¿Qué tienes que saber?
Es el procedimiento que permite obtener la autorización para instalar máquinas recreativas y de azar (de tipo B o recreativas con premio), así como para hacer otras gestiones relacionadas con el procedimiento que preve la normativa vigente.
Estas máquinas se pueden instalar:
- En los establecimientos de hostelería, de restauración o a otros establecimientos con características similares.
- En los locales que se dedican a las actividades siguientes: bar musical; restaurante musical; discoteca; sala de baile; sala de fiestas con espectáculo; café teatro y café concierto; establecimientos de régimen especial, y establecimientos públicos con reservados anexos.
Este trámite se tiene que hacer previamente a la solicitud de autorización de emplazamiento de las máquinas.
Este trámite solo lo podéis hacer por internet. No tendremos en cuenta la documentación que nos habéis enviado por otros canales ni computaremos la fecha como fecha de presentación.
Para presentar la solicitud, te tienes que identificar mediante idCat Mòbil o un certificado digital.
Organismo responsable
A los titulares de los establecimientos que quieran instalar máquinas recreativas en sus locales.
Este trámite lo puedes solicitar en cualquier momento.
Junto con la solicitud de autorización (disponible al Paso 1, apartado Por internet), que incluye las declaraciones responsables, hay que adjuntar la documentación acreditativa correspondiente.
Si en el formulario de solicitud no te opones a la consulta, se consultarán los datos del DNI/NIE, del Registro Mercantil, de la Propiedad, del Catastro, de Cooperativas y del Registro General de Derecho y de Entidades Jurídicas.
Para solicitar la autorización
1. Documento de designación de interlocutor único entre los cotitulares (personas físicas) o administradores mancomunados (personas jurídicas) para presentar la solicitud de autorización. (Obligatorio, en el caso de cotitulares o sociedades con representación mancomunada).
2. Documento de constitución y modificaciones posteriores, si hay, en el caso de cooperativas, entidades jurídicas inscritas en el Registro General de Derecho y de Entidades Jurídicas, y sociedades mercantiles. (Obligatorio, si te has opuesto a la consulta de los datos).
Documento de constitución donde conste el NIF y las modificaciones posteriores, si hay, en el caso de personas jurídicas de carácter civil. (Obligatorio)
3. Documento que acredite la disponibilidad del local (Obligatorio). Este documento no es obligatorio si el local es de propiedad y no te has opuesto a la consulta.
4. Planos del local suscritos por una persona facultativa competente, donde conste el lugar; la situación y superficie útil del local (se entiende como superficie útil la destinada y accesible al público) (se excluyen vestíbulos, lavabos u otras dependencias internas); y la ubicación de las máquinas. (Obligatorio)
5. Documentos que acreditan que se ha solicitado la licencia municipal o que se ha presentado la comunicación previa correspondiente, de acuerdo con lo que dispone la normativa aplicable. (Obligatorio)
Para solicitar un canvio de titularidad
- En el caso de solicitud de autorización de instalación por cambio de titularidad, la documentación que se tiene que presentar es la misma que se pide por una autorización de instalación nueva.
- En el formulario de la solicitud, rellena el campo relativo al número de autorización de instalación del establecimiento, si lo sabes.
Para modificar el número de máquinas autorizadas
- En caso de que el titular de una autorización de instalación pida un cambio del número de máquinas autorizadas, únicamente hay que adjuntar los planos del local suscritos por una persona facultativa competente, donde conste el lugar; la situación y superficie útil del local (se entiende como superficie útil la destinada y accesible al público) (se excluyen vestíbulos, lavabos u otras dependencias internas); y la ubicación de las máquinas.
- En el formulario de la solicitud, rellena el campo relativo al número de autorización de instalación del establecimiento, si lo sabes.
La persona solicitante tiene que ser titular de un establecimiento que se ajuste a alguna de las tipologías siguientes:
- Que se dedique a la hostelería, la restauración o que tenga características similares.
- Que se dedique a la actividad de bar musical, bar restaurante, discoteca, sala de baile, sala de fiestas con espectáculo, café teatro o café concierto, establecimiento de régimen especial o establecimiento público con reservados anexos.
64.05
Información Complementaria- El importe de esta tasa es fijo.
Plazo de pago
- Una vez hayas enviado la solicitud y recibas el recibo de registro debes abonar la tasa en el plazo máximo de 48 horas.
- Consulta en el Paso 2 como hacer el pago.
Número de máquinas que se pueden instalar
Según el tipo de establecimiento, el número máximo de máquinas que se pueden instalar es el siguiente:
- Dos máquinas tipos B en que pueda intervenir una sola persona jugadora, indistintamente, o bien una de tipo B en que puedan intervenir como máximo dos personas jugadoras, en los establecimientos de hostelería, de restauración y otros de características similares y también en establecimientos dedicados a las actividades de bar musical, restaurante musical, discoteca, sala de baile, sala de fiestas con espectáculo, café teatro y café concierto, establecimientos de régimen especial y establecimientos públicos con reservados anexos.
- En este mismo tipo de establecimiento, si la superficie útil (se entiende como superficie útil la destinada y accesible al público) es superior a los 50 metros cuadrados, se pueden instalar hasta tres máquinas tipo B en que pueda intervenir una sola persona jugadora, indistintamente, o bien una de B en que pueda intervenir una sola persona jugadora y otra de tipo B en la cual puedan intervenir como máximo dos personas jugadoras.
Régimen de las autorizaciones de instalación
Las autorizaciones para la instalación de máquinas tienen validez mientras tenga la licencia municipal de apertura del establecimiento.
Pueden ser revocadas por pérdida de alguno de los requisitos exigidos para otorgarlas.
La falta de actividad en el local durante más de un año comporta el inicio de un expediente de cancelación de la autorización de instalación.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Solicitar la autorización
Para presentar la solicitud, te tienes que identificar mediante el idCATMòbil o un certificado digital.
-
2
Segundo paso
Hacer el pago
Una vez hayas enviado la solicitud tienes que pagar la tasa en el plazo máximo de 48 horas. Si no pagas en este plazo, se entiende que desistes de tu solicitud.
Una vez hayas enviado la solicitud tienes que pagar la tasa en el plazo máximo de 48 horas. Si no pagas en este plazo, se entiende que desistes de tu solicitud.
¿Cómo puedes pagar la tasa?
1) Puedes pagar en el momento de enviar el formulario:
- Con tarjeta bancaria de cualquier entidad.
- Con bizum.
- Con carta de pago: se incluye en el recibo de registro. Tienes que imprimirla y pagar la tasa:
- · a través de los cajeros automáticos de CaixaBank, o,
- · a través de la web de CaixaBank, en el apartado de pago de impuestos y matrículas.
2) O pagar más tarde:
- Des de el Àrea privada, si tienes identificación digital.
- Des de el Estado de mis gestiones, si no tienes identificación fiscal.
-
3
Tercer paso
Consultar el estado del trámite
Consulta el estado del trámite en:
Consulta el estado del trámite en:
- Canal Empresa (con idCAT Mòbil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el código ID del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el código ID del trámite y el DNI/NIF).
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4
Cuarto paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de autorización es de tres meses desde que se recibe la solicitud. Si transcurre este plazo y no se ha dictado [...]
¿Cuándo recibiré la respuesta?
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución de autorización es de tres meses desde que se recibe la solicitud. Si transcurre este plazo y no se ha dictado una resolución expresa, se entiende que la solicitud ha sido admitida; es decir, el silencio tiene carácter positivo.¿Qué respuesta recibiré?
Los órganos competentes para resolver las autorizaciones para la instalación de máquinas recreativas son los servicios territoriales del Juego y de Espectáculos. El expediente se tramitará en función del lugar donde esté ubicado el establecimiento (Barcelona, Cataluña Central, Gerona, Lérida, Tarragona y Tierras del Ebro).
Recibirás un mensaje por SMS o por correo electrónico que te avisará de que tienes una notificación electrónica.¿Se puede presentar un recurso?
Sí, contra la resolución puedes interponer un recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Tributos y Juego del Departamento de Economía y Finanzas, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la recepción de la notificación de la resolución.
Trámites relacionados