¿Qué tienes que saber?
El objetivo de las ayudas es aportar liquidez para paliar los daños producidos en explotaciones agrarias que cuenten con cultivos hortícolas y/o cultivos de cítricos afectados por las lluvias torrenciales derivadas de la DANA.
Plazo para presentar la ayuda: 10 días naturales. Del 1 de mayo al 12 de mayo, ambos inclusive.
Este trámite sólo se puede realizar por internet, a través de su trámite específico. La documentación que aporte por otro canal se tendrá por no presentada.
Para acceder a la aplicación es necesario que se identifique con un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
Sólo puede haber una solicitud por NIF de persona beneficiaria.
Empresas y profesionales
A las personas titulares de explotaciones agrarias con cultivos hortícolas y de cítricos afectados por la DANA de noviembre de 2024 en los municipios de Gavà y Viladecans y en las comarcas del Baix Ebre y Montsià (excepto Ulldecona), que cumplan los requisitos:
- Sean titulares, a fecha 1 de enero de 2024, de una explotación que conste en el SIDEAC (Sistema Integrado de Datos de las Explotaciones Agrarias de Cataluña).
- Hayan presentado la declaración única agraria de 2024 (DUN 2024) antes del período de su finalización, de acuerdo con la Orden ACC/29/2024, de 16 de febrero, o que hayan presentado la declaración única a otras comunidades autónomas, declarando alguno de los productos comprendidos en los grupos de cultivo2 .
Se puede aportar documentación en cualquier momento.
Por otra parte, los plazos para aportar otra documentación, presentar alegaciones, presentar recurso, desistir o renunciar a la solicitud son diferentes según la acción:
- Aportar documentación requerida: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la recepción de la notificación electrónica de requerimiento.
- Aportar documentación no requerida, desistir o renunciar: en cualquier momento del procedimiento.
- Presentar alegaciones en la Sede electrónica: 10 días hábiles desde el día siguiente de la notificación de la resolución.
- Presentar un recurso: el plazo dependerá del tipo de recurso.
Que se haya realizado correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
Revisadas las solicitudes, se enviarán, en su caso, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica.
Es necesario tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite.
No deben pagarse tasas para este trámite.
Sobre el formulario:
Es necesario indicar obligatoriamente el número de expediente de la solicitud.
Se debe firmar electrónicamente en el momento de enviarlo.
El tamaño máximo del fichero de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, recorrer, desistir, renunciar
Este trámite sólo se puede realizar por internet. Es necesario que se identifique cuando envíe el formulario con el idCAT Móvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
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2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- A Área privada (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y [...]
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y variará en función de la documentación de que se trate; se podrá incluir en la resolución de la solicitud de ayuda.