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  • Reclamación de responsabilidad patrimonial derivada de la actuación de la PG - ME
22850 - 22850_-_Reclamació de responsabilitat patrimonial derivada de l'actuació de la PG - ME Departament d'Interior i Seguretat Pública accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar la reclamación de responsabilidad patrimonial
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las personas que hayan sufrido una lesión o daño en sus bienes y derechos, siempre que sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal derivado de la actuación del cuerpo de Mossos d'Esquadra de la Generalitat de Catalunya, tienen derecho a ser indemnizadas.

Se exceptúan los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar.

Este trámite solo lo puedes hacer presencialmente si eres un particular, en este caso te recomendamos que pidas cita.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben hacer el trámite por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Interior i Seguretat Pública
  • Direcció General de la Policia
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades

A personas físicas y jurídicas.

Plazos

1 año desde que se haya producido el hecho o acto que motiva la indemnización o se manifiesta el efecto lesivo.

Si el daño es físico o psíquico, 1 año a contar desde el cuidado o la determinación del alcance de las secuelas.

Documentación

Documentación adicional obligatoria que debes acompañar a la solicitud:

  • Documentación acreditativa de la vinculación con el daño causado (derecho o interés legítimo que le habilita para formular la reclamación ) y que acredite que está legitimado a instarla. Por ejemplo: contrato de alquiler, escritura de propiedad, ficha técnica de un vehículo, ...
  • Documentació acreditativa del dany. Por ejemplo: facturas o presupuestos de reparación del daño causado, informe médico,...

Documentación adicional opcional:

  • Póliza de seguro del bien en el que se ha causado el daño.
  • Fotografías en las que se muestre el daño causado.

Documentación acreditativa de la representación:

No hace falta que aportes esta documentación si eres el representante y estás inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).

Requisitos

Para poder realizar este trámite debes haber sufrido un daño evaluable económicamente a raíz de una actuación administrativa.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar la reclamación de responsabilidad patrimonial

    Este trámite solo lo puedes hacer presencialmente si eres un particular, en este caso te recomendamos que pidas cita.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben hacer el trámite por internet.

    Cuando envies el formulario debes identificarte con idCAT Móvil o con un certificado digital de persona física, persona jurídica y/o persona vinculada.

    Por Internet

    Solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial (formulario en html)

    Iniciar . Acceder a Solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial (formulario en html)

    Instrucciones para rellenar el formulario

    • El sistema validará los datos y comprobará los que son obligatorios. Si se detectan errores en los datos introducidos o faltan datos obligatorios, el sistema avisará mediante el mensaje de error correspondiente.
    • Desde el mismo formulario deberás adjuntar la documentación adicional obligatoria, y si procede, los anexos de la documentación adicional opcional y documentación acreditativa de la representación.
    • El formulario se debe firmar con idCAT Móvil o certificado digital de persona física, persona jurídica o persona vinculada para enviarlo. En el caso que te hayas identificado digitalmente en el momento de iniciar la solicitud, podrás enviar el formulario sin firmarlo.
    • Una vez enviado el formulario, el sistema generará un recibo (que contiene, entre otros datos, el número de registro y el día y hora de presentación), que acredita que el documento ha quedado correctamente registrado en el sistema.

    Apoyo a la tramitación.

    En caso de que no puedas realizar el trámite por una incidencia en el sistema, vuelve a intentarlo más tarde.

    • Si la incidencia con este trámite persiste más de 24 horas, puedes dirigirte al Departamento de Interior mediante la Petición genérica con firma electrónica. Para ello, en el apartado "Adónde va dirigida" selecciona "Departamento de Interior", tema seguridad”.
    • Sin embargo, si la incidencia también afecta a la Petición genérica, puedes enviarnos la comunicación mediante una consulta, queja o sugerencia (CQS) al Buzón de contacto de la web de Interior.
    • Alternativamente, si la incidencia persiste y no te puedes esperar a realizar el trámite, puedes utilizar el formulario de instancia genérica que encontrarás en la web o en la sede electrónica de tu ayuntamiento (o de cualquier otra Administración pública). En este caso, recuerda que el cómputo de plazos puede variar y que tendrás que esperar unos días para poder realizar el seguimiento del trámite desde el apartado Área privada / Área privada Canal Empresa.
  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puedes consultar el estado del trámite:

    Puedes consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil o certificado digital ), si eres empresa.
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En cualquier Oficina de Atención Ciudadana (OAC), si eres un particular.
    • En tu Área privada(con idCAT Móvil o certificado digital).
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    El plazo para dictar y notificar la resolución es de 6 meses transcurridos los cuales se puede entender desestimada su solicitud y puede interponer recurso de reposición o bien recurso contencioso [...]

    El plazo para dictar y notificar la resolución es de 6 meses transcurridos los cuales se puede entender desestimada su solicitud y puede interponer recurso de reposición o bien recurso contencioso administrativo ante el Juzgado o Tribunal competente sin perjuicio de la obligación de resolver la solicitud por parte de la Administración pública. 

    ¿Cómo se recibe la respuesta?

    Recibirás una notificación electrónica. Puedes acceder a su contenido a través del servicio e-NOTUM o a través de tu Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).

Fecha de actualización 19.12.2023
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