¿Qué tienes que saber?
Estas ayudas tienen carácter de subvención directamente aplicable a los gastos ocasionados por las inversiones a bordo de embarcaciones pesqueras con puerto base en Cataluña, la pesca, la acuicultura, la transformación y la comercialización de los productos de la pesca y de la acuicultura, realizadas en el territorio de Cataluña.
Plazo de presentación de solicitudes: del 4 de diciembre de 2024 al 3 de febrero de 2025, ambos incluidos.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
- Operadores del sector pesquero que poseéis o explotáis una empresa dedicada a una actividad vinculada a la producción, transformación, comercialización, distribución y venta de productos de la pesca y la acuicultura.
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:
- Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento o de la resolución.
- Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
- Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el día siguiente de la notificación de la resolución.
Que se haya enviado correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
- Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, si procede, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las entidades tienen que enviar la documentación pedida utilizando el formulario de aportación de documentación, en el cual hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
- Por otra parte, las entidades podrán presentar la documentación que consideren oportuno a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el cual hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Documentos
Hay que tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite.
No se tienen que pagar tasas para este trámite.
Sobre el formulario:
- Hay que indicar obligatoriamente el número de expediente.
- Se tiene que firmar electrónicamente para poder enviarlo.
- La medida máxima del fichero de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
- Los documentos que se pueden enviar mediante este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, desistir
Plazos
Del 04/12/2024 al 31/03/2027