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22632 - 22632 - SAL040_Autorització d'activitats formatives per a professionals que realitzen tractaments de prevenció de la legionel·losi Departament de Salut accio
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Pasos a realizar

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  2. 2. Aportar documentación
  3. 3. Consulta del estado del trámite
  4. 4. Recibir respuesta de la Administración
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Normativa

  • Real Decreto 487/2022, de 21 de junio, por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la legionelosis

  • DECRETO 352/2004, de 27 de julio, por el que se establecen las condiciones higiénico-sanitarias para la prevención y el control de la legionelosis.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  4185  publicado el 29/07/2004)
  • ORDEN SCO/317/2003, de 7 de febrero, por la que se regula el procedimiento para la homologación de los cursos de formación del personal que realiza las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones objeto del Real Decreto 909/2001, de 27 de julio.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  44  publicado el 20/02/2003)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El personal que realice tratamientos en instalaciones para la prevención de la legionelosis que pertenezca a una entidad o servicio externo contratado, o bien que sea personal propio de la empresa titular de la instalación, tiene que disponer de un nivel de conocimientos suficientes por realizar una prevención efectiva de los riesgos para la salud de aquellas instalaciones que pueden ser susceptibles de convertirse en foco de propagación.

Esta formación la podrá impartir la empresa titular de la instalación de riesgo para su propio personal, o bien una entidad o un servicio externo de formación.

Las empresas y las entidades o servicios interesados en la organización de estos cursos tienen que presentar la solicitud correspondiente de autorización a la Dirección General de Profesionales de la Salud.

Las empresas con cursos autorizados por otras comunidades autónomas o por las ciudades de Ceuta y Melilla interesadas en impartir los cursos en Cataluña tienen que solicitar el reconocimiento mutuo.

Las empresas y las entidades o servicios autorizados deben comunicar a la Dirección General de Profesionales de la Salud cualquier modificación en los datos de la autorización o el cese de la actividad formativa, así como la lista de los alumnos que han superado los cursos.

Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.

Para las solicitudes comunicaciones de este trámite se han habilitado formularios específicos, que son de uso obligatorio. Puedes descargártelos desde esta misma ficha y siempre deberás descargar la última versión publicada. En caso de que presentes la comunicación mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Salut
  • Subdirecció General d'Ordenació i Desenvolupament Professional
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades

A empresas, entidades y servicios externos que quieran impartir o imparten formación para el tratamiento de las instalaciones de riesgo de dispersión de legionelosis en Cataluña.

Plazos

Se puede solicitar en cualquier momento.

Documentación

Documentación que deberás adjuntar a la solicitud:

  • Anexo de la solicitud de autorización de actividades formativas para profesionales que realizan tratamientos de prevención de la legionelosis
  • Titulación profesional del profesorado relacionada con esta actividad y del director/a (sólo en caso de que la Administración no pueda comprobar la titulación).
  • Material que se entrega a los alumnos (puede ser un enlace informado en el apartado “Material didáctico” del anexo).
  • Material que utiliza al docente para la presentación de la materia (puede ser un enlace informado en el apartado “Material didáctico” del anexo).
  • Modelo de certificado.

Documentos

Annexo de la solicitud de autorización

Requisitos
  • La formación la puede impartir la empresa titular de la instalación de riesgo, para su propio personal, o bien una entidad o servicio externo de formación contratada.
  • En el caso de entidades o servicios externos, para poder solicitar la autorización, hace falta que en sus estatutos conste que están declaradas como entidades que pueden hacer formación a terceros.
  • La formación tiene que permitir que el personal dedicado a hacer operaciones dirigidas a la prevención y control de la legionelosis en las instalaciones recogidas en el artículo 2 del Real decreto 909/2001, de 27 de julio, adquiera unos conocimientos higienicosanitaris suficientes para hacerlas eficazmente con el mínimo riesgo.
  • El contenido del cursos para el mantenimiento higienicosanitari de instalaciones de riesgo ante la legionela se tiene que ajustar, como mínimo, en lo que dispone el anexo 3 del Decreto 352/2004, por el que se establecen las condiciones higienicosanitàries para la prevención y el control de la legionela.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Información importante
  • Cualquier curso autorizado se puede impartir tantas veces como sea necesario mientras se mantengan los requisitos presentados inicialmente para autorizarlo y se comunique el lugar y las fechas de las nuevas ediciones a la Dirección General de Profesionales de la Salud (vea la Comunicación de nuevas ediciones).

  • Cualquier modificación en los datos o condiciones de la autorización se tiene que comunicar o solicitar, según el tipo de modificación, a la Dirección General de Profesionales de la Salud (vea la Solicitud y/o comunicación de modificaciones de la autorización de actividades formativas para profesionales que realizan tratamientos de prevención de la legionelosis).

  • Un curso autorizado por una comunidad autónoma o por las ciudades de Ceuta y Melilla se puede realizar en otra comunidad si se solicita el reconocimiento mutuo del curso (vea la Solicitud de reconocimiento mutuo).

  • Una vez acabado el curso, el centro tiene que enviar la lista de alumnos con el resultado de la evaluación de acuerdo con el modelo estandarizado (vea la Comunicación de los alumnos que han superado el curso).
  • El contenido mínimo del curso, de acuerdo con el anexo 3 del Decreto 352/2004, por el que se establecen las condiciones higienicosanitàries para la prevención y el control de la legionela, es el siguiente:
    • Importancia sanitaria de la legionelosis (3 horas)
      • Biología y ecología del agente causal.
      • Cadena epidemiológica de la enfermedad.
      • Sistemas de vigilancia epidemiológica.
      • Instalaciones de riesgo.
    • ámbito normativo (3 horas)
      • Introducción a las bases jurídicas de la responsabilidad de las empresas en la prestación de servicios para la prevención de la legionelosis, incluyendo la formación actualizada de los trabajadores.
      • Normativa relacionada con la prevención y el control de la legionelosis, las sustancias y preparados peligrosos, el agua de consumo humano, los plaguicidas y biocidas, las instalaciones térmicas de edificios y los vertidos industriales.
    • Criterios generales de limpieza y desinfección (3 horas)
      • Conocimientos generales de la química del agua.
      • Buenas prácticas de limpieza y desinfección.
      • Tipo de productos: desinfectantes, antiincrustantes, antioxidantes, neutralizantes, etc.
      • Registro de productos. Desinfectantes autorizados.
      • Otros tipos de desinfección: físicos y fisicoquímicos.
    • Salud pública y laboral (2 horas)
      • Marco normativo.
      • Riesgos derivados del uso de productos químicos.
      • Daños para la salud derivados del uso de productos químicos. Medidas preventivas.
    • Instalaciones de riesgo incluidas en el ámbito de aplicación del Real decreto 865/2003 (4 horas)
      • Diseño, funcionamiento y modelos.
      • Programa de mantenimiento y tratamiento.
      • Toma de muestras.
      • Controles analíticos.
    • Identificación de puntos críticos y elaboración de programas de control (2 horas)
    • Prácticas (7 horas)
      • Visitas a instalaciones.
      • Toma de muestras y medidas in situ.
      • Interpretación de la etiqueta de productos químicos.
      • Preparación de disoluciones de productos a diferentes concentraciones.
      • Cumplimentación de hojas de registro de mantenimiento.
    • Evaluación: prueba escrita sobre los contenidos del curso (1 hora)

 

  • El programa para los cursos de renovación de la formación que todo el personal que realice operaciones de mantenimiento higienicosanitario tiene que hacer cada cinco años y que tiene que tener un mínimo de 10 horas, es el siguiente:
    • Programa de mantenimiento higienicosanitari: diagnóstico de situación. Programa de actuación. Evaluación (2 horas).
    • Aspectos técnicos y puntos críticos a considerar para la valoración del riesgo en instalaciones susceptibles de proliferación de legionela que constituyen un riesgo emergente porque están ubicados en espacios públicos (2 horas).
    • Biocidas y productos químicos de elección en cada una de las instalaciones de riesgo en las cuales la legionela pueda proliferar y diseminarse (1 hora).
    • Toma de muestras. Certificación y acreditación (1 hora y media).
    • Actualización sobre técnicas analíticas de detección de legionela: técnicas de detección rápida (1 hora).
      Responsabilidades de las empresas de mantenimiento (1 hora).
    • Actualización normativa en la legislación nacional y autonómica en relación con la legionelosis, la prevención de riesgos laborales y el medio ambiente (1 hora y media).

  • Con respecto a la parte práctica del curso, se tiene que garantizar que incluirá como mínimo la visita a una torre de refrigeración y a un sistema de agua sanitaria.

  • En relación con el profesorado, es imprescindible que tengan experiencia laboral y/o conocimientos teóricos sobre la legionela (estos conocimientos se valoran en función del módulo que tenga que impartir el docente).

 

Criterios orientativos en cuanto al profesorado según la materia:

1. Importancia sanitaria de la legionelosis: Titulación: preferiblemente titulado superior de ciencias de la salud.

2. Ámbito legislativo:

  • Titulación: preferiblemente titulado superior o medio de ciencias de la salud, ambientales o jurídicas.

3. Criterios generales de limpieza y desinfección:

  • Titulación: preferiblemente titulado superior de ciencias de la salud o ciencias ambientales, o bien titulado superior o medio de ingenierías técnicas.
  • Experiencia: preferible en temas ambientales, sobre todo relacionada con la materia.

4. Salud pública y salud laboral:

  • Titulación: preferiblemente titulado superior de ciencias de la salud o ciencias ambientales, técnicos de salud laboral o medicina preventiva.
  • Experiencia: preferible en temas de salud laboral o ambientales, con amplios conocimientos de productos químicos.

5. Instalaciones de riesgo incluidas en el ámbito de aplicación del Real decreto 909/2001:

  • Titulación: preferiblemente titulado superior de ciencias de la salud o ciencias ambientales, o bien titulado superior o medio de ingenierías técnicas.
  • Experiencia: preferible en temas ambientales, sobre todo relacionada con la materia.

6. Identificación de puntos críticos. Elaboración de programas de control:

  • Titulación: preferiblemente titulado superior de ciencias de la salud o ciencias ambientales, o bien titulado superior o medio de ingenierías técnicas.
  • Experiencia: preferible en temas ambientales, sobre todo relacionada con la materia.

7. Prácticas:

  • Titulación: preferiblemente titulado superior de ciencias de la salud o ciencias ambientales, o bien titulado superior o medio de ingenierías técnicas.
  • Experiencia: preferible en temas ambientales, sobre todo relacionada con la materia.

 

Desarrollo del curso

  • Con respecto a la asistencia, se pide una asistencia del 100%. No se podrán hacer excepciones en ningún caso, aunque se justifiquen las faltas. En caso de no poder asistir por cualquier motivo, justificado o no, a alguno de los módulos o a alguna clase, se podrá asistir a las clases correspondientes que le falten en un curso posterior.

  • En relación con la prueba de aprovechamiento del curso:
    • El examen se realizará una vez se haya asistido a todas las horas del curso, incluidas las horas de clases
    • prácticas.
    • Se hará una prueba al finalizar cada edición del curso (1 hora).
    • El nivel de contenidos que se pida en esta prueba se tiene que corresponder con el nivel dado en la
    • documentación.
    • La prueba tiene que consistir en un examen tipo test de 25 preguntas con cuatro posibles respuestas, una de
    • las cuales es la correcta. No puede haber más de una respuesta correcta, ni respuestas del tipo "a y b son correctos, todas son correctas", etc.
    • Tienen que estar las siguientes preguntas por módulo:
      • Módulo 1: 4 preguntas
      • Módulo 2: 1 pregunta
      • Módulo 3: 5 preguntas
      • Módulo 4: 5 preguntas
      • Módulo 5: 5 preguntas
      • Módulo 6: 5 preguntas
    • La prueba se puntúa de forma numérica, valorando cada pregunta con 1 punto sobre 25 si es correcta, 0 puntos si no se contesta y se restará 1/3 de punto si se contesta de forma incorrecta. Se dará la puntuación final sobre una nota máxima de 10. La prueba es apta si se obtiene un mínimo de 5 puntos sobre 10.
    • Cada persona tiene derecho a dos convocatorias de examen por curso realizado. Si no se superan las dos pruebas hay que hacer nuevamente el curso.
    • Existe el derecho de revisión de examen con la persona que coordine el curso o persona técnica que esta delegue.
  • En cuanto al certificado, tiene que constar sólo la calificación de apto o no apto y que el curso ha sido homologado por la Dirección General de Profesionales de la Salud, el número de expediente otorgado en la resolución y el número de edición de la actividad.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet.

    Si eres una persona jurídica, deberás enviar el formulario mediante un certificado digital de representación. Si lo haces en nombre propio, lo podrás enviar mediante idCAT móvil o certificado digital.

    Por Internet

    Solicitar (formulario HTML)

    Iniciar . Acceder a Solicitar (formulario HTML)

    ¿Cómo se tiene que hacer?

    El formulario se cumplimenta en línea, sin tener que descargarlo.

    • Rellena el formulario y adjunta la documentación que se indica. Para añadir la documentación anexa tienes que cliquear encima del botón Adjunta y buscar en tu ordenador el documento correspondiente.
    • El nombre del fichero adjunto no puede contener espacios en blanco, guiones, acentos ni diéresis. 
    • Envía el formulario. Si te falta incluir datos obligatorios o si algún dato no es correcto, verás un mensaje de error en el momento de hacer el envío y se resaltarán los campos que tienes que revisar.
    • El formulario requiere la firma con un certificado digital o idCat móvil. Puedes consultar la página Cómo firmar digitalmente un formulario HTML.

    En caso de duda, puedes consultar el apartado Formularios que se rellenan desde la web de Trámites gencat.

    Confirmar la tramitación efectuada

    Si la solicitud se ha enviado correctamente, aparece el acuse de recibo en la pantalla (es necesario Adobe Acrobat para abrirlo). Es importante guardarlo, ya que este documento contiene el registro de entrada, que es la fecha en que se ha iniciado este procedimiento y puede ser importante en determinados cómputos y plazos. También aparece un código identificador del trámite, que te servirá para poder conocer el estado de la tramitación desde el Área privada.

    Si la solicitud contiene algún error, el envío no se efectúa y aparece un mensaje en el que se especifica el error.

    En caso de que no puedas hacer el trámite por una incidencia en el sistema, vuelve a probarlo más tarde.
    Puedes comprobar si se ha producido algún corte de servicio o incidencia en el apartado Avisos y cortes de servicio de la sede electrónica, donde encontrarás toda la información sobre los tipos de incidencia y donde se han producido. Busca las incidencias y ordénalas por “Fecha y hora de inicio” en orden descendente.

    Puedes consultar el apartado Apoyo a la tramitación de Trámites gencat.

    Para recibir asistencia técnica llama al 012.

  2. 2

    Segundo paso

    Aportar documentación

    Una vez revisada la solicitud y la documentación entregada, la Administración puede requerir la aportación de documentación complementaria. La aportación de estos documentos la tiene que hacer desde:

    Una vez revisada la solicitud y la documentación entregada, la Administración puede requerir la aportación de documentación complementaria. La aportación de estos documentos la tiene que hacer desde:

    • Estado de mis gestiones
    • Área privada

    Por cada documento presentado se genera un acuse de recibo.

  3. 3

    Tercer paso

    Consulta del estado del trámite

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    Para hacer el seguimiento de tus gestiones y trámites, puedes acceder a través de:

    • Estado de mis gestiones
    • Área privada

    Estado de mis gestiones

    1. Accede al Estado de mis gestiones.
    2. Introduce el código identificador de la gestión (ID), que es un código alfanumérico que se obtiene con el acuse de recibo de la gestión, y el número de identificación (DNI, NIE, pasaporte, NIF de empresa o documento de empresa extranjera) que se puso en el formulario de solicitud. Con este código identificador podrás consultar el estado de tus gestiones sin certificado digital.

    Desde el detalle del trámite o gestión, obtendrás información del estado en el que se encuentran.

    Área privada

    Puedes realizar el seguimiento de todos tus trámites y gestiones y actualizar tus datos personales.

    Para acceder al Área Privada, necesitas identificarte mediante certificado digital o contraseña de un solo uso.

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    La Administración tiene un plazo máximo de tres meses, desde la presentación de la solicitud, para dictar y notificar la resolución. Si transcurre ese periodo y no se ha dictado resolución expresa, la solicitud se entenderá estimada por silencio administrativo.

    El listado de entidades con cursos autorizados en Cataluña se publica en la web del Departamento de Salud.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?

    Recibirás una notificación mediante e-NOTUM.

    ¿Puedo presentar un recurso?

    Sí, en el plazo de un mes desde la recepción de la notificación, puedes interponer recurso de alzada delante la persona titular de la Secretaría General del Departamento de Salut.

Fecha de actualización 04.12.2023
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