¿Qué tienes que saber?
Ayudas extraordinarias y de emergencia para hacer frente a la suspensión y limitación de la abertura al público de las instalaciones deportivas en Cataluña.
Entidades gestoras de instalaciones deportivas:
- Entidades privadas registradas en el Registro de Entidades Deportivas.
- Empresas inscritas a:
- El epígrafe 967.1 (instalaciones deportivas).
- El epígrafe 967.2 (Escuelas y servicios de perfeccionamiento del deporte) en el IAE.
Universidades catalanas.
Exclusiones:
- Entidades participadas en más de un 50% por capital público, a excepción de las universidades.
Profesionales y trabajadores autónomos. - Instalaciones deportivas de uso escolar, asistencial, sanitario, residencial o turístico.
Plazo de solicitud: del 17 al 23 de noviembre de 2022.
La documentación la encontrarás a cada uno de los pasos de la tramitación.
Lo puedes encontrar en el anexo 1 de las bases reguladores de la convocatoria.
No hay tasas asociadas a este trámite
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar la ayuda
Plazos
Del 17/11/2022 al 23/11/2022 -
2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta? El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria en [...]
¿Cuándo se recibe la respuesta?El plazo máximo para resolver y notificar la resolución es de tres meses a contar desde el día siguiente de la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGC. Una vez transcurrido este plazo, si no se ha producido la notificación mencionada, los interesados pueden entender que sus solicitudes han sido desestimadas por silencio administrativo.
¿Qué respuesta se recibe?
La publicación de la resolución final del procedimiento en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya (tauler.gencat.cat).