¿Qué tienes que saber?
Si has recibido una notificación en relación con una sanción de circulación motorizada en el medio natural, estos trámites te permiten:
- Solicitar la reducción (si has recibido una notificación de acuerdo de inicio o de propuesta de resolución)
- Presentar alegaciones (si has recibido una notificación de acuerdo de inicio o de propuesta de resolución)
- Presentar recurso (si has recibido una notificación de resolución)
Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tienen que relacionarse electrónicamente con la Administración.
A las personas, empresas o entidades que reciban una notificación por infracción (acuerdo de inicio, propuesta de resolución o resolución) de un procedimiento sancionador por circulación motorizada en el medio natural.
10 días hábiles, a contar del día siguiente de la fecha de notificación del acuerdo de iniciación o la propuesta de resolución.
No son hábiles los sábados, domingos y festivos.
Documentación que acredite la representación.
No hace falta que aportes esta documentación si eres el representante y estás inscrito en el Registro electrónico de representación (Representa).
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar alegaciones
Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.
Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos os tenéis que relacionar electrónicamente con la Administración.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En el Área privada (con idCAT Móvil o/i certificado digital), si eres un particular.
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
- En cualquier oficina de atención ciudadana (OAC), si eres un particular.
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta recibiré?
¿Qué respuesta recibiré?
Si has presentado alegaciones al acuerdo de inicio:
- Recibirás una propuesta de resolución sancionadora, si no se han estimado tus alegaciones.
- Recibirás una resolución de archivo de las actuaciones, si se han estimado tus alegaciones.
Si has presentado alegaciones a la propuesta de resolución:
- Recibirás una resolución sancionadora, si no se han estimado tus alegaciones.
- Recibirás una resolución de archivo de las actuaciones, si se han estimado tus alegaciones.
¿Puedo presentar algún escrito?
Si no solicitas una reducción del importe, puedes presentar:
- Alegaciones, antes de recibir una resolución sancionadora.
- Recurso administrativo, después de recibir una resolución sancionadora.