¿Qué tienes que saber?
El objetivo es incentivar a las empresas para impulsar la contratación y la creación de empleo de personas mayores de 45 años que se encuentren en situación de desempleo, apartadas del mercado laboral y con dificultades para reincorporarse.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes es del 20 de enero al 20 de noviembre de 2021, ambos incluidos.
Organismo responsable
A las personas físicas o jurídicas y las comunidades de bienes con capacidad para contratar laboralmente, constituidas legalmente y con centro de trabajo en Cataluña. No se consideran entidades beneficiarias las administraciones públicas y sus entidades dependientes o vinculadas, las empresas de inserción y las empresas de trabajo temporal.
Los plazos para aportar documentación son los siguientes:
- Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación del requerimiento.
- Aportación de documentación no requerida: en cualquier momento dentro del procedimiento.
- Aportación de desistimiento de la solicitud o renuncia a la subvención otorgada: en cualquier momento del procedimiento.
Documentación aportada por la entidad.
Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Recordar que en caso de presentar una solicitud de renuncia o de modificación posterior al otorgamiento de la subvención, debe utilizar este trámite de Aportación de documentación, seleccionando el tipo de documento que se aporta, en el espacio del formulario en el que se anexa la documentación (en el caso de renuncias, tipo "Renúncies", y en el caso de modificaciones, tipo "Altres").
Una vez revisada la documentación presentada, se emetirá la resolución correspondiente, i si procede reintegrar, juntamente a la resolución recibirá una carta de pago con la que podrà realizar el ingreso.
Igualmente, si el expediente se revoca, procede reintegrar, el ingresso se podrà realizar cuando se reciba la resolución correspondiente con la carta de pago.
Este nuevo sistema de recaudación mediante cartas de pago, sustituye el anterior sistema de ingresso directo en la cuenta bancaria facilitada por el SOC.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar documentación
Plazos
Del 01/12/2018Este trámite sólo se puede hacer por internet.
Es necesario que firme el formulario principal con un certificado digital de representante de la empresa en el caso de personas jurídicas o un certificado digital de persona física en el caso de autónomos.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En el Àrea privada de Canal Empresa (con idCAT Móvil / o certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI / NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI / NIF).
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3
Tercer paso
Respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora la analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y [...]
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora la analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y variará en función de la documentación de que se trate.