¿Qué tienes que saber?
Estas ayudas se dirigen a las personas productoras de los sectores bovino, equino, conejo, ovino y ganado cabrío de carne en extensivo y semiextensivo, y del vacuno, ovino y ganado cabrío de leche y el apícola, para compensar el incremento de los costes de producción, concretamente aquellos vinculados a la alimentación animal, derivado del conflicto bélico de Ucrania y agravado por la falta de lluvias actual.
El plazo de presentación de solicitudes es del 14 al 20 de noviembre de 2023, ambos incluidos.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A los productores y las productoras de vacuno, equino, conejo, apícola, ovino y ganado cabrío que:
- Sean titulares de explotaciones de ganado bovino, equino, conejo, ovino, cabrío y apícola dadas de alta a 30 de abril de 2023 con un censo mayor de cero en el Registro general de explotaciones ganaderas con el tipo Producción y Reproducción o tipo Pasto y en el primer caso (Producción y Reproducción), con:
- Una clasificación zootécnica de “reproducción para la producción de carne”, “reproducción para la producción mixta” o “reposición”, clasificadas como extensivas, en caso de vacuno de carne.
- Una clasificación zootécnica de “reproducción para la producción de leche”, “reproducción para la producción mixta” o “Reposición”, en caso de vacuno de leche.
- Una clasificación zootécnica de “reproducción para la producción de carne”, “reproducción para la producción de leche”,“reproducción mixta” en el caso de ovino o ganado cabrío.
- Una clasificación zootécnica de “reproducción para la producción de carne” o “reproducción mixta” en el caso de équidos.
- Una clasificación zootécnica de “producción de gazapos para carne” en el caso de conejos.
- Una clasificación zootécnica de “producción de productos apícolas” en el caso de abejas.
- Su explotación se haya visto afectada económicamente por las consecuencias derivadas de la invasión a Ucrania, por las sanciones impuestas a la comunidad internacional contra Rusia o por|para las contramedidas adoptadas por Rusia. En estos casos, el beneficiario presentará una declaración responsable en relación con los aspectos expuestos.
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:
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Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del siguiente a la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento o de la resolución de concesión provisional.
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Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
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Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el día siguiente de la notificación de la resolución de concesión provisional.
Que se haya hecho correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
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Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, si procede, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las personas solicitantes tienen que enviar la documentación utilizando el formulario de aportación de documentación, en el cual hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
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Por otra parte, las personas solicitantes podrán presentar la documentación que consideren oportuna a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el cual hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Hay que tener un expediente de solicitud de subvención en trámite.
No hay que pagar tasas para este trámite.
Sobre el formulario:
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Hay que indicar obligatoriamente el número de expediente.
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Se tiene que firmar electrónicamente el envío para poder enviarlo.
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La medida máxima del fichero de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
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Los documentos que se pueden enviar mediante este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, desistir
Este trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
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En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
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En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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