¿Qué tienes que saber?
Ayudas destinadas a potenciar la prevención, actuación inmediata y apoyo a la extinción de los incendios forestales, mediante la renovación y adquisición de la maquinaría y vehículos de las ADF.
El termini de solicitud es del 9 al 30 de mayo de 2024.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A las agrupaciones de defensa forestal.
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:
- Aportar la documentación requerida: 10 días hábiles a partir del siguiente a la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento o de la resolución de concesión provisional.
- Aportar la documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
- Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el día siguiente de la notificación de la resolución de concesión provisional.
Que se haya enviado correctamente la documentación no presupone que se haya hecho en el plazo adecuado.
- Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, si procede, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las personas solicitantes tienen que enviar la documentación pedida utilizando el formulario de aportación de documentación, en el cual hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
- Por otra parte, las personas solicitantes podrán presentar la documentación que consideren oportuno a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el cual hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite.
No hay que pagar tasas para este trámite.
- Hay que indicar obligatoriamente el número de expediente.
- Se tiene que firmar electrónicamente el envío para poder enviarlo.
- La medida máxima del fichero de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
- Los documentos que se pueden enviar mediante este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar documentación
Plazos
Hasta el 31/12/2026 -
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En Área privada (con idCATMóvil y/o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF.
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración? El plazo para dictar y notificar la resolución por escrito a la persona solicitando es de 4 meses desde la fecha de presentación de la solicitud. [...]
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
El plazo para dictar y notificar la resolución por escrito a la persona solicitando es de 4 meses desde la fecha de presentación de la solicitud. Transcurrido este plazo sin una resolución expresa, los solicitantes pueden entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.¿Qué respuesta se recibe?
La concesión de subvenciones se hace por resolución de la directora general de Bosques y Gestión del Medio.¿Se puede presentar un recurso?
La resolución no se agota por la vía administrativa. Las personas interesadas pueden interponer en el plazo de un mes, a contar del día siguiente de la notificación de la resolución, recurso de alzada ante el consejero o consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.En caso de silencio administrativo el recurso de alzada ante el consejero o la consejera, se podrá interponer en el plazo de tres meses a contar a partir de la fecha en que se agote el plazo para resolver y notificar tal como establece el apartado anterior.