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  • Ayudas por la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad
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Pasos a realizar

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Ayudas por la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad

Aportar documentación, alegar o desistir

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Empresas y profesionales
CÓMO
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CUÁNDO
Fuera de plazo

Hasta el 24/07/2024

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Ayudas por la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad

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Normativa

  • ORDEN ARP/34/2021, de 5 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de minimis para la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8338  publicado el 10/02/2021)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Orden ARP/34/2021, de 5 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de minimis para la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad (DOGC núm. 8338, de 10.2.2021).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8345  publicado el 19/02/2021)
  • ORDEN ACC/179/2022, de 19 de julio, por la que se modifica la Orden ARP/34/2021, de 5 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de minimis para la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8715  publicado el 22/07/2022)
  • ORDEN ACC/19/2024, de 31 de enero, por la que se modifican la Orden ARP/34/2021, de 5 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de minimis para la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad, y la Orden ACC/179/2022, de 19 de julio, modificada por la Orden ARP/34/2021, de 5 de febrero.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9094  publicado el 05/02/2024)
  • RESOLUCIÓN ACC/891/2024, de 18 de marzo, por la que se abre una nueva convocatoria de las ayudas de minimis para la utilización de mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad correspondientes al año 2024 (ref. BDNS 750086).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9128  publicado el 22/03/2024)
  • ORDEN ACC/192/2024, de 8 de agosto, por la que se modifica la Orden ARP/34/2021, de 5 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas de minimis para la utilización del mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad, modificada por la Orden ACC/179/2022, de 19 de julio, y por la Orden ACC/19/2024, de 31 de enero.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9226  publicado el 13/08/2024)
  • RESOLUCIÓN ARP/3584/2024, de 4 de octubre, por la que se convocan las ayudas de minimis para la utilización de mosto concentrado rectificado en la elaboración de vinos espumosos de calidad correspondientes al año 2025 (ref. BDNS 789313).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9265  publicado el 10/10/2024)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objeto de las subvenciones que establece esta orden es fomentar la sostenibilidad en la actividad de elaboración de vinos espumosos de calidad mediante el uso de mosto concentrado rectificado (MCR) producido con uva apa para la elaboración de vinos espumosos de calidad de una denominación de origen protegida (DOP), por parte de los elaboradores de espumosos de calidad, que tengan sus instalaciones en Cataluña.

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
  • Direcció General d'Empreses Agroalimentàries, Qualitat i Gastronomia
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

Pueden ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas elaboradoras de vinos espumosos de calidad que cumplan los siguientes requisitos en el momento de presentar su solicitud:

  1. Deben tener ubicadas en Cataluña sus instalaciones de elaboración,
  2. En el proceso de elaboración de vinos espumosos de calidad, deben utilizar MCR producido con mosto que:
    • sea apto para la elaboración de espumosos de calidad de la DOP a la que pertenece la uva con la que está producido,
    • cumpla con el pliego de condiciones de la DOP y
    • se haya elaborado según la autorización excepcional incluida en la disposición adiccional primera prevista por campañas en que haya un riego de falta de mosto suficiente.
Plazos

Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:

  • Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del siguiente a la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento o de la resolución de concesión provisional.
  • Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
  • Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión provisional.

No son hábiles los sábados, domingos y festivos oficiales.

Que se haya hecho correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.

Documentación
  • Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, en su caso, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las personas solicitantes deben enviar la documentación solicitada utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
  • Por otra parte, las personas solicitantes podrán presentar la documentación que consideren oportuno a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Requisitos

Hay que tener un expediente de solicitud de subvención en trámite.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Sobre el formulario:

  • Debe indicar obligatoriamente el número de expediente.
  • Se debe firmar electrónicamente el envío para poder enviar.
  • El tamaño máximo del archivo de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
  • Los documentos que se pueden enviar a través de este formulario pueden tener cualquier formato.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Aportar, alegar, desistir

    Plazos
    Hasta el 24/07/2024

    Estet trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.

    Por Internet

    Formulario

    Iniciar . Acceder a Formulario

    Per presentar la sol·licitud d’aportació heu de tenir els documents adjunts preparats i desats a la vostra unitat. Un cop estiguin emplenats, accediu a aquest enllaç per descarregar el formulari de presentació i annexeu-los abans de l'enviament.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
    • En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Cóm se recibe la respuesta?Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.

    ¿Cóm se recibe la respuesta?
    Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.

    ¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
    La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes.

    La respuesta de la Administración variará en función de la documentación de que se trate, y se podrá incluir en la resolución de la solicitud de ayuda.

Fecha de actualización 10.11.2024
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