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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Recibir la respuesta de la administración
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Ajornar o fraccionar un deute amb l’Agència de l’Habitatge de Catalunya

Solicitar el aplazamiento o fraccionamiento

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Normativa

  • INSTRUCCIÓ DE DIRECCIÓ DIR 1/2016, per a la gestió dels expedients d’ajornaments o fraccionaments de deutes de dret públic en període voluntari de l’Agència de l’Habitatge de Catalunya

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  210  publicado el 02/09/2005)
  • ORDEN ECO/322/2013, de 12 de diciembre, por la que se determinan los requisitos necesarios para no liquidar y anular las liquidaciones de las deudas tributarias y no tributarias de la Generalidad de Cataluña que no exceden de 6 euros, y por la que se determina el límite exento respecto del cual en las solicitudes de fraccionamiento y aplazamiento no será necesaria la prestación de garantía.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6526  publicado el 20/12/2013)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objeto de este trámite es la regulación del procedimiento a seguir para aplazar o fraccionar el pago de deudas de derecho público relativas a expedientes sancionadores o expedientes de reintegro de ayudas, en el periodo voluntario a favor de la Agencia de la Vivienda.

No se admite el aplazamiento o fraccionamiento en los siguientes supuestos:

  • Las solicitudes de reconsideración de aplazamiento o fraccionamiento ya resueltas, que no estén debidamente fundamentadas.
  • Las solicitudes presentadas por personas que han incumplido reiteradamente aplazamientos o fraccionamientos concedidos con anterioridad o que no han formalizado las garantías, en su caso.
  • Las solicitudes correspondientes a deudas aisladas de deudores que tienen otras deudas con la Agencia sin regularizar.
  • Las solicitudes sobre deudas inferiores a 150 €

A partir del 14 de abril de 2020, para llevar a cabo este trámite de manera presencial en la oficina de atención ciudadana de Barcelona (C. Diputació, 92), SÓLO se atenderá mediante cita prèvia.


⇒Guía para reservar cita previa en la OAC de la calle Diputación, 92 paso a paso

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Agència de l'Habitatge de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A personas físicas, a profesionales del sector de la vivienda o a perceptores de prestaciones o subvenciones.

Que declaren que su situación económica o financiera les impide, de manera transitoria, efectuar el pago de la sanción o multa coercitiva o la devolución o reintegro de las ayudas en los plazos establecidos.

Que la deuda se encuentre en periodo voluntario de pago.

Plazos

El plazo durante el cual se puede presentar la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento es el mismo del periodo temporal para efectuar el pago de la deuda en periodo voluntario, dado que transcurrido este plazo se inicia el procedimiento de recaudación en vía ejecutiva.

Documentación

Junto con la solicitud, se debe aportar la documentación siguiente:

  • Documentación acreditativa de los ingresos del último año, con el fin de acreditar las dificultades económicas y financieras alegadas
  • Hoja de autorización para la domiciliación del pago, según modelo normalizado.
  • En caso de que la cuantía de la deuda sea superior a 30.000€, compromiso de formalizar la garantía, de acuerdo con el Modelo de compromiso de aval de entidad bancaria, sociedad de garantía recíproca o certificado de fianza por fraccionamiento o aplazamiento de deudas de derecho público en periodo voluntario de pago.
  • En el caso de solicitud de dispensa de garantía, informe justificativo de la imposibilidad de obtener avalador.
  • En el caso de solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento por plazo superior a 24 meses, informe social.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite 

Altres Informacions

Concessió del fraccionament

La concesión del fraccionamiento de la deuda se tiene que ajustar a los plazos siguientes:

Importe deuda
Plazo
   
Entre 150,01 € y 1000,00 € 3 meses
Entre 1000,01 € y 2000,00 €  6 meses
Entre 2000,01 € y 4000,00 €    12 meses
Entre 4000,01 € y 9000,00 €  18 meses
A partir de 9000,01 € 24 meses

La periodicidad del pago tiene que ser mensual y consecutiva

Cuando la persona deudora solicite el aplazamiento en pago único, el plazo máximo por el cual se puede conceder el aplazamiento es el previsto para el tramo de importe de deuda que corresponda al solicitante, de acuerdo con el cuadro anterior.

Cuando la persona solicitante sea persona física y manifieste encontrarse en situación de especial vulnerabilidad, se podrá hacer el aplazamiento o fraccionamiento para un plazo de 24 meses, pero deberá presentar un informe social que justifique esta situación.

Garantía

  • En caso de que la cuantía de la deuda sea superior a 30.000€, se debe presentar una garantía para hacer frente a la deuda, o en su caso, solicitud de dispensa de garantía.
  • El tipo de garantía que se admite es un aval de entidad bancaria, sociedad de garantía recíproca o certificado de caución
  • El importe de la garantía debe ser el que se establece en el Reglamento general de recaudación.
  • En caso de solicitud de dispensa de garantía, el solicitante debe declarar que no tiene bienes susceptibles de garantizar deudas o no posee otros bienes con esta facultad que los ofrecidos en garantía, aportando un informe justificativo de la imposibilidad de obtener avalador y el resto de requerimientos establecidos en la normativa.
  • La garantía se tiene que formalizar en un plazo máximo de 30 días desde la notificación de la resolución de concesión del fraccionamiento o aplazamiento.
  • En el supuesto de deudas que, en su conjunto, no rebasen los 30.000€, no es necesario aportar ninguna garantía, excepto que por acumulación con otras deudas ya aplazadas o fraccionadas de pago se supere esta cifra.
  • Las garantías serán devueltas a los interesados una vez se hayan ingresado las cuantías correspondientes a las deudas de los aplazamientos o fraccionamientos y los correspondientes intereses de demora.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Presencialmente

    Solicitud de aplazamineto o fraccionamento de deudas de derecho público en periodo voluntario de pago

    Modelo de compromiso de aval de entidad bancaria, sociedad de garantía recíproca o certificado de caución por fraccionamiento o aplazamiento de deudas de derecho público en periodo voluntario de pago

    Hoja de autorización para la domiciliación del pago

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Agència de l'Habitatge de Catalunya . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) del DTES. Carrer d'Aragó - Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana (OAC) del DTES. Clot de les Monges - Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial de l'Agència de l'Habitatge de Catalunya a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial de l'Agència de l'Habitatge de Catalunya a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la administración

    ¿Qué respuesta se recibe?

    ¿Qué respuesta se recibe?

    El órgano gestor del expediente de ayuda o del expediente sancionador notificará la resolución a la persona solicitante.

    Esta notificación incluirá la información sobre la formalización de garantías y el cálculo de los intereses de demora.

    En caso de que se trate de una resolución denegatoria debe indicar los plazos para ingresar el importe de la deuda.

    Recursos

    Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados pueden interponer un recurso potestativo de reposición delante del director de la Agencia de la Vivienda de Cataluña, en el plazo de un mes desde la fecha de la notificación de la resolución, o bien directamente recurso ante la jurisdicción contenciosa administrativa.

Fecha de actualización 30.09.2016
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