¿Qué tienes que saber?
El objetivo de esta subvención es el de generar actividad económica en entornos urbanos de proximidad (comunalidad urbana), reforzando y haciendo crecer el tejido productivo y reproductivo, que se construye desde la proximidad y que se encara a proveer de servicios y productos en un territorio y una ciudadanía en concreto. Por tanto, se centra en una actividad económica y social que tiene que ver con las relaciones entre personas o grupos de personas de mayor proximidad: el barrio, el distrito, la ciudad.
Hay dos líneas de subvención:
Línea 1: Red de comunalidades urbanas. Tiene como objetivo ofrecer los servicios y los espacios de atención para la dinamización económica urbana, generando proyectos de ayuda mutua o de intercooperación con el fin de reforzar los bienes comunes urbanos o para crear nuevos, específicos en la comunalidad, que permitan la mejora de la calidad de vida y la generación de una dinámica económica urbana de proximidad.
Línea 2: Coordinación, promoción y difusión de las comunalidades urbanas. Tiene como objetivo poder ofrecer un seguimiento, una coordinación, y la visibilización de las diversas actuaciones y servicios que se lleven a cabo.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
Línea 1
- A agrupaciones o asociaciones de comerciantes de la comunalidad.
- A asociaciones de vecinos o asociaciones con actividad no empresarial (deportiva, ocio, cultural...) de la comunalidad, barrio o ciudad.
- A cooperativas con sede en la comunalidad, barrio o ciudad.
- A empresas o entidades de la economía social y solidaria, con sede en la comunalidad, barrio o ciudad.
- Al ayuntamiento de referencia de la comunalidad.
- A personas físicas con sede en la comunalidad, barrio o ciudad.
La entidad solicitante tendrá que ser una cooperativa o una entidad de economía social. El proyecto deberá ser grupal, con un mínimo de cuatro entidades, y será necesario que, además de cooperativas, cuente como mínimo con una entidad de las descritas en los puntos a), b), d), e) o f) anteriores.
Línea 2
- A empresas cooperativas que tengan experiencia en el ámbito del proyecto y demuestren su capacidad.
- A agrupaciones sin personalidad jurídica constituidas por las entidades mencionadas en el apartado anterior, junto con otros tipos de entidades, excepto las entidades representativas de la economía social y solidaria (ESS), que realicen una actividad necesaria para llevar a cabo el proyecto o que estén especializadas en alguno de los servicios vinculados a las acciones del proyecto.
El plazo para justificar la primera anualidad es del 16 de febrero al 15 de abril de 2025.
- Temporización mensual de las horas de personal propio (1.ª anualidad) (G146NCTC-812)
- Modelo de informe de justificación económica elaborado por un auditor de cuentas L1 (1ª anualidad) (G146NCTC-817)
- Modelo de informe de justificación económica elaborado por un auditor de cuentas L2 (1ª anualidad) (G146NCTC-818)
- Relación de entidades, de acciones subvencionables y de participantes de la L2 (1ª anualidad) (G146NCTC-819)
- Relación de actuaciones y participantes del Programa L1 (1ª anualidad) (G146NCTC-820)
- Declaración responsable de la entidad solicitando (1ª anualidad) (G346NCTC-810)
- Memoria técnica justificativa de la actuación L1 (1ª anualidad) (G346NCTC-814)
- Memoria técnica justificativa de la actuación L2 (1ª anualidad) (G346NCTC-815)
- Informe de los proyectos L1 (1ª anualidad) (G346NCTC-816)
- Declaración Inicio de actuaciones (2ª anualidad) (G346NCTC-821)
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Justificar
Plazos
Del 16/02/2025 al 15/04/2025Este trámite sólo se puede hacer por internet. Hace falta que firméis el formulario principal con un certificado digital de:
- Persona física.
- Persona jurídica.
- Persona vinculada.