¿Qué tienes que saber?
El objeto de las ayudas que establece la Orden es subvencionar el establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo, la reconversión y mejora de las existentes, y la adquisición de maquinaria específica para el sector del lúpulo, para el año 2021.
El plazo de presentación de solicitudes es del 19 al 31 de marzo de 2021, ambos incluidos.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aportáis por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
De la línea de ayuda de establecimiento de nuevas plantaciones de lúpulo y la reconversión y mejora de las plantaciones existentes, pueden ser beneficiarias, con carácter general, las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas incluidos ente sin personalidad jurídica, titulares de una explotación inscrita en el Registro general de la producción agrícola (REGEPA).
De la línea de ayuda de adquisición de maquinaria específica para plantaciones de lúpulo, pueden ser beneficiarias, con carácter general: las sociedades cooperativas y sus agrupaciones o uniones; las sociedades agrarias de transformación (SAT); otras agrupaciones agrarias sin personalidad jurídica propia basadas en un pacto contractual, reconocido por la autoridad competente y suscrito por un mínimo de siete personas físicas titulares de explotaciones agrarias, aunque excepcionalmente y en casos concretos, debidamente justificados por las características del equipo a subvencionar, se pueden reducir los componentes de estas agrupaciones; las agrupaciones de productores o agricultores individuales que tengan una superficie cultivada de lúpulo que haga viable la adquisición; y las personas físicas o jurídicas con experiencia en el ámbito de la actividad agraria o que dispongan del nivel de capacitación profesional suficiente requerido y que presenten un proyecto viable desde el punto de vista técnico y económico.
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:
- Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento.
- Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
Que se haya enviado correctamente el envío de documentación no presupone que se haya hecho en el plazo adecuado.
- Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, en su caso, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las personas solicitantes deben enviar la documentación solicitada utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
- Por otra parte, las personas solicitantes podrán presentar la documentación que consideren oportuno a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Documentos
Memoria detallada por establecimiento de nuevas plantaciones (A1131-DO2)
Presupuesto y detalle de las fuentes de refinanciación de las inversiones (A1131-DO3)
Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Sobre el formulario:
- Indicando obligatoriamente el número de expediente.
- Se debe firmar electrónicamente el envío para poder enviar.
- El tamaño máximo del archivo de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
- Los documentos que se pueden enviar a través de este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Aportar, alegar o desistir
Para presentar la solicitud de aportación debe tener los documentos adjuntos preparados y guardados en su unidad. Una vez esté cumplimentados, acceda a este enlace para descargar el formulario de [...]
Para presentar la solicitud de aportación debe tener los documentos adjuntos preparados y guardados en su unidad. Una vez esté cumplimentados, acceda a este enlace para descargar el formulario de presentación y anexar-antes del envío.
Este trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
-
2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
La documentación enviada incorpora al expediente y la unidad gestora del analiza y realiza las actuaciones correspondientes.
La documentación enviada incorpora al expediente y la unidad gestora del analiza y realiza las actuaciones correspondientes.
La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos, variará en función de la documentación de que se trate y se podrá incluir en la resolución de la solicitud de ayuda.