¿Qué tienes que saber?
Convocatoria de plazas de oferta pública 2022 y tasa de reposición, mediante el sistema selectivo de concurso oposición, en relación a las categorías profesionales recogidas en el I Convenio del personal laboral de Turismo Juvenil de Cataluña S.A.
En fecha 9 de enero de 2024 se ha publicado en el DOGC una modificación de la Resolución de la convocatoria que:
- Suprime el anexo 2 (Bases específicas en relación con la categoría laboral 1A Director/a de área.)
- Enmienda errores de la base 1 del Anexo 3, de la base 1 del Anexo 12 y del Anexo 13 (apartado 5B y apartado 2C).
- Modifica el Anexo 13, apartado B (temarios específicos de algunos puestos de trabajo).
- Amplía el plazo de presentación de las solicitudes de participación en la convocatoria hasta el 6 de febrero de 2024.
Organismo responsable
A las personas que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
El plazo para la presentación de los formularios de solicitudes es desde el día 2 de enero de 2024 hasta el día 6 de febrero de 2024.
La documentación a presentar es:
- Declaraciones responsables (incluidas en el formulario de solicitud).
- Titulación que se alega como requisito de participación en el proceso de selección.
- Certificado de nivel de lengua catalana.
- Certificado de nivel de lengua castellana (aspirantes que carezcan de la nacionalidad española).
- Documento de reconocimiento del grado de discapacidad/Dictamen de capacidad para desempeñar las funciones del puesto y adaptaciones.
- Justificante de la situación que da derecho a la exención o bonificación de la tasa.
- Documentación acreditativa del cumplimiento del requisito de nacionalidad (sólo para aspirantes que carezcan de la nacionalidad española).
- Acreditación de méritos: certificado servicios prestados en la administración de la Generalitat o de su sector público (no necesario por el personal que preste o haya prestado servicios en la ACJ).
Las personas interesadas deben cumplir los siguientes requisitos:
Nacionalidad:
- Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes.
Igualmente, pueden participar las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Además de los extranjeros a que se refieren los párrafos anteriores, también pueden participar los extranjeros con residencia legal en España.
Edad:
- Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Titulación:
- Estar en posesión, o en condiciones de obtener, alguno de los títulos académicos oficiales que, en cada caso, se indican en el artículo 12 del I Convenio del personal laboral de Turisme Juvenil de Catalunya, SA para cada uno de los grupos de clasificación profesional, sin perjuicio de que si una persona aspirante con vinculación temporal permanece en activo en virtud de otra titulación académica exigida en el momento de inicio de su vinculación temporal, ésta le será tenida en cuenta a título individual.
A tal efecto, de conformidad con el artículo 12 referido, el acceso a las categorías profesionales laborales requiere, en función de su grupo de clasificación, el siguiente nivel de titulación:
- Categorías profesionales del grupo 1: título universitario de grado superior y/o probada capacidad de 36 meses.
- Categorías profesionales del grupo 2: título universitario de grado superior, diplomatura universitaria, formación específica y probada capacidad de 12 meses.
- Categorías profesionales del grupo 3: Ciclo formativo de grado medio y/o probada capacidad de un mínimo de 12 meses.
- Categorías profesionales del grupo 4: Formación media y/o probada capacidad de un mínimo de 9 meses.
- Categorías profesionales del grupo 5: Probada capacidad de un mínimo de 9 meses.
Si se trata de un título obtenido en el extranjero, deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
Capacidad funcional:
- Poseer la capacidad funcional para desempeñar las funciones de la categoría profesional laboral respecto de la que se solicita la participación.
No haber sido apartado del servicio por expediente disciplinario o judicialmente inhabilitado.
No haber sido apartado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni estar en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que ejercían en el caso del personal laboral, del que haya sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no debe estar inhabilitado o en situación equivalente ni debe haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, acceder al empleo público.
Conocimientos de lengua catalana:
- Poseer los conocimientos de lengua catalana del nivel que, para cada categoría profesional laboral indicados en la Resolución.
Conocimientos de lengua castellana:
- En relación con las personas aspirantes que carezcan de la nacionalidad española, poseer los conocimientos de lengua castellana del nivel que, para cada categoría profesional laboral indicados en la Resolución.
Condición de personal laboral fijo:
- No tener la condición de personal laboral fijo de la categoría profesional laboral de la Administración de la Generalidad de Cataluña respecto de la cual se solicita la participación, ni de una categoría profesional laboral de otra administración pública con funciones asimiladas a las de la categoría profesional laboral respecto de la que se solicita participar.
En caso de que, en virtud de la superación de otro proceso de selección vigente, una persona aspirante adquiera la condición de personal laboral fijo en los términos del párrafo anterior, quedará excluida del proceso de selección correspondiente y restarán sin efectos los derechos asociados a su participación.
Tasa de participación:
- Las personas interesadas en participar de los procesos deben realizar el pago de la tasa de participación correspondiente.
Todos los requisitos indicados, deben cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y deben seguir cumpliendo hasta la fecha de inicio de la relación como personal laboral fijo.
El incumplimiento de cualquiera de los requisitos indicados anteriormente comporta la exclusión de la persona aspirante respecto del proceso de selección en el que haya solicitado la participación y restarán sin efectos los derechos asociados a su participación.
Los importes de la tasa que deben satisfacer las personas que participen en este proceso de selección son:
Categorías profesionales del grupo 1:
- Tasa general: 56,00 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría general: 35,00 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría especial: 21,00 euros.
Categorías profesionales del grupo 2:
- Tasa general: 44,05 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría general: 27,55 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría especial: 16,55 euros.
Categorías profesionales del grupo 3:
- Tasa general: 32,15 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría general: 20,10 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría especial: 12,05 euros.
Categorías profesionales del grupo 4:
- Tasa general: 24,15 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría general: 15,10 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría especial: 9,05 euros.
Categorías profesionales del grupo 5:
- Tasa general: 20,15 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría general: 12,60 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o familia numerosa de categoría especial: 7,55 euros.
En todo caso, están exentas de esta tasa, con la justificación documental de su situación, las personas en situación de desempleo que no perciban prestación económica alguna, las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 02/01/2024 al 06/02/2024 -
2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
La respuesta de la Administración se efectúa a través de las publicaciones oficiales en el Tablón electrónico de la Sede electrónica de la Generalidad de Cataluña o en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña, según corresponda.
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3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Se puede consultar el estado del trámite:
Se puede consultar el estado del trámite:
- En el Área privada (con el idCAT Móvil o/y el certificado digital).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Llamando al 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).