordar la fecha para ir a muestrear el material vegetal del cual se emitirá un Certificado Naranja. El muestreo debe realizarse, siempre que sea posible y que el solicitante no indique lo contrario, dentro de los siguientes 7 días hábiles a contar a partir del siguiente a la fecha de la solicitud.


    Si se solicita un control bajo supervisión oficial: cuando una empresa que esté incluida en el procedimiento de muestreo bajo supervisión oficial en Cataluña solicite el Certificado Naranja bajo este sistema, los técnicos acreditados de la Administración harán el seguimiento de al menos el 5% de los lotes muestreados por cada muestreador de la empresa o independiente del listado de muestreadores capacidades para la Estación de Ensayos de Semillas y Plantas de Vivero del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (EESPV-INIA). Los técnicos de la Administración determinarán cuándo se debe hacer el seguimiento:

    1. En caso de que no se tenga que hacer ningún seguimiento por parte de la Administración, no se recibirá ninguna respuesta.
    2. En caso de que sí se deba hacer el seguimiento del 5%, uno de los técnicos acreditados de la Administración se pondrá en contacto con la empresa solicitante. Dado que los diferentes lotes de material vegetal de una solicitud incluida en el procedimiento de muestreo bajo supervisión oficial deben permanecer en el almacén de la empresa un mínimo de 4 días hábiles a contar a partir del siguiente a la fecha de la solicitud, el técnico de la empresa o independiente no podrá muestrear antes del 4º día. Por lo tanto, el técnico de la Administración tiene que ir a muestrear el material vegetal seleccionado:
      • Generalmente, dentro del plazo de estos 4 días.
      • En caso de que se tenga que ir a hacer un muestreo fuera de este plazo, el técnico lo comunicará expresamente a la empresa, siempre antes de que pasen los 4 días.
Fecha de actualización 24.05.2023
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