¿Qué tienes que saber?
El objeto de las ayudas es el fomento de la transformación del sistema agroalimentario catalán, alineado con los objetivos del Plan estratégico de la alimentación de Cataluña (PEAC).
Las ayudas que establece el Orden se articulan en diez líneas.
Línea 10. Innotrack para la innovación en el ámbito de la digitalización, la sostenibilidad y la competitividad de la empresa, para la preparación de propuestas para la participación proyectas europeos y para la innovación en el ámbito de la gestión y uso eficiente del agua en la industria agroalimentaria y forestal y para la innovación en el ámbito de la prevención de las pérdidas y el despilfarro alimentario
Sublínea 10.3. Innotrack para la preparación de propuestas para la participación en proyectos europeos
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
Pueden ser beneficiarios de esta ayuda:
- Productores agrarios y forestales y sus agrupaciones o asociaciones.
- Empresas o industrias del sector agroalimentario y forestal y sus agrupaciones o asociaciones.
- Cooperativas agrarias y forestales y sus asociaciones o federaciones.
- Artesanos alimentarios y sus gremios.
- Grupos de acción local para el desarrollo local (GAL) de Leader.
- Los clusters relacionados con el sector agroalimentario y forestal.
El plazo de presentación de solicitudes de la ayuda es desde el 14 de diciembre de 2024 hasta el 27 de enero de 2025, ambos inclusive.
Adjunto a la solicitud se tienen que presentar los documentos que aparecen en el punto 6 anexo 1 de las bases reguladoras, con especial mención a:
- En el caso de las pymes, la declaración responsable relativa a la condición de pyme (modelo A1197-AN33).
- Memoria detallada de las actuaciones de la línea de subvenciones correspondiendo, incluyendo las fechas de inicio y finalización previstas y el lugar|sitio de realización de las actuaciones (modelo A1197-AN27).
- Presupuesto completo, detallado y relacionado con la memoria de las actuaciones en el cual figuren todos los gastos y los ingresos previstos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación, de la línea de subvención correspondiente. En caso de que la actividad subvencionada consista en diferentes actuaciones, el presupuesto se desglosará por actuaciones. Se tiene que utilizar el modelo homologado de la ayuda (modelo A1197-AN30).
- Documento de los criterios de priorización (modelo A1197-DO1).
- Los documentos específicos de cada línea que aparezcan al punto 3 de los anexos correspondientes.
Puede consultar el punto 3 del anexo 1 y el punto 10.3.3 del anexo 11 de las bases reguladoras, entre otros encontrará los siguientes requisitos:
Se subvenciona la contratación de un servicio de asesoramiento externo para la preparación de propuestas para participar en convocatorias de ayudas europeas en proyectos colaborativos de I+D+i, con enfoque multiactor, en las que se actuará como coordinador o como socio del proyecto. Estos servicios deben ser prestados por uno de los siguientes actores:
- universidades
- centros de investigación
- centros tecnológicos
- entidades vinculadas a universidades, centros de investigación o centros tecnológicos. Estas entidades vinculadas deben tener por objeto la investigación, la transferencia del conocimiento o el asesoramiento. A efectos de esta Orden, se consideran entidades vinculadas aquellas que estén participadas por una universidad, centro de investigación o centro tecnológico.
- centros de la red TECNIO de Catalunya
- personas asesoras acreditadas por ACCIÓ
- El servicio incluirá:
- Los datos de la convocatoria a la que se presentará la propuesta, y tópico en su caso,
- El rol que la entidad beneficiaría tendrá en el proyecto europeo.
- Descripción del proyecto a presentar, que incluya el importe de ayuda que se prevé solicitar a la convocatoria europea, objetivos del proyecto y Objetivos de Desarrollo Sostenible a los que da respuesta, plan de trabajo y resultados esperados.</ le>
- Socios potenciales del consorcio.
- Las entidades beneficiarias de estas ayudas deben cumplir la condición de PYME.
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No hay que pagar tasas para este trámite.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 14/12/2024 al 27/01/2025Este trámite solo puede hacerse por internet. Debes identificarte cuando envíes el formularoi con el idCATMóvil o un certificadi digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes consultar el estado del trámite:
Puedes consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Rebre resposta de l'Administració
¿Cómo se recibe la respuesta?Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.
¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
El plazo máximo para emitir la resolución y publicarla en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña es de seis meses a contar desde la fecha en que finaliza el plazo de presentación de solicitudes. En caso de no recibir respuesta en un período de seis meses, se considerará desestimada por silencio administrativo.¿Qué respuesta se recibe?
En caso de haber sido inadmitido, recibirás una notificación con la resolución de inadmisión, y en caso de haber sido seleccionado como beneficiario de la ayuda, recibirás una notificación con la resolución de concesión.¿Se puede presentar un recurso?
Puede interponerse recurso en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a la notificación de la resolución.
En caso de silencio administrativo, puedes presentar un recurso de alzada.