¿Qué tienes que saber?
El objeto de las ayudas es el fomento de la transformación del sistema agroalimentario catalán, alineado con los objetivos del Plan estratégico de la alimentación de Cataluña (PEAC).
Las ayudas que establece el Orden se articulan en diez líneas.
Línea 8: Para el fomento de la creación y continuación de nuevas empresas lideradas por mujeres, relacionadas con la producción y la transformación de alimentos.
Sublínea 8.1. : Fomento de la creación de nuevas empresas lideradas por mujeres, relacionadas con la producción y la transformación de alimentos.
Aquest tràmit només es pot fer per internet. La documentació que aporteu per un altre canal no es tindrà en compte ni es computarà a efectes de data de presentació.
Pueden ser beneficiarios de esta ayuda:
- Persona física mujer que empiece una actividad de nueva creación en Cataluña y relacionados con la producción y la transformación de alimentos.
- Persona jurídica: micro o pequeña empresa, de acuerdo con el que establecen el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 y el anexo I del Reglamento (UE) 702/2014 sobre la definición de pequeñas y medianas empresas, donde la participación femenina tiene que estar en un mínimo del 66% en los órganos de gobierno según sus estatutos, a Cataluña y relacionado con la producción y la transformación de los alimentos.
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:
- Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del siguiente a la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento o de la resolución de concesión provisional.
- Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
- Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el siguiente de la notificación de la resolución de concesión provisional.
Que se haya hecho correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
- Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, si procede, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las personas solicitantes tienen que enviar la documentación pedida utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
- Por otra parte, las personas solicitantes podrán presentar la documentación que consideren oportuno a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Hay que tener un expediente de solicitud de subvención en trámite.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Sobre el formulario:
- Hay que indicar obligatoriamente el número de expediente.
- Se tiene que firmar electrónicamente el envío para poder enviarlo.
- La medida máxima del fichero de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
- Los documentos que se pueden enviar mediante este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, desistir
Este trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
Este trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cómo se recibe la respuesta?Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración variará en función de la documentación de que se trate, y se podrá incluir dentro de la resolución de la solicitud de ayuda.