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  • Sollicitud de intermediacinó en complimiento de los requisitos establecidos en la Ley 12/2023
23465 - 23465_Intermediacio_compliment_requisits_Llei_12_2023 Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
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Pasos a realizar

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  2. 2. Respuesta de la administración
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Sollicitud de intermediacinó en complimiento de los requisitos establecidos en la Ley 12/2023

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Normativa

  • Llei 12/2023, de 24 de maig, pel dret a l'habitatge.

    . Abrir en una nueva ventana.
  • Reial decret llei 11/2020, de 31 de març, pel qual s'adopten mesures urgents complementàries en l'àmbit social i econòmic per fer front al COVID-19

  • Llei 1/2020, de 7 de gener, d'Enjudiciament Civil

    . Abrir en una nueva ventana.
  • DECRET 98/2014, de 8 de juliol, sobre el procediment de mediació en les relacions de consum

    . Abrir en una nueva ventana.

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

De acuerdo con la Ley 12/2023, de 24 de mayo, para el derecho a la vivienda, se ha de solicitar la intermediación entre el propietario y los ocupantes de la vivienda previamente a la interposición de una demanda de recuperación de la vivienda o en el caso de subasta hipotecaria.

 

Este trámite está cerrado desde el 7/3/2025. Ya no se pueden presentar solicitudes.

En fecha 28 de febrero de 2025 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado núm. 51, la Sentencia del Tribunal Constitucional 26/2025, dictada hacia el recurso de inconstitucionalidad núm. 5514-2023, que deja sin efecto la obligación legal de llevar a cabo la intermediación, dado que estima parcialmente el recurso y declara la inconstitucionalidad y la nulidad de los apartados 6.c) y 7 del artículo 439 y de los apartados 1 y 2 del artículo 655 bis de la Ley (LEC), en la redacción dada por la disposición final quinta, apartados 2 y 6 de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, así como el inciso del artículo 685.2 de la LEC, en la redacción establecida por la disposición final quinta, apartado 8, 2 de la Ley.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Agència de l'Habitatge de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

Grandes tenedores de vivienda, tal y como se define en el artículo 3.k de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, para el derecho a la vivienda:

  • Persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m² de uso residencial, excluyendo en todo caso garajes y trasteros.
  • En la declaración de entornos de mercado residencial tensionado los titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en este ámbito, cuando así esté motivado por la comunidad autónoma en la memoria justificativa correspondiente.
Plazos

Este trámite está cerrado.

Documentación

Con la solicitud se tiene que aportar:

En el caso de solicitud previa a la interposición de una demanda de recuperación de una vivienda:

  • Documento acreditativo de la vulnerabilidad económica del ocupante de la vivienda.
Requisitos

Ser propietario de una vivienda en una de las situaciones siguientes, tal como establece la Ley 12/2023, de 24 de mayo:

  1. Previo a la subasta hipotecaria, tal y como establece el apartado 6 de la Disposición final quinta, de modificación de la Ley 1/2020, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  2. Solicitud de mediación obligatoria previa a la interposición de la demanda para la recuperación de una vivienda con condición de residencia habitual en los casos que establece el apartado 2 de la Disposición final quinta.

Ser un gran tenedor de una vivienda, tal y como lo define el artículo 3.k de la Ley 12/2023, de 22 de mayo, para el derecho a la vivienda, según lo siguiente:

  • Persona física o jurídica que sea titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 m² de uso residencial, excluyendo en todo caso los garajes y trasteros.
  • En la declaración de entornos de mercado residencial tensionado los titulares de cinco o más inmuebles urbanos de uso residencial ubicados en este ámbito, cuando así sea motivado por la comunidad autónoma en la memoria justificativa correspondiente.
Tasas

Este trámite es gratuito.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Hasta el 07/03/2025

    ATENCIÓN: Este trámite está cerrado 7/3/2025

    Por Internet

    Formulario de solicitud (TRÁMITE CERRADO)

    Iniciar . Acceder a Formulario de solicitud (TRÁMITE CERRADO)
  2. 2

    Segundo paso

    Respuesta de la administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la administración?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la administración?

    La fecha de la solicitud inicia el plazo de dos meses de los que dispone la administración para comunicar al solicitante el inicio del procedimiento de intermediación una vez obtenida la aceptación por el ocupante de la vivienda habitual.

Fecha de actualización 25.05.2023
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