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  • Subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida y Girona. Convocatoria 2021.
22650 - 22249 - COO031_Subvencions destinades a l'enfortiment de les capacitats del teixit associatiu Lleida i Girona. 2021 Departament d'Unió Europea i Acció Exterior accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Aportar documentación
  3. 3. Aceptar la propuesta provisional de la subvención y reformulación
  4. 4. Solicitar vista del expediente
  5. 5. Recibir la respuesta de la Administración
  6. 6. Recibir ayuda
  7. 7. Presentar recurso
  8. 8. Justificación de la suibvención
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Subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida y Girona. Convocatoria 2021.

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Del 12/11/2021 al 02/12/2021

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Subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida y Girona. Convocatoria 2021.

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Normativa

  • RESOLUCIÓN XGO/3333/2021, de 29 de octubre, por la que se abre la convocatoria para el año 2021 para la concesión de subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida y Girona, con compromiso con los objetivos de desarrollo sostenible, la igualdad de género y los derechos humanos (ref. BDNS 593570).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8541  publicado el 11/11/2021)
  • RESOLUCIÓN EXI/1563/2021, de 19 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras generales del procedimiento para la concesión de subvenciones en el ámbito de la cooperación al desarrollo.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8418  publicado el 26/05/2021)
  • RESOLUCIÓN XGO/2699/2021, de 1 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras específicas del procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida, Girona, Tarragona y las de Barcelona, salvo Barcelona ciudad y los municipios pertenecientes a su área metropolitana, comprometido con los objetivos de desarrollo sostenible, la igualdad de género y los derechos humanos.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8495  publicado el 06/09/2021)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Estas subvenciones tienen por objeto la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a iniciativas impulsadas por entidades de las comarcas leridanas y Girona, que trabajan por la consecución de los objetivos de desarrollo sostenible, bajo el enfoque de género y derechos humanos, según establece el Plan director de cooperación al desarrollo 2019-2022.

Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Se ha publicado en el e-Tauler la Resolución definitiva de concesión de subvenciones, línea de la Comarca de Lleida, presentadas al amparo de la Resolución XGO/3333/2021, de 29 de octubre, por la que se abre convocatoria para el año 2021, para la concesión de subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida y Girona, con compromiso con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la igualdad de género y los derechos humanosResolución definitiva de la convocatoria de las Subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida y Girona. Convocatoria 2021

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Unió Europea i Acció Exterior
  • Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Entidades
Otras administraciones

En las entidades de las comarcas leridanas y Girona que trabajan para contribuir al impulso de los objetivos de desarrollo sostenible, de acuerdo con el enfoque estratégico de género y basado en derechos humanos, conforme a lo establecido en el Plan director de cooperación al desarrollo 2019-2022.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes es del dia 12 de noviembre al 2 de diciembre, ambos incluidos.

Documentación

Junto con el formulario de solicitud de subvención, las entidades solicitantes tendrán que aportar la siguiente documentación:

  1. Proyecto narrativo. (según modelo normalizado).
  2. Presupuesto completo del proyecto desglosado por partidas y por actividades. (según modelo normalizado).
  3. Cronograma de actividades. (según modelo normalizado).

Documentos

Memoria explicativa técnica

Matriz de planificación y cronograma ejecutado

Memoria económica

Requisitos

Las entidades que quieran optar por una subvención que debe cumplir con los requisitos siguientes que se acreditaran con las declaraciones responsables incluidas en el formulario de sol·licitud normalizado. La ACCD comprobará de oficio aquellas declaraciones incluidas en el formulario de solicitud normalizado. La ACCD comprobará de oficio aquellas declaraciones responsables que se puedan hacer por medios corporativas y aquellas que no las pueda hacer, las solicitará a la entidad solicitante.

  1. Ser miembro o encontrarse vinculada jurídicamente a la coordinadora de Lleida o de Girona.
  2. Disponer de sede social permanente (social y fiscal) a las comarcas de Lleida o de Girona. Las coordinadoras deben tener una presencia activa, capacidad de movilización y base social en dichas comarcas.
  3. Estar inscrita en el Registro Oficial de ONGD que gestiona la ACCD o en el del AECID. La inscripción tiene que ser efectiva como a muy tarde de la publicación de la convocatoria correspondiente en el DOGC.
  4. Estar al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones percibidas por la Generalitat de Catalunya en ejercicios anteriores.
  5. Estar al corriente con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social ante el Estado y la Generalitat de Catalunya.
  6. En caso de que disponga de una plantilla igual o superior a 50 personas trabajadoras, dar empleo, al menos, a un 2% de trabajadores/as con discapacidad sobre la plantilla total, o bien aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el que disponen el artículo 42.1 del texto refundido de la Ley general de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o con las medidas alternativas de carácter excepcional previstas por el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y por el Decreto 86/2015, de 2 de junio.
  7. En caso de que tenga una plantilla igual o superior a 25 personas, disponer de medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso en razón de sexo, e intervenir, en sus centros de trabajo, de acuerdo con los agentes sociales, y utilizarlos adecuadamente, de conformidad con la Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
  8. Cumplir lo que establecen los artículos 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, respecto de los centros laborales, y en las empresas que tengan establecimientos abiertos al público en Cataluña, cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1 y 32.3 de la Ley mencionada.
  9. En el supuesto de fundaciones y asociaciones, haber adaptado los estatutos segundo la disposición transitoria primera de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y a la Ley 5/2011, del 19 de julio, de modificación del anterior.
  10. En el supuesto de fundaciones, haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales en el Protectorado de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con el artículo 336-3 del libro tercero del Código Civil de Cataluña, aprobado por la Ley 4/2008, de 24 de abril.
  11. No haber sido sancionadas ni condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias en razón de sexo o de género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme, de acuerdo con el artículo 11.1 de la Ley 17/2015, del 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  12. En el caso que las personas de la entidad desarrollen actividades que impliquen contacte habitual con menores, no haber estado condenadas por sentencia firme por ningún delito contra la la libertad e indemnidad sexual, en los términos establecidos en el punto 4.6 del Acuerdo de Gobierno 85/2016, de 28 de junio, y que, en caso de que cambie a alguna persona adscrita al proyecto, la entidad se compromete a hacer la comprobación oportuna con respecto al caso.
  13. Presentar declaración sobre si se han pedido o se han obtenido otras subvenciones públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada u obtenida.
  14. Adherirse al código ético de la ACCD, al cual las entidades beneficiarias de subvenciones tienen que adecuar su actividad (http://cooperaciocatalana.gencat.cat/web/.content/Documents/codi-etic-entitats.pdf)) y a los principios éticos y reglas de conducta a los cuales las personas beneficiarias de subvenciones o ayudas tienen que adecuar la actividad, contenidos en el anexo del Acuerdo de Gobierno 85/2016, de 28 de junio (DOGC nº. 7152, de 30.6.2016).
  15. En caso de que la actividad objeto de la subvención utilice cualquier elemento susceptible de generar derechos de autor, cumplir la normativa sobre propiedad intelectual.
  16. Cumplir los requisitos y las condicines generales que se establecen en el artículo 13 de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, general de subvencions.
Tasas

No hay taxas asociadas a este trámite

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 12/11/2021 al 02/12/2021

    Por Internet

    Formulario de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud

    La solicitud de la subvención la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de solicitud (hacer enlace al formulario) y la siguiente documentación:

    • Proyecto narrativo.
    • Presupuesto completo del proyecto desglosado por partidas.
    • Cronograma de actividades
  2. 2

    Segundo paso

    Aportar documentación

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    Para aportar documentación, hacer alegaciones o desistir de la subvención, tenéis que presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y hará falta que anexéis el resto de documentación que consideráis pertinente.

  3. 3

    Tercer paso

    Aceptar la propuesta provisional de la subvención y reformulación

    Plazos
    Del 08/02/2022 al 21/02/2022

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    La aceptación de la subvención y reformulación la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de aportación de documentación y la siguiente documentación:

    • Documento de aceptación de la subvención.
    • Cronograma definitivo del proyecto, ajustado al periodo real a partir de la concesión de la ayuda.
    • Distribución del presupuesto del proyecto, de acuerdo con el importe concedido.
    • Impreso de solicitud de transferencia bancaria.
    • Cualquier otra documentación que exija la convocatoria.
  4. 4

    Cuarto paso

    Solicitar vista del expediente

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    La solicitud de vista del expediente la tenéis que presentar mediante el formulario electrónico de aportación de documentación y la siguiente documentación:

    • Documento con los datos identificativos del expediente en lo que se quiere acceder.
  5. 5

    Quinto paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    De acuerdo con lo que establece la base 12 de la RESOLUCIÓN XGO/2699/2021, de 1 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras específicas del procedimiento para la concesión de [...]

    De acuerdo con lo que establece la base 12 de la RESOLUCIÓN XGO/2699/2021, de 1 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras específicas del procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida, Girona, Tarragona y las de Barcelona, salvo Barcelona ciudad y los municipios pertenecientes a su área metropolitana, comprometido con los objetivos de desarrollo sostenible, la igualdad de género y los derechos humanos, el órgano instructor del procedimiento para la concesión de las subvenciones la jefa de la Unidad de Territorio de la ACCD.

    Asimismo, el órgano resolutorio para la concesión o denegación de las subvenciones es la persona titular de la Dirección de la ACCD.

    La resolución de concesión de las subvenciones se tiene que dictar y notificar o publicar en el plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria. Una vez transcurrido este plazo sin resolución expresa, las solicitudes se entienden desestimadas.

    La resolución del procedimiento de concesión o denegación de las subvenciones se notifica por los mismos medios y con las mismas condiciones y efectos previstos en la base 13.2 para la notificación de las resoluciones de inadmisión o desistimiento de la solicitud.

  6. 6

    Sexto paso

    Recibir ayuda

    De acuerdo con el que establece la base 15 de RESOLUCIÓN XGO/2699/2021, de 1 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras específicas del procedimiento para la concesión de [...]

    De acuerdo con el que establece la base 15 de RESOLUCIÓN XGO/2699/2021, de 1 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras específicas del procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas al fortalecimiento de las capacidades del tejido asociativo de las comarcas de Lleida, Girona, Tarragona y las de Barcelona, salvo Barcelona ciudad y los municipios pertenecientes a su área metropolitana, comprometido con los objetivos de desarrollo sostenible, la igualdad de género y los derechos humanos , la entidad colaboradora hará el pago a las entidades beneficiarias a adelanto, de una sola vez, en el momento de la resolución de la correspondiente convocatoria. Vista la naturaleza de las entidades beneficiarias, no se aplicarán avales ni garantías.

    Con carácter previo al pago, la ACCD comprobará que las entidades beneficiarias estén al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y con la Administración Tributaria de Cataluña, así como de las obligaciones con la Seguridad Social. Si como consecuencia de las anteriores comprobaciones se detecta alguna irregularidad, la entidad colaboradora requerirá las entidades interesadas la presentación de los certificados correspondientes.

  7. 7

    Séptimo paso

    Presentar recurso

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación

    Para presentar un recurso a la subvención, tenéis que presentar el formulario electrónico de aportación de documentación y hará falta que anexéis el resto de documentación que consideráis pertinente.

  8. 8

    Octavo paso

    Justificación de la suibvención

    Por Internet

    Formulario de justificaciòn

    Iniciar . Acceder a Formulario de justificaciòn

    Una vez finalizada la actividad y dentro de un plazo máximo de tres meses a contar de la fecha de finalización, la entidad subvencionada tendrá que presentar a la entidad colaboradora la justificación de la subvención mediante el formulario electrónico de justificación y la siguiente documentación:

    • Una memoria explicativa técnica.
    • Matriz de planificación y cronograma.
    • Memoria final económica, que irá acompañada de una relación clasificada de los gastos de la entidad, con indicación del acreedor, número de factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, el importe y fecha de emisión y la fecha de pago. (hacer enlace al formulario).
    • Documentación acreditativa de la utilización del logotipo de la ACCD y de la entidad colaboradora en los elementos informativos y de difusión por parte de todas las entidades beneficiarias.
    • Tres fotografías de la actuación financiada por la ACCD, con una anchura mínima de 1.024 píxeles y una resolución mínima de 72 PPI. La función de estas imágenes es ilustrativa, con el objetivo de complementar la difusión que desde la ACCD se hace de los proyectos subvencionados en el sitio web cooperaciocatalana.gencat.cat y las redes sociales. En todos los casos se hará constar la autoría de la obra.
    • Si procede, porque ha habido subcontratación, se añadirá una pestaña a la memoria final económica con el detalle de los gastos en que incurre la entidad subcontratada.
    • Si procede, y porque la ACCD ha subvencionado parcial o totalmente una evaluación, y en el plazo de seis (6) meses a contar desde la finalización de la actividad, informe de evaluación de la entidad.
Fecha de actualización 28.10.2020
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