¿Qué tienes que saber?
Determinados establecimientos están obligados legalmente a disponer de medidas de seguridad para prevenir y controlar posibles situaciones de riesgo. Estos establecimientos deben solicitar una autorización de apertura o de traslado, comunicar las reformas que lleven a cabo (sean esenciales o no esenciales), comunicar el cambio de titular y su cierre.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
- Bancos, cajas de ahorros y otras entidades de crédito.
- Joyerías y platerías.
- Loterías y despachos integrales de apuestas mutuas.
- Estaciones de servicio (gasolineras) y unidades de suministro de combustibles y carburantes.
- Galerías de arte y tiendas de antigüedades.
- Casinos de juego, salas de bingo (más de 150 jugadores) y salas de máquinas de juego (más de 75 máquinas).
- Oficinas de farmacia de guardia nocturna.
Las solicitudes de autorización y las comunicaciones para efectuar estos trámites deben dirigirse a la Dirección General de Administración de Seguridad del Departamento de Interior en el caso de establecimientos situados en el área de Barcelona.
En los demás territorios, deben dirigirse a los servicios territoriales de Interior. En Direcciones y teléfonos encontrarás los datos de los servicios territoriales de Interior que te corresponden.
La reforma debe comunicarse, como mínimo, un día antes de que entre en funcionamiento.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Hacer la comunicación previa a la realización de reformas no esenciales
Este trámite solo se puede hacer por internet con idCAT Móvil o con certificado digital de persona física, persona jurídica y/o persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
La persona o entidad interesada recibe un comprobante de la presentación del formulario de comunicación en el mismo momento de enviarlo.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirás una notificación electrónica. Puedes acceder a su contenido a través del servicio e-NOTUM.
¿Qué respuesta se recibe?
La Generalitat de Catalunya no emitirá ninguna respuesta posterior, sin perjuicio de que el Departamento de Interior pueda requerir la subsanación de deficiencias en las medidas de seguridad, en caso de que se hayan detectado mediante una inspección.