¿Qué tienes que saber?
Se consideran proyectos singulares de intercooperación del cooperativismo los proyectos integrales dirigidos a fomentar el mantenimiento o el crecimiento de la actividad económica, la competitividad de la economía y/o a dinamizar el empleo a través de la creación o la consolidación de proyectos cooperativos, nuevas líneas de negocio, nuevos mercados, que aprovechen oportunidades estratégicas del mismo sector de actividad o del territorio, y que permitan reactivar el cooperativismo y la economía social y solidaria.
La singularidad de los proyectos viene dada por lo que establezcan obligatoriamente la combinación de dos o más actuaciones (planteadas como un itinerario). Las propuestas de participación tienen que presentar un enfoque basado en resultados. La generación de actividad económica es un requisito indispensable de cualquiera de los proyectos singulares.
Este trámite sólo puede realizarse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Por lo que respecta a las convocatorias de 2017, 2018, 2019 i 2020 de las subvenciones a proyectos singulares, reguladas por la Orden TSF/234/2017, de 13 de octubre, se puede encontrar el acceso en el trámite correspondiente.
En cuanto a la convocatoria de 2021 y 2022 de las subvenciones a la Red de ateneos cooperativos, proyectos singulares y proyectos transversales de apoyo a la economía social y solidaria, reguladas por la Orden EMT/167/2021, de 2 de agosto, se puede encontrar el acceso en el trámite correspondiente.
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
Para los ejes A, B, C y D, las empresas cooperativas.
Para el eje E:
- Empresas cooperativas.
- Sociedades laborales.
- Mutualidades.
- Asociaciones o fundaciones con programas de gobernanza democrática o compromiso escrito de llevarlos a cabo.
El plazo para justificar la subvención es del 1 de julio de 2025 hasta el 31 de julio de 2025.
- Relación de entidades creadas, puestos de trabajo creados y participantes (G146NCTC-757)
- Modelo de informe de justificación económica elaborado por un auditor de cuentas (G146NCTC-836)
- Temporización mensual de horas del personal propio (G146NCTC-837)
- Declaraciones responsables (G346NCTC-753)
- Memoria técnica justificativa de la actuación - Línea 2, Proyectos singulares de promoción de la economía social y solidaria, creación de cooperativas y proyectos de intercooperación. Orden EMT/167/2021 (G346NCTC-838)
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Justificar
Plazos
Del 01/07/2025 al 31/07/2025Este trámite solo se puede hacer por internet. Hace falta que os identifiquéis cuando firmáis el envío con el idCAT Móvil o un certificado digital.