¿Qué tienes que saber?
Si has recibido una notificación en relación con una sanción de circulación motorizada en el medio natural, estos trámites te permiten:
- Solicitar la reducción (si has recibido una notificación de acuerdo de inicio o de propuesta de resolución)
- Presentar alegaciones (si has recibido una notificación de acuerdo de inicio o de propuesta de resolución)
- Presentar recurso (si has recibido una notificación de resolución)
Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos tienen que relacionarse electrónicamente con la Administración.
A las personas, empresas o entidades que reciban una notificación por infracción (acuerdo de inicio, propuesta de resolución o resolución) de un procedimiento sancionador por circulación motorizada en el medio natural.
Un mes, a contar del día siguiente de la fecha de la notificación, para el recurso de alzada.
Un mes, a contar del día siguiente de la fecha de la notificación, para el recurso de reposición.
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar recurso
Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.
Este trámite sólo lo podéis hacer presencialmente si sois un particular.
Los autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos os tenéis que relacionar electrónicamente con la Administración.
Por presentar la documentación por internet, hay que identificarse con un certificado digital o CATMòbil.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En el Área privada (con idCAT Móvil o/i certificado digital), si eres un particular.
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
- En cualquier oficina de atención ciudadana (OAC), si eres un particular.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Qué respuesta recibiré?
¿Qué respuesta recibiré?
Si has presentado un recurso de alzada a la resolución sancionadora, recibirás una resolución del recurso de alzada.
Si has presentado un recurso de reposición a la resolución sancionadora, recibirás una resolución del recurso de reposición.