¿Qué tienes que saber?
Estas ayudas se dirigen a fomentar la gastronomía catalana dando apoyo a las empresas y entidades del sector de la restauración, que se dedican a la formación e investigación en este sector y a su promoción para mejorar la identidad alimentaria de Cataluña.
El plazo de presentación de solicitudes y justificación es desde el 19 de febrero hasta el 5 de marzo de 2026, excepto para la línea 7, que, por las actuaciones realizadas en el mes de diciembre, el periodo finaliza el 28 de febrero de 2026.
Este trámite solo se puede realizar por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A personas físicas y jurídicas que se dedican al fomento y la promoción de la gastronomía en Cataluña.
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:
- Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento o de la resolución de concesión provisional.
- Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
- Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el día siguiente de la notificación de la resolución de concesión provisional.
Que se haya hecho correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, si procede, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las personas solicitantes tienen que enviar la documentación pedida utilizando el formulario de aportación de documentación, en el cual hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Por otra parte, las personas solicitantes podrán presentar la documentación que consideren oportuna a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el cual hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Hay que tener un expediente de solicitud de subvención en trámite.
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Sobre el formulario:
- Hay que indicar obligatoriamente el número de expediente.
- Se tiene que firmar electrónicamente el envío para poder enviarlo.
- La medida máxima del fichero de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
- Los documentos que se pueden enviar mediante este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, desistir
Para presentar la solicitud de aportación tenéis que tener los documentos adjuntos preparados y guardados a vuestra unidad. Una vez estén llenados, acceded a este enlace para descargar el formulario [...]
Plazos
Hasta el 31/12/2026Para presentar la solicitud de aportación tenéis que tener los documentos adjuntos preparados y guardados a vuestra unidad. Una vez estén llenados, acceded a este enlace para descargar el formulario de presentación y anexadlos antes del envío.
El período es desde la publicación en el DOGC hasta el 31 de diciembre de 2026.
Este trámite sólo se puede hacer por internet. Hace falta que os identifiquéis cuando enviáis el formulario con el idCATMòbil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
En Canal Empresa (con idCAT Móvil o/i certificado digital) En|A el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF) En|A el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el [...]
En Canal Empresa (con idCAT Móvil o/i certificado digital)
En|A el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
En|A el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF). -
3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración variará en función de la documentación [...]
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración variará en función de la documentación de que se trate, y se podrá incluir dentro de la resolución de la solicitud de ayuda.