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  • Otras informaciones

Pasos a realizar

  1. 1. solicitar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Recibir respuesta de la Administración
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Sanciones sobre circulación motorizada en el medio natural

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Normativa

  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  236  publicado el 02/10/2015)
  • LEY 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5686  publicado el 05/08/2010)
  • LEY 9/1995, de 27 de julio, de regulación del acceso motorizado al medio natural.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  2083  publicado el 02/08/1995)
  • DECRETO 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación en los ámbitos de competencia de la Generalitat.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  1827  publicado el 29/11/1993)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Si has recibido una notificación en relación con una sanción de circulación motorizada en el medio natural, estos trámites te permiten:

  • Solicitar la reducción (si has recibido una notificación de acuerdo de inicio o de propuesta de resolución)
  • Presentar alegaciones (si has recibido una notificación de acuerdo de inicio o de propuesta de resolución)
  • Presentar recurso (si has recibido una notificación de resolución)

Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.

Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tienen que relacionarse electrónicamente con la Administración.

Se puede utilizar el formulario específico que se puede encontrar en este trámite.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
  • Direcció General d'Ecosistemes Forestals i Gestió del Medi
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía
Empresas y profesionales
Entidades

A las personas, empresas o entidades que reciban una notificación por infracción (acuerdo de inicio, propuesta de resolución o resolución) de un procedimiento sancionador por circulación motorizada en el medio natural.

Plazos

10 días hábiles, a contar del día siguiente de la fecha de notificación del acuerdo de iniciación o la propuesta de resolución.

No son hábiles los sábados, domingos y festivos.

Documentación

Documentación que acredite la representación.

No hace falta que aportes esta documentación si eres el representante y estás inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).

Tasas

No se tienen que pagar tasas para este trámite.

Otras informaciones
  • Cada solicitud de reducción del importe corresponde a un único expediente sancionador.
  • Sólo se puede solicitar una reducción del importe de la sanción antes de recibir la resolución del procedimiento sancionador.
  • Se puede pedir una reducción del importe de la sanción:
    • De un 20% si se pide pagar anticipadamente.
    • De un 20% si se reconoce la responsabilidad de los hechos sancionados.
    • De un 40% si se pide pagar anticipadamente y, al mismo tiempo, se reconoce la responsabilidad de los hechos sancionados.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    solicitar

    Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.

    Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.

    Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos os tenéis que relacionar electrónicamente con la Administración.

    Cada solicitud de reducción del importe corresponde a un único expediente sancionador.

    Por presentar la solicitud te tienes que identificar con un certificado digital o el idCATMòbil.

    Por Internet

    Formulario de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud

    Presencialmente

    Si necesitas información o ayuda para tramitar, te recomendamos que pidas cita en las oficinas de atención ciudadana. En caso de que no dispongas del IdCATMòbil, te aconsejamos que lo obtengas antes del día de la cita. Puedes hacerlo a través del siguiente enlace.

    Para presentar la documentación imprime la solicitud, llénala y fírmala. Puedes dirigirte directamente a los puntos siguientes:

    • El registro electrónico de la administración u organismo a que se dirijan, así como al resto de registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
      • Las oficinas de asistencia en materia de registro o a cualquiera de los puntos de digitalización y registro de la Generalitat.
    • Las oficinas de correos, tal como se establezca reglamentariamente.
    • Las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. Consulta las direcciones.

    Documento de solicitud de reducción - presencial

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puedes consultar el estado del trámite:

    Puedes consultar el estado del trámite:

    • En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
    • En Área privada (con idCAT Móvil y/o certificado digital), si es usted particular.
    • En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
    • En cualquier oficina de atención ciudadana (OAC), si es usted un particular.
  3. 3

    Tercer paso

    Recibir respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta recibiré?Recibirás la carta de pago con la reducción del importe de la sanción correspondiente a través de una notificación electrónica. Si no tienes la obligación de relacionarte con [...]

    ¿Qué respuesta recibiré?
    Recibirás la carta de pago con la reducción del importe de la sanción correspondiente a través de una notificación electrónica. Si no tienes la obligación de relacionarte con la Administración por internet, también la recibirás por correo postal.

    ¿Cuándo recibiré la resolución que pone fin al procedimiento?

    • Si solicitas el 40% o el 20% de descuento por pago anticipado, recibirás la resolución una vez hayas pagado el importe de la sanción.
    • Si solicitas sólo el 20% de descuento por reconocimiento de la responsabilidad, la recibirás con la carta de pago adjunta.

    ¿Cuándo y dónde puedo pagar?
    En el plazo de 10 días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de la carta de pago, a través de:

    • El Área privada. Accede al trámite correspondiente y despliega el apartado Pago. Puedes hacer el pago en línea, o descargarte la carta de pago.
    • Desde la web de pagos de impuestos y recibos de CaixaBank. Introduce los datos que constan en la carta de pago que has recibido.
    • Presencialmente, en un cajero de CaixaBank.

    ¿Puedo presentar una alegación o recurso a la sanción?
    No. Solicitar una reducción comporta la renuncia a presentar alegaciones o recurso administrativo.

    Si no solicitas una reducción del importe, puedes presentar:

    • Alegaciones, antes de recibir la resolución de la sanción.
    • Recurso, después de recibir la resolución de la sanción.
Fecha de actualización 11.10.2023
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