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  • Programes operatius d’organitzacions de productors de fruita i hortalisses
  • Solicitar la aprobación o la modificación de un programa operativo
2246 - 2246_Programes operatius d’organitzacions de productors de fruita i hortalisses Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació accio
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Pasos a realizar

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  2. 2. Consultar l'estat del tràmit
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Programes operatius d’organitzacions de productors de fruita i hortalisses

Solicitar la aprobación o la modificación de un programa operativo

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Normativa

  • Reglament Delegat(UE) 2022/126 de la Comissió de 7 de desembre de 2021 pel qual es completa el Reglament (UE) 2021/2115 del Parlament Europeu i del Consell en relació amb els requisits addicionals per a determinats tipus d’intervenció especificats pels Estats membres en els seus plans estratègics de la PAC per al període 2023-2027.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Reial Decret 857/2022, de 11 d’octubre de 2022, pel qual es regulen els fons i programes operatius de les organitzacions de productors del sector de fruites i hortalisses, i de les seves associacions en el marc de la intervenció sectorial del Pla Estratègic de la Política Agrícola Comuna.

  • Reial decret 1179/2018, de 21 de setembre, pel qual es regulen els fons i programes operatius de les organitzacions de productors del sector de fruites i hortalisses. (BOE núm.230, de 22.11.2018).

  • Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) núm. 922/72, (CEE) núm. 234/79, (CE) núm. 1037/2001 y (CE) núm. 1234/2007.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOUE  núm.  L 347/671  publicado el 20/12/2013)
  • REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2017/891 DE LA COMISIÓN de 13 de marzo de 2017 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas, se completa el Reglamento (UE) n.o 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a las sanciones que deben aplicarse en esos sectores y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 543/2011 de la Comisión

    . Abrir en una nueva ventana. (DOUE  núm.  L 138/4  publicado el 25/05/2017)
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2017/892 de la Comisión, de 13 de marzo de 2017, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOUE  núm.  L 138/4  publicado el 25/05/2017)
  • Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regulan el reconocimiento y el funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  129  publicado el 31/05/2017)
  • Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1305/2013 y (UE) n.o 1307/2013

    . Abrir en una nueva ventana. (DOUE  núm.  L 435  publicado el 31/07/2023)
  • RESOLUCIÓN ACC/2569/2024, de 4 de julio, por la que se convocan las ayudas a los fondos operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas correspondientes a 2025 (ref. BDNS 773829).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9204  publicado el 15/07/2024)
  • RESOLUCIÓN ACC/3110/2023, de 7 de septiembre, por la que se convocan las ayudas a los fondos operativos de las organizaciones de productoras de frutas y hortalizas correspondientes a la anualidad 2024 (ref. BDNS 715936).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9000  publicado el 14/09/2023)
  • ORDEN ACC/188/2023, de 17 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras complementarias de las ayudas a los fondos operativos de los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas y de la aprobación de dichos programas operativos, en el marco del Plan estratégico nacional de la Política agrícola común (PEPAC).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8962  publicado el 20/07/2023)
  • Resolución ARP/3161/2025, de 31 de julio, por la que se convocan las ayudas a los fondos operativos de las organizaciones de productoras de frutas y hortalizas correspondientes a la anualidad 2026 (ref. BDNS 850798)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9478  publicado el 14/08/2025)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objeto de esta ayuda es contribuir a la constitución de fondos operativos por parte de las organizaciones de productores y las asociaciones de organizaciones de productores, del sector de las frutas y hortalizas, con el fin de financiar sus programas operativos.

Un programa operativo es un conjunto de actuaciones que incluyen las inversiones y conceptos de gastos que contribuyen a lograr una serie de objetivos. Los programas tendrán una duración de un período de varias anualidades.

El importe de la ayuda es el de las contribuciones financieras realizadas por los socios por los productores asociados a la Organización de Productores o por la propia Organización de productores, con un límite del 50% de los gastos reales efectuados y de un porcentaje del 4,1% del valor de la producción comercializada de la entidad. En determinados casos estos porcentajes podrán incrementarse.

  • Los programas operativos aprobados en virtud del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 continuarán hasta su finalización en las condiciones establecidas en este reglamento y en el Real decreto 1179/2018.
  • Los programas operativos aprobados en virtud del Reglamento (UE) núm. 2021/2115 y el Real Decreto 857/2022 se regulan de acuerdo con esta normativa y también por la ORDEN ACC/188/2023, de 17 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras complementarias de las ayudas y la RESOLUCIÓN ARP/3161/2025, de 31 de julio, por la que se convocan las ayudas a los fondos operativos de las organizaciones de productoras de frutas y hortalizas correspondientes a la anualidad 2026.

Este trámite solo puede realizarse por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
  • Servei de Regulació de Mercats Agroalimentaris
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A organizaciones de productores de fruta y hortalizas (OPFH) y sus asociaciones (AOP), reconocidas de acuerdo con los artículos 152 y 156 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y por el Real decreto 532/2017, de 26 de mayo.

Plazos

Solicitud de programa operativo nuevo: no más tarde del 15 de septiembre anterior al primer año de ejecución del programa solicitado.

Solicitud de modificación de la anualidad no empezada (MANCO): no más tarde del 15 de septiembre anterior al primer año de ejecución del programa solicitado.

Solicitud del resumen de modificaciones de la anualidad en curso: puede presentarse hasta un máximo de una comunicación de modificaciones cada tres meses naturales contados desde el inicio de la anualidad, y con las excepciones previstas por la normativa .

Solicitud del resumen de modificaciones de la anualidad en curso (MAC-Resumen): no más tarde del 25 de noviembre del año en curso. Sin embargo, las modificaciones relativas a los tipos de intervención de retiradas del mercado, cosecha en verde y renuncia a efectuar la cosecha pueden comunicarse hasta el 28 de diciembre del año en curso.

Documentación

Solo hay que rellenar el formulario para registrar y adjuntar el archivo de la solicitud de GESPRO.

La OPFH habrá cargado previamente documentación a GESPRO.

Requisitos
  • La Organización de Productores debe estar legalmente reconocida.
  • El programa operativo debe contener los siguientes datos:
    • Identificación de la entidad solicitante.
    • Descripción de la situación de partida de la entidad.
    • Objetivos perseguidos por el proyecto del programa operativo. Se especificarán detalladamente los objetivos a perseguir, que deben ser al menos 2 de los especificados en el punto 2.2.1 de la Estrategia Nacional.
    • Medidas desglosadas por acciones y acciones desglosadas en inversiones y conceptos de gasto a realizar para alcanzar los objetivos perseguidos.
Tasas

No hay que pagar tasas para este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    La petición genérica no será válida para la presentación de las solicitudes de este trámite. Las solicitudes presentadas por petición genérica no se tendrán en cuenta y la fecha de presentación será la fecha en la que se presente la nueva solicitud utilizando el formulario específico que se encuentra en este trámite.

    Por Internet

    Formulari de sol·licitud

    Iniciar . Acceder a Formulari de sol·licitud

    Les sol·licituds s'han d'informar a l'aplicació informàtica de Gestió de Programes Operatius (GESPRO) i el document de sol·licitud generat per l'aplicació s'ha de presentar a través d’aquest formulari.

    En cas que no puguis tramitar per una incidència en el sistema, torna a provar-ho més tard.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar l'estat del tràmit

    Puedes consultar el estado del trámite:

    Puedes consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
    • En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    La aprobación del programa operativo, para poder aplicarse el 1 de enero del año siguiente al de la presentación, los programas operativos, o sus modificaciones y la ayuda financiera correspondiente, [...]

    La aprobación del programa operativo, para poder aplicarse el 1 de enero del año siguiente al de la presentación, los programas operativos, o sus modificaciones y la ayuda financiera correspondiente, tienen que ser aprobados por la persona titular de la Dirección General de Empresas Agroalimentarias, Calidad y Gastronomía como muy tarde el 31 de diciembre del año de la presentación. No obstante, por motivos debidamente justificados, se pueden aplicar desde el 1 de enero del año siguiente al de la presentación, los programas y la ayuda financiera aprobados entre el mencionado 31 de diciembre y el 20 de enero del año siguiente, siempre que la resolución lo recoja expresamente. La resolución se notificará a los beneficiarios interesados.

    Con respecto a la solicitud de ayuda, el Departamento pagará la ayuda como máximo el 15 de octubre. Oportunamente se notificará a los beneficiarios de la ayuda la resolución de la persona titular de la Dirección General de Empresas Agroalimentarias, Calidad y Gastronomía. En el caso de adelantos, el plazo para la resolución y pago es de dos meses desde la fecha de recepción de la solicitud completa, mientras que en el caso de pagos parciales el Departamento procederá a la resolución y pago como muy tarde a los tres meses de la recepción completa de la solicitud del OPFH.

    ¿Se puede presentar un recurso?

    La resolución no agota la vía administrativa. Se puede interponer un recurso de alzada contra la resolución de aprobación del programa operativos ante el conseller o consellera de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la notificación de la resolución, sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro que se considere adecuado.

    En caso de silencio administrativo, el recurso de alzada delante del conseller o la consellera de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural se puede interponer en el plazo de tres meses a contar a partir de la fecha en que se agote el plazo para emitir resolución y notificarla.

Fecha de actualización 15.07.2024
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