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Pasos a realizar

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Subvenciones del Programa Acompaña

Convocatoria 2023- Solicitar la ayuda

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Empresas y profesionales | Entidades
CÓMO
Por Internet
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 02/01/2023 al 31/03/2023

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Convocatoria 2023- Solicitar la ayuda

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Normativa

  • RESOLUCIÓN EMT/4164/2022, de 28 de diciembre, por la que se abre la convocatoria anticipada para el año 2023 para la concesión de subvenciones del Programa Acompaña, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, NextGenerationEU, financiado por la Unión Europea que promueve el Departamento de Empresa y Trabajo (ref. BDNS 667128).

    . Abrir en una nueva ventana.
  • ORDEN EMT/249/2021, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Acompaña, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que promueve el Departamento de Empresa y Trabajo.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8573  publicado el 29/12/2021)
  • RESOLUCIÓN EMT/1449/2022, de 9 de mayo, por la que se hace pública la convocatoria del año 2022 para la concesión de subvenciones del Programa Acompaña, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, Next Generation EU, financiado por la Unión Europea y que promueve el Departamento de Empresa y Trabajo (ref. BDNS 626653).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8669  publicado el 17/05/2022)
  • RESOLUCIÓN EMT/2574/2022, de 28 de julio, por la que se hace pública la segunda convocatoria del año 2022 de presentación de solicitudes para la concesión de subvenciones del Programa Acompaña, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, Next Generation EU, financiado por la Unión Europea y que promueve el Departamento de Empresa y Trabajo (ref. BDNS 644227).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8743  publicado el 01/09/2022)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El objetivo de esta ayuda es facilitar la adaptación social y laboral de personas trabajadoras con discapacidad y trastornos de salud mental con especiales dificultades de inserción laboral, en empresas del mercado ordinario de trabajo en condiciones similares a las del resto de personas trabajadoras que ocupan puestos similares.

 

Logotip dels fons europeus Next Generation

Este trámite solo se puede realizar por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

La petición genérica no será válida para la presentación de las solicitudes de este trámite. Las solicitudes presentadas por petición genérica no se tendrán en cuenta y la fecha de presentación será la fecha en la que se presente la nueva solicitud utilizando el formulario específico que encuentre en este trámite.

Para más información puede dirigirse al buzón de contacto: acompanya.treball@gencat.cat

Para rellenar el formulario de solicitud, hace falta que sigáis las instrucciones que se detallan en el documento: Instrucciones para la presentación de la solicitud para la subvención del Programa Acompaña.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Empresa i Treball
  • Secretaria de Treball

Otros organismos relacionados

  • Direcció General d'Economia Social i Solidària, el Tercer Sector i les Cooperatives
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales
Entidades

A las asociaciones y fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, debidamente constituidas y con sede en Cataluña. 

Plazos

El plazo para realizar la solicitud es desde las 9.00 horas del 2 de enero de 2023 hasta las 14.00 horas del 31 de marzo de 2023.

Documentación

Documentación que hay que adjuntar a la solicitud:

  1. Proyecto de acompañamiento a la inserción (G146NPRTR-010) según modelo normalizado, con la descripción del proyecto a desarrollar en el marco "Programa Acompaña" y la memoria del proyecto en que se describan los procedimientos transversales de género y las medidas específicas apropiadas para alcanzar la igualdad de mujeres y hombres en los ámbitos de actuación del proyecto.
  2. Las declaraciones responsables:
    • Declaración responsable de adecuación al principio de no causar perjuicio significativo a los seis objetivos medioambientales en el sentido del artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 (G346NPRTR-001).
    • Declaración responsable de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) (G346NPRTR-002).
    • Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR) (G346NPRTR-003).
    • Declaración de ausencia de conflicto de intereses de acuerdo con el reglamento 2018/1046 del Parlamento Europeo y del consejo, de 10 de julio y de la ley 40/2015, de 1 de octubre (G346NPRTR-004).
    • Declaración Responsable en lo referente a la consulta de datos de las personas destinatarias (G346NPRTR-046).
    • Declaración Responsable en lo referente a la consulta de datos del personal técnico (G346NPRTR-045).
      En caso de que alguna de las personas destinatarias o del personal técnico especializado se opongan a la consulta hará falta que la entidad aporte la correspondiente documentación anexa a la solicitud.
  3. Autorización de la consulta de los datos relativos al grado de discapacidad de la persona destinataria, firmada por la persona destinataria (G346NPRTR-044).
  4. Informe del servicio que hace el seguimiento terapéutico, en el caso de las personas trabajadoras con trastornos de salud mental que no tengan reconocido un grado de discapacidad.
  5. Certificado de los servicios especializados que acredite la pertinencia al colectivo correspondiente de personas en riesgo o en situación de exclusión social.
  6. Contrato de trabajo o declaración sobre el contrato a celebrar, durada, jornada y tareas a desarrollar por el personal técnico especializado.
  7. Acreditación de la experiencia previa, del personal técnico especializado, en actividades de integración laboral de personas pertenecientes a los colectivos destinatarios finales de estas subvenciones, que los capacite para ejercer las funciones propias de su puesto de trabajo.
  8. Convenio o convenios de colaboración a que se refiere la base 6.3 del Anexo 1 del Orden EMT/249/2021, de 27 de diciembre. Podéis utilizar al modelo de Convenio de colaboración (G146NPRTR-070).
  9. Hoja de domiciliación bancaria debidamente rellenada, si no se ha presentado anteriormente, o han transcurrido más de cinco años, o se ha modificado su contenido, de acuerdo con el modelo del Departamento de Economía y Hacienda.
  10. Las personas o entidades solicitantes que hayan negociado con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Agencia Tributaria de Cataluña o la Tesorería General de la Seguridad Social una prórroga, un aplazamiento, una moratoria o cualquier otra condición especial de sus deudas, hace falta que aporten la documentación que acredite esta prerrogativa especial, junto con la solicitud. 

 

En caso de que alguna de las personas destinatarias o del personal técnico especializado se opongan a la consulta hará falta que la entidad aporte la correspondiente documentación anexa a la solicitud.

Documentos

Indicaciones para la correcta difusión de las actuaciones subvencionadas en el marco de los Programas de Fomento del Trabajo en la Diversidad (G146NIA-451)

Requisitos

Cumplir los requisitos que establece la base 3 y 4 de la Orden EMT/249/2021, de 27 de diciembre, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Acompaña, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, que promueve el Departamento de Empresa y Trabajo.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 02/01/2023 al 31/03/2023

    Este trámite solo se puede hacer por internet.

    Es necesario firmar el formulario principal con un certificado digital de:

    • Persona física.
    • Persona jurídica.
    • Persona vinculada a una organización con capacidad de representación.

     

    Para rellenar el formulario de solicitud, es necesario seguir las instrucciones que se detallan en el documento: Instrucciones para la presentación de la solicitud para la subvención del Programa Acompaña. (documento en catalán).

    Por Internet

    Formulario de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud

    Puede consultar si hay alguna incidencia en la sección Avisos y cortes de servicio, de la Sede electrónica de la Generalitat.

    Consulte las condiciones técnicas para realizar trámites en línea

  2. 2

    Segundo paso

    Consulta el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En la Área privada de Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital).
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Si transcurrido [...]

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
    El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de dos meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud. Si transcurrido el plazo de dos meses no se ha producido la resolución expresa, se entenderá que la solicitud se desestima por silencio administrativo.

    ¿Cómo se recibe la respuesta?
    La resolución de concesión de la ayuda se notificará mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalidad de Cataluña. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.

    ¿Puede presentarse un recurso si no se está de acuerdo?
    Sí, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución se puede presentar recurso de alzada ante el secretario de Trabajo.

Fecha de actualización 02.07.2025
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