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  • Homologación de las actividades formativas para el personal que trabaja con aparatos de bronceado artificial
  • Comunicar la lista de alumnos que han superado el curso
22623 - 22623 - Homologació de les activitats formatives per al personal que treballa amb aparells de bronzejat artificial Departament de Salut accio
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  3. 3. Aportar documentación
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Homologación de las actividades formativas para el personal que trabaja con aparatos de bronceado artificial

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Normativa

  • DECRETO 348/2001, de 4 de diciembre, por el que se regulan los centros de bronceado artificial.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3541  publicado el 27/12/2001)
  • DECRETO 276/2003, de 21 de octubre, que modifica el Decreto 348/2001, de 4 de diciembre, por el que se regulan los centros de bronceado artificial.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4013  publicado el 19/11/2003)
  • RESOLUCIÓN SSS/710/2004, de 27 de febrero, por la que se eximen a los técnicos/as superiores en estética de la realización de los cursos de formación para el personal que presta servicios en centros de bronceado artificial que prevé el Decreto 348/2001, de 4 de diciembre, por el que se regulan los centros de bronceado artificial.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4100  publicado el 26/03/2004)
  • ORDEN TIC/212/2003, de 2 de mayo, por la que se regula el control de los establecimientos que prestan servicios de bronceado artificial.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3883  publicado el 14/05/2003)
  • Real Decreto 1002/2002, de 27 de septiembre, por el que se regula la venta y utilización de aparatos de bronceado mediante radiaciones ultravioletas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  243  publicado el 10/10/2002)
  • RESOLUCIÓN SSS/2094/2002, de 17 de julio, por la que se establece la duración y los contenidos formativos mínimos de las actividades formativas para el personal que trabaja en centros de bronceado artificial.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3683  publicado el 23/07/2002)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Un centro de bronceado ha de contar durante toda la franja horaria de prestación de servicios al menos con una persona que haya recibido formación homologada en el campo de las emisiones ultravioletas.

Las entidades que quieran impartir esta formación deberán solicitar la homologación de los cursos en la Dirección General de Profesionales de la Salud del Departamento de Salud.

Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

Para las solicitudes comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre deberás descargar la última versión publicada. En caso de que presentes la comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Subdirecció General d'Ordenació i Desenvolupament Professional
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades

A empresas y entidades que quieran impartir o imparten formación para profesionales que trabajan en centros de bronceado utilizando bancos solares y otros aparatos de emisores de ultravioletas.

Plazos

Los centros tienen que comunicar a la Dirección General de Profesionales la lista de los alumnos que han superado el curso, inmediatamente después de la evaluación.

Documentación

Documentación que deberás adjuntar a la comunicación:

  • La lista de alumnos aprobados (hay que utilizar el modelo normalizado).

Documentos

Modelo normalizado para la comunicación de alumnos aprobados

Ayuda con archivos y documentos adjuntos (cómo abrir formularios pdf)

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Comunicar

    Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet.

    Si eres una persona jurídica, deberás enviar el formulario mediante un certificado digital de representación. Si lo haces en nombre propio, lo podrás enviar mediante idCAT móvil o certificado digital.

    Por Internet

    Comunicar (formulario html)

    Iniciar . Acceder a Comunicar (formulario html)

    ¿Cómo se tiene que hacer? 

    El formulario se cumplimenta en línea, sin tener que descargarlo.

    • Rellena el formulario y adjunta la documentación que se indica. Para añadir la documentación anexa tienes que cliquear encima del botón Adjunta y buscar en tu ordenador el documento correspondiente.
    • El nombre del fichero adjunto no puede contener espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresis.
    • Envía el formulario. Si te falta incluir datos obligatorios o si algún dato no es correcto, verás un mensaje de error en el momento de hacer el envío y se resaltarán los campos que tienes que revisar.
    • El formulario requiere la firma con certificado digital de representación o de persona jurídica. Puedes consultar la página Cómo firmar digitalmente un formulario HTML.

    En caso de duda, puedes consultar el apartado Formularios que se rellenan desde la web de Trámites gencat.

    Confirmar la tramitación efectuada

    Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparece el acuse de recibo en la pantalla (es necesario Adobe Acrobat para abrirlo). Es importante guardarlo, ya que este documento contiene el registro de entrada, que es la fecha en que se ha iniciado este procedimiento y puede ser importante en determinados cómputos y plazos. También aparece un código identificador del trámite, que te servirá para poder conocer el estado de la tramitación desde el Área privada.

    Si la solicitud contiene algún error, el envío no se efectúa y aparece un mensaje en el que se especifica el error.

     

    En caso de que no puedas hacer el trámite por una incidencia en el sistema, vuelve a probarlo más tarde.
    Puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la sede electrónica, donde encontrarás toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido. Busca las incidencias y ordénalas por “Fecha y hora de inicio” en orden descendente.

    Puedes consultar el apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat.

    Para recibir asistencia técnica llama al 012.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar l'estat del meu tràmit

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    • Estado de mis gestiones
    • Área privada

    Estado de mis gestiones

    1. Accede al Estado de mis gestiones.
    2. Introduce el código identificador de la gestión (ID), que es un código alfanumérico que se obtiene con el acuse de recibo de la gestión, y el número de identificación (DNI, NIE, pasaporte, NIF de empresa o documento de empresa extranjera) que se puso en el formulario de solicitud. Con este código identificador podrás consultar el estado de tus gestiones sin certificado digital.

    Desde el detalle del trámite o gestión, obtendrás información del estado en el que se encuentran.

    Área privada

    Puedes realizar el seguimiento de todos tus trámites y gestiones y actualizar tus datos personales.

    Para acceder al Área Privada, necesitas identificarte mediante certificado digital o contraseña de un solo uso.

    Para acceder al Estado de mis gestiones no es necesario identificarse.

  3. 3

    Tercer paso

    Aportar documentación

    Una vez revisada la solicitud y la documentación entregada, la Administración puede requerir la aportación de documentación complementaria. La aportación de estos documentos la tiene que hacer desde:

    Una vez revisada la solicitud y la documentación entregada, la Administración puede requerir la aportación de documentación complementaria. La aportación de estos documentos la tiene que hacer desde:

    • Estado de mis gestiones
    • Área privada

    Por cada documento presentado se genera un acuse de recibo.

  4. 4

    Cuarto paso

    Respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    No recibirás ninguna respuesta. El trámite se considera efectuado ante la Administración con la presentación de la comunicación.

Fecha de actualización 19.09.2023
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