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  • Recurso de alzada contra resoluciones sancionadoras en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas
21270 - 21270_-_Recurs d'alçada contra resolucions sancionadores en matèria d'espectacles públics i activitats recreatives Departament d'Interior i Seguretat Pública accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Presentar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Recurso de alzada contra resoluciones sancionadoras en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas

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Normativa

  • LEY 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5419  publicado el 13/07/2009)
  • DECRETO 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5709  publicado el 07/09/2010)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en el Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas (DOGC núm. 5709, pág. 66285, de 7.9.2010).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5786  publicado el 30/12/2010)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las resoluciones dictadas en los procedimientos sancionadores en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas se pueden impugnar en alzada de la siguiente forma:

  • Las resoluciones dictadas por los directores de los servicios territoriales de Interior y Seguridad Pública, ante el director o directora general de Administración de Seguridad.
  • Las resoluciones dictadas por el director o directora general de Administración de Seguridad, ante el secretario o secretaria general del Departamento de Interior y Seguridad Pública.  

Este trámite solo se puede hacer presencialment si eres un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben hacer el trámite por internet.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Interior i Seguretat Pública
  • Direcció General d'Administració de Seguretat
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades

A las personas físicas o jurídicas que han recibido una resolución sancionadora en un procedimiento sancionador en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y no han reconocido su responsabilidad durante el procedimiento.

Plazos

Un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución sancionadora que se impugna.

Documentación

Documentación acreditativa de la representación, en su caso. No es necesario que aportes esta documentación si eres el representante y estás inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Presentar

    Este trámite solo lo puedes hacer presencialmente si eres un particular solicitando cita previa.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tienen que hacer el trámite por internet.

    Cuando envíes el formulario te debes identificar con idCAT Mòbil o con un certificado digital de persona física, persona jurídica y/o persona vinculada.

    Por Internet

    Formulario electrónico de presentación de recurso de alzada contra resoluciones sancionadoras (formulario en HTML)

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de presentación de recurso de alzada contra resoluciones sancionadoras (formulario en HTML)

    Instrucciones para cumplimentar el formulario:

    1. El sistema validará los datos y comprobará los que son obligatorios. Si se detectan errores en los datos introducidos o faltan datos obligatorios, el sistema te avisará mediante el correspondiente mensaje de error.
    2. Desde el mismo formulario deberás adjuntar, en su caso, el anexo de Documentación acreditativa de la representación.
    3. Hay que firmar el formulario con idCAT Móvil o certificado digital de persona física, persona jurídica o persona vinculada para enviarlo. Si te has identificado digitalmente en el momento de iniciar la solicitud, podrás enviar el formulario sin firmarlo.
    4. Una vez enviado el formulario, el sistema generará un recibo (que contiene, entre otros datos, el número de registro y el día y hora de presentación) que acredita que el documento ha quedado registrado en el sistema correctamente.

    Apoyo a la tramitación.

    En caso de que no puedas tramitar por una incidencia en el sistema, vuelve a intentarlo más tarde.

    • Si la incidencia con este trámite persiste más de 24 horas, te puedes dirigir al Departamento de Interior mediante la Petición genérica con firma electrónica. Para hacerlo, en el apartado "A quién va dirigida" selecciona "Departamento de Interior", tema “Deportes y ocio”, subtema “Espectáculos”.
    • Si la incidencia con este trámite persiste más de 24 horas puedes enviarnos la comunicación mediante una consulta, queja o sugerencia (CQS) al Buzón de contacto de la web de Interior.
    • Alternativamente, si la incidencia persiste o no puedes esperar a hacer el trámite, puedes utilizar el formulario de instancia genérica que encontrarás en la web o en la sede electrónica de tu ayuntamiento (o de cualquier otra Administración pública). En este caso, recuerda que el cómputo de plazos puede variar y que deberás esperar unos días para poder hacer el seguimiento del trámite desde tu Área privada.

    Presencialmente

    Si necesitas información o ayuda para tramitar, te recomendamos que pidas cita en las oficinas de atención ciudadana.

    Para presentar la documentación, puedes dirigirte directamente:

    • Al registro electrónico de la Administración u organismo al que se dirija la documentación, así como al resto de registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas
    • A las oficinas de asistencia en materia de registros o a cualquiera de los puntos de digitalización y registro de la Generalitat.
    • A las oficinas de correos.
    • A las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. Consulta las direcciones.

    Formulario presencial de recurso de alzada contra resoluciones sancionadoras

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Departament d'Interior . Abrir en una nueva ventana.
    • Direcció General d'Administració de Seguretat . Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a Barcelona. Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a Girona. Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a Lleida. Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a Tarragona. Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a la Catalunya Central. Abrir en una nueva ventana.
    • Servei Territorial del Joc i d'Espectacles a les Terres de l'Ebre. Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puedes consultar el estado del trámite:

    Puedes consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Mòbil y/o certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibirás la respuesta?

    ¿Cuándo recibirás la respuesta?

    En un plazo máximo de 3 meses desde la presentación del recurso.

    Si no recibes ninguna respuesta en este plazo, puedes considerar que hemos denegado tu recurso.

     

    ¿Qué respuesta recibirás?

    Recibirás una resolución que pondrá fin a la vía administrativa.

     

    ¿Cómo recibirás la respuesta?

    Recibirás un correo electrónico con el enlace a la notificación. Puedes acceder a la notificación a través del Área privada o del Área privada del Canal Empresa.

    Si eres un particular y no has aceptado recibir notificaciones electrónicas, recibirás la notificación por correo postal.

Fecha de actualización 21.08.2025
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