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Sanciones sobre equipos de climatización con gases fluorados

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Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • DECRETO 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación en los ámbitos de competencia de la Generalitat.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1827  publicado el 29/11/1993)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • LEY 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5686  publicado el 05/08/2010)
  • Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  275  publicado el 16/11/2007)
  • Real Decreto 115/2017, de 17 de febrero, por el que se regula la comercialización y manipulación de gases fluorados y equipos basados en los mismos, así como la certificación de los profesionales que los utilizan y por el que se establecen los requisitos técnicos para las instalaciones que desarrollen actividades que emitan gases fluorado

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  42  publicado el 18/02/2017)
  • DECRETO 210/2019, de 25 de septiembre, por el que se determina el órgano competente para ejercer en Cataluña las funciones relativas al control de la comercialización de equipos de refrigeración cargados con gases fluorados, de acuerdo con el artículo 9.8 del Real decreto 115/2017, de 17 de febrero, y se establecen aspectos instrumentales para el cumplimiento de las obligaciones que el precepto citado establece.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7969  publicado el 27/09/2019)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Si has recibido una notificación en relación con una sanción por incumplimiento de la comunicación de instalación de equipos de climatización con gases fluorados, estos trámites te permiten:

  • Solicitar la reducción (si has recibido una notificación de acuerdo de iniciación o de propuesta de resolución)
  • Presentar alegaciones (si has recibido una notificación de acuerdo de iniciación o de propuesta de resolución)
  • Presentar recurso (si has recibido una notificación de resolución)

Este trámite solo puede hacerlo presencialmente si es usted un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tienen que relacionarse electrónicamente con la Administración.

Se puede utilizar el formulario específico que se encuentra en este trámite.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Canvi Climàtic i Qualitat Ambiental
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades

A las personas, empresas o entidades que reciban una notificación por infracción (acuerdo de iniciación, propuesta de resolución o resolución) de un procedimiento sancionador por incumplimiento de la comunicación de instalación de equipos con gases fluorados.

Plazos

La solicitud de reducción es de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a la fecha de notificación del acuerdo de iniciación o la propuesta de resolución.

No son hábiles los sábados, domingos y festivos.

 

Documentación

Documentación que acredite la representación.

No hace falta que aportes esta documentación si eres el representante y estás inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).

Tasas

No hay que pagar tasas.

Otras informaciones
  • Cada solicitud de reducción del importe corresponde a un único expediente sancionador.

  • Solo se puede solicitar una reducción del importe de la sanción antes de recibir la resolución del procedimiento sancionador.

  • Se puede solicitar una reducción del importe de la sanción:

    • De un 20% si se solicita pagar anticipadamente.
    • De un 20% si se reconoce la responsabilidad de los hechos sancionados.
    • De un 40% si se solicita pagar anticipadamente y, al mismo tiempo, se reconoce la responsabilidad de los hechos sancionados.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Este trámite solo puede hacerlo presencialmente si es usted un particular.

    Este trámite solo puede hacerlo presencialmente si es usted un particular.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos deben relacionarse electrónicamente con la Administración.

    Cada solicitud de reducción del importe corresponde a un único expediente sancionador.

    Por Internet

    Formulario de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud

    Para presentar la solicitud debe identificarse con un certificado digital o CATMóvil.

    Presencialmente

    Si necesitas información o ayuda para tramitar, te recomendamos que pidas cita en las oficinas de atención ciudadana. En caso de que no dispongas del IdCATMòbil, te aconsejamos que lo obtengas antes del día de la cita. Puedes hacerlo a través del siguiente enlace.

    Para presentar la documentación imprime la solicitud, llénala y fírmala. Puedes dirigirte directamente a los puntos siguientes:

    • El registro electrónico de la administración u organismo a que se dirijan, así como al resto de registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
      • Las oficinas de asistencia en materia de registro o a cualquiera de los puntos de digitalización y registro de la Generalitat.
    • Las oficinas de correos, tal como se establezca reglamentariamente.
    • Las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. Consulta las direcciones.

    Documento de solicitud presencial

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puedes consultar el estado del trámite:

    Puedes consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
    • En el Área privada (con idCAT Móvil y/o certificado digital), si es usted un particular.
    • En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
    • En cualquier oficina de atención ciudadana (OAC), si eres un particular.
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta recibiré?Recibirá la carta de pago con la reducción del importe de la sanción correspondiente a través de una notificación electrónica. Si no tiene la obligación de relacionarse con la [...]

    ¿Qué respuesta recibiré?
    Recibirá la carta de pago con la reducción del importe de la sanción correspondiente a través de una notificación electrónica. Si no tiene la obligación de relacionarse con la Administración por internet, también la recibirá por correo postal.

    ¿Cuándo recibiré la resolución que pone fin al procedimiento?

    • Si solicita el 40% o el 20% de descuento por pago anticipado, recibirá la resolución una vez haya pagado el importe de la sanción.
    • Si solicitas solo el 20% de descuento por reconocimiento de la responsabilidad, la recibirá con la carta de pago adjunta.

    ¿Cuándo y dónde puedo pagar?
    En el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de la carta de pago, a través de:

    • El Área privada. Acceda al trámite correspondiente y despliegue el apartado Pago. Puede hacer el pago en línea, o descargar la carta de pago.
    • Desde la web de pagos de impuestos y recibos de CaixaBank. Introduzca los datos que constan a la carta de pago que ha recibido.
    • Presencialmente, en un cajero de CaixaBank.

    ¿Puedo presentar una alegación o recurso a la sanción?
    No. Solicitar una reducción comporta la renuncia a presentar alegaciones o recurso administrativo.

    Si no solicita una reducción del importe, puede presentar:

    • Alegaciones, antes de recibir la resolución de la sanción.
    • Recurso, después de recibir la resolución de la sanción.
Fecha de actualización 04.10.2023
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