¿Qué tienes que saber?
Los puntos logísticos de recogida de caza silvestre se definen como lugares que, cumpliendo las condiciones del anexo III del Decreto 9/2019, de 8 de enero, de recogida, transporte, acondicionamiento y comercialización de caza silvestre destinada al consumo, acogen las operaciones de recogida de las piezas de caza silvestre procedentes de los sitios de captura para la evisceración y posterior traslado a un establecimiento de manipulación de caza.
Las personas físicas o jurídicas que quieran realizar la actividad de punto logístico de recogida de caza silvestre deben comunicarlo al departamento competente en materia de actividades cinegéticas mediante la Red de oficinas de gestión empresarial de la Generalitat de Cataluña.
Este trámite solo puede hacerse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A personas físicas o jurídicas que quieran realizar la actividad de punto logístico de recogida de caza silvestre.
Este trámite puede hacerse en cualquier momento.
La comunicación previa permite el inicio de la actividad desde el día de la presentación y faculta al servicio territorial correspondiente competentw en matwria dw actividades cinegéticas para verificar la conformidad de los datos que constan en ella.
- Memoria descriptiva de la actividad de punto logístico (A1116-DO8)
- Plano acotado y con indicación de las superficies de trabajo
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Comunicar
Este trámite solo puede hacerse por internet.
Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de representación o de persona vinculada. -
2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Qué respuesta se recibe?
¿Qué respuesta se recibe?
La Administración entregará un oficio de comunicación con el código de punto logístico o una resolución de impedimento del ejercicio de la actividad afectada del trámite solicitado.
¿Puede presentarse un recurso?
Puede interponer un recurso de alzada ante el/la director/a general de Ecosistemas Forestales y Gestión del Medio, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
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3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En Área privada (con idCAT Móvil y/o certificado digital), si es usted particular.
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).