¿Qué tienes que saber?
El Plan especial de actuación en situación de alerta y eventual sequía (PES) establece que los titulares de los aprovechamientos de agua para usos que no sean para abastecimiento de población deben reducir sus consumos respecto a la situación de normalidad en los porcentajes establecidos en la Tabla 5-1 del PES. No obstante, el mismo PES contempla la posibilidad de relajar los porcentajes de reducción anteriores mediante la presentación y aprobación de un Plan de Ahorrro de agua (PEA)
La presentación de este Plan de ahorro es para usos agrícolas y ganaderos. Todos aquellos usuarios que sólo tengan suministro de la red de abastecimiento municipal no pueden presentar este Plan de Ahorro al ACA y se tienen que dirigir al Ayuntamiento. La presentación de un Plan de ahorro no es obligatoria pero se puede realizar, entre otros, con la finalidad siguiente:
- En el caso del riego agrícola, en situación de Emergencia, garantizar la supervivencia de cultivos leñosos o permanentes, incluso en riegos poco eficientes (por gravedad o a tensa). Además, se tendrá en consideración el tipo de sistema de riego y los méritos existentes a la actividad, para fijar un porcentaje de reducción final y unos consumos máximos mensuales, a partir de los valores recogidos en la tabla siguiente, disminuyendo de forma notable los porcentajes que figuran al PES:
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Estado de sequía |
Riego por GRAVEDAD |
Riego por ASPERSIÓN |
Riego LOCALIZADO |
|||
|
Básico |
Con todos los méritos de gestión |
Básico |
Con todos los méritos de gestión |
Básico |
Con todos los méritos de gestión |
|
|
Alerta |
25% |
15% |
15% |
5% |
5% |
5% |
|
Excepcionalidad |
40% |
30% |
25% |
15% |
10% |
5% |
|
Emergencia |
80% |
65% |
40% |
25% |
15% |
5% |
- En el caso de los usos ganaderos, garantizar la supervivencia de los animales presentes en la explotación en el momento de la declaración del estado de excepcionalidad, teniendo presente el tipo de explotación y de ganado y el momento concreto de la cría. A tal efecto, se ha considerado una reducción del 0% en alerta con una serie de referencia establecida con dotaciones normales (no de supervivencia) consensuadas con Ganadería, las cuales tienen en cuenta unas mayores necesidades en verano y también un 10% adicional en concepto de limpiezas. En excepcionalidad y emergencia se ha aplicado una reducción en función del tipo de explotación y ganado y de los méritos existentes, tal como se resume en la tabla siguiente:
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Escenario |
REDUCCIONES |
|||||
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PES |
HEMBRAS |
PORCINO |
PORCINO con todos los méritos |
RESTO DE GANADO |
RESTO DE GANADO con todos los méritos |
|
|
Alerta |
10% |
0,0% |
0,0% |
0,0% |
0,0% |
0,0% |
|
Excepcionalidad |
30% |
0,0% |
5,0% |
0,0% |
5,0% |
0,0% |
|
Emergencia |
50% |
0,0% |
11,0% |
11,0% |
28,6% |
14,6% |
Pueden presentar un PEA las personas usuarias de agua que sean titulares de aprovechamientos de agua para usos diferentes del consumo humano (abastecimiento).
Se puede presentar el Pla de ahorro en cualquier momento.
-
Hola de cálculo con los datos generales y de volumenes
Hoja de cálculo de ahorro para riego agrícola
Hoja de cálculo de ahorro para uso ganadero
Requisitos informativos
-
Interesados o representantes con acreditación
Més informació al Portal de la sequera
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Presentar el Plan
¡MUY IMPORTANTE!
Para efectuar este trámite se ha habilitado un formulario específico de uso obligatorio.
Para cualquier duda puedes consultar el portal de soporte a la tramitación.
El formulario no se tiene que firmar, pero tenéis que identificaros cuando lo enviéis. Los métodos son:
- idCATMòbil (sólo para personas físicas)
- Certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada
-
2
Segundo paso
Respuesta de la administración
¿Qué respuesta se recibe?
¿Qué respuesta se recibe?
Un documento informativo que indica que se ha recibido el Plan de ahorro de agua
¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirás un correo electrónico de aviso de respuesta de la administración, con el que podrás acceder al Área pricada. La respuesta será un documento informativo.
¿Cuándo se recibe la respuesta de la administración?
La respuesta se recibirá en pocas horas
¿Se puede presentar un recurso?
No. El PEA es una herramienta que la ACA habilita para beneficiar a los usuarios quienes hayan implementado medidas de ahorro durante los últimos años, pero no se trata en ningún caso de un derecho predeterminado.
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3
Tercer paso
Acceder al Área privada
Podéis consultar el trámite:
Podéis consultar el trámite:
-En Canal Empresa (con idCAT Móvil o/y certificado digital) si sois autónomos, profesionales, empresas, entidades y otros colectivos con actividad económica.
-En Tràmits Gencat (con idCAT Móvil o/y certificado digital), si sois un particular.
-En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)