¿Qué tienes que saber?
El objetivo es fomentar el uso racional de los recursos por parte de las explotaciones agrarias para conseguir un mayor grado de sostenibilidad ambiental. La contribución de sistemas productivos como la producción integrada y otros equivalentes reduce la contaminación del suelo y el agua y aseguran, a largo plazo, una agricultura sostenible y la protección de los recursos naturales.
Plazo: del del 1 de febrero al 30 de abril del 2026.
Este trámite solo puede realizarse por internet.
Para acceder a la aplicación debe identificarse con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
Personas titulares de explotaciones agrarias.
Del 1 de febrero al 30 de abril de 2026.
Solicitar a 'actuación a subvencionar:
- Cultivos herbáceos.
- Cultivos leñosos.
- Cultivos hortícolas.
La persona solicitante deberá estar inscrita o haber solicitado la inscripción en el registro de operadores de producción integrada (CCPI) en el plazo especificado en la convocatoria de la ayuda y cumplir con las obligaciones que establece este registro.
Disponer de una superficie mínima donde se debe llevar a cabo la actuación de 1 hectárea para todos los cultivos excepto para los cultivos hortícolas que será de 0,5 hectáreas.
Hacer aportaciones de fertilizantes nitrogenados orgánicos, excepto el primer año en el que no se exigirá este requisito.
En el caso de subrogación de superficies, el cambio de titularidad debe solicitarse en el registro del CCPI o equivalente el plazo especificado en la convocatoria.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 01/02/2026 al 30/04/2026 -
2
Segundo paso
Consultar el expediente y aportar documentación
-
3
Tercer paso
Rebre resposta de l'Administració
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?La Administración tiene un plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para emitir [...]
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
La Administración tiene un plazo máximo de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para emitir la resolución y notificarla al interesado por escrito. Si no emite respuesta se entenderá que la solicitud ha sido desestimada.¿Se puede interponer un recurso?
Contra la resolución de la persona titular de la Dirección General de Desarrollo Rural, que no agota la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la notificación de la resolución, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro que se considere oportuno.
En caso de silencio administrativo el recurso de alzada ante la persona titular del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación se podrá interponer en el plazo de tres meses a contar a partir de la fecha en que se agote el plazo para resolver y notificar que establezca el apartado anterior.
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