¿Qué tienes que saber?
Permite hacer la comunicación previa de las operaciones de aeronaves pilotadas por control remoto (RPA) sobre aglomeraciones de edificios en ciudades, pueblos o lugares habitados o reuniones de personas al aire libre a las que hace referencia al artículo 40 del Real decreto 517/2024, de 4 de junio, cuando estas operaciones se tengan que llevar a cabo en su integridad en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Este trámite solo se puede hacer por internet mediante el formulario de comunicación.
La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Organismo responsable
Operadores (personas físicas que realicen una actividad económica, profesional, empresas individuales o autónomos).
La comunicación previa a la ejecución de las operaciones se debe presentar con un plazo mínimo de 5 días naturales de antelación respecto a la operación.
Para poder tramitar el formulario de comunicación se precisa adjuntar la autorización de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Ser un operador habilitado para pilotar aeronaves por control remoto (RPA).
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunicar
Este trámite solo se puede hacer por internet.
Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con idCAT Mòbil o un certificado digital de persona física, persona jurídica y/o persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En el Canal Empresa (con idCAT Mòbil o certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta?
¿Cuándo se recibe la respuesta?
Una vez presentada la comunicación, el Registro general electrónico emite automáticamente un recibo de presentación consistente en una hoja de acuse de recibo del formulario de comunicación. Esta hoja de acuse de recibo incluye la referencia del asentamiento de registro y la fecha oficial en la que se ha presentado la comunicación.
Las comunicaciones se dirigirán automáticamente a la Dirección General de la Policía a los efectos de que, si procede, se acuerden las limitaciones o prohibiciones correspondientes.
Se puede consultar el estado de la tramitación en el espacio Área privada de la sede electrónica. Antes de hacer la operación es necesario comprobar que no haya sido notificada por esta vía ninguna limitación o prohibición al vuelo comunicado.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder a su contenido a través del servicio e-NOTUM.