¿Qué tienes que saber?
Estas ayudas tienen como objetivo impulsar el crecimiento y la consolidación de las organizaciones de la Economía Social y Solidaria. Se quiere fomentar la innovación y la actividad empresarial a través de:
- El apoyo a nuevas iniciativas y líneas de negocio.
- La apertura en nuevos mercados.
- La creación de nuevos productos y servicios.
- La generación de empleo y actividad económica con valores sociales.
Todo eso, para dinamizar el mercado social y promover unas relaciones económicas más justas y equitativas. Las ayudas se dividen en 5 líneas:
- Línea 1 – GerminESS. Para proyectos que diseñan nuevas ideas de negocio, que se encuentran en las primeras etapas de desarrollo, en fase de investigación, validación o planificación.
- Línea 2 – CreixESS. Para proyectos que han superado la fase inicial de conceptualización y se encuentran en una etapa de implementación.
- Línea 3 – ArrelESS. Para proyectos que han conseguido superar las primeras etapas de lanzamiento y se encuentran en una fase de estabilidad y expansión para obtener una mayor productividad y competitividad.
- Línea 4 – LiderESS. Para grandes proyectos estratégicos del cooperativismo como para proyectos que promueven alternativas socioeconómicas en zonas rurales o en riesgo de despoblamiento para revitalizar y diversificar estas áreas. Esta línea se dividirá en:
- Eje En: Proyectos cooperativos con impacto global y transformador.
- Eje B: Proyectos que quieren revitalizar zonas rurales o en riesgo de despoblamiento.
- Línea 5 – Oficina Técnica: Vehicula el acompañamiento y seguimiento de los proyectos que reciben subvención a través de las líneas 1, 2 y 3 y 4 para garantizar la consecución de los objetivos de las diferentes iniciativas empresariales.
- Línea 1:
- A cooperativas
- A sociedades laborales.
- A mutualidades
- A asociaciones, que desarrollen actividad económica.
- A fundaciones, que desarrollen actividad económica.
Para la línea 1 no se permiten proyectos presentados por agrupaciones de entidades.
- Línea 2, línea 3 y línea 4:
- Entidades solicitantes
- A cooperativas
- Entidades agrupadas:
- A cooperativas
- A sociedades laborales
- A mutualidades
- A asociaciones, que desarrollen actividad económica.
- A fundaciones, que desarrollen actividad económica.
- A otras entidades, excepcionalmente.
- Entidades solicitantes
- Línea 5:
- A aquellas entidades que cumplan la totalidad de estas condiciones::
- Que tengan forma jurídica de cooperativa.
- Constituidas en un periodo superior a los cinco años anteriores a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
- Con experiencia acreditada en el ámbito del proyecto y del ESS.
- A aquellas entidades que cumplan la totalidad de estas condiciones::
Para la línea 5 no se permiten proyectos presentados por agrupaciones de entidades.
El plazo para solicitar la subvención es del 22 de julio de 2025, a las 09:00 h, hasta el 10 de septiembre de 2025, a las 14:00 h.
- Una ficha resumen del proyecto (presupuesto total y por anualidad, si pega|ocurre), según el modelo normalizado (G146NCTC-849).
- Una memoria del proyecto, según modelo normalizado:
- Línea 1. GerminESS (G146NCTC-850)
- Línea 2. CreixESS (G146NCTC-851)
- Línea 3. ArrelESS (G146NCTC-852)
- Línea 4. LiderESS (G146NCTC-853)
- Línea 5. Oficina Técnica (G146NCTC-854)
- Las entidades que hayan acordado con la Administración una prórroga, un aplazamiento, una moratoria o cualquier otra condición especial tienen que presentar la documentación que lo acredite.
- Si alguna entidad no da su consentimiento porque|para que la Administración haga las consultas necesarias para verificar que cumple los requisitos, tendrá que presentar la documentación que acredite que los cumple.
- En el caso de agrupaciones, hay que presentar:
- Convenio de constitución de la agrupación, según el modelo normalizado (G346NIA-486). Este convenio tiene que incluir:
- Los compromisos de ejecución asumidos por cada entidad de la agrupación, que también tendrán la condición de entidades beneficiarias.
- El importe de la subvención que corresponde a cada una de las entidades.
- Las tareas y actuaciones que llevará a cabo cada entidad dentro del proyecto.
- Los compromisos y obligaciones de cada entidad.
- La contratación de los equipos y el reparto de la subvención.
- Toda esta información tiene que quedar recogida en el convenio de colaboración
- El documento de declaraciones responsables que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en la base 6 de la Orden (G346NCTC-855).
- La declaración de no existencia de entidad agrupada (G346NCTC-856)
- Las declaraciones responsables correspondientes a la base 13.
- Los consentimientos expresos para consultar los datos indicados en la base 11.7.
- Toda esta documentación se tiene que presentar para cada persona beneficiaria, utilizando el modelo normalizado.
- Convenio de constitución de la agrupación, según el modelo normalizado (G346NIA-486). Este convenio tiene que incluir:
Documentación general disponible para las entidades:
- Autorización para la consulta de datos en el marco de la subvención de proyectos singulares de la economía social y solidaria y el cooperativismo en Cataluña (G346NCTC-857). El Departamento de Empresa y Trabajo podrá requerir este documento, en cualquier momento de la tramitación, para tener constancia que las personas de la entidad han autorizado a que se consulten sus datos a otras administraciones y verificar que se cumplen los requisitos.
Una vez notificada la propuesta de Resolución provisional:
- Aceptación o desistimiento de la subvención propuesta en el marco de la convocatoria de subvenciones de projectes singulars (G346NIA-518).
Una vez notificado el otorgamiento definitivo:
- Propuesta de cambio de proyecto (G346NIA-519).
- Declaración sobre la fecha de inicio de las actuaciones (G346NCTC-858).
- Retribuciones órganos directivos entidad beneficiaria solicitante (con firma) (G346NIA-520).
- Retribuciones órganos directivos entidad beneficiaria agrupada (sin firma) (G346NIA-520).
- Modelo de contrato de subcontratación (G346NIA-522).
- Solicitud de autorización para la subcontratación de actividades subvencionadas con terceros (G346NIA-523).
- Declaración responsable de la empresa subcontratada (G346NIA-524).
En caso de aplicarse, hay que cumplir con los requisitos y obligaciones que se establecen a la normativa:
- Sobre infracciones y sanciones en el orden social.
- De fomento del asociacionismo.
- Sobre accesibilidad de los sitios web y de las aplicaciones para dispositivos móviles de la Administración de la Generalitat de Catalunya y de su sector público.
- Para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
- De igualdad de trato y no discriminación
- De contratos del sector público.
- Del voluntariado y de fomento del asociacionismo.
- De igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- Para garantizar los derechos de lesbianas, gais, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia.
- Sobre el reforzamiento del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres a través de la transparencia.
- Del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
- Del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
- Para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
- General de subvenciones.
- Por el cual se regulan los planes de igualdad y su registro.
- De igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
- De política lingüística.
- De prevención de riesgos laborales.
- Respetar el resto de obligaciones legales y reglamentarias, aplicables.
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Plazos
Del 22/07/2025 al 10/09/2025Este trámite lo podéis hacer por internet.
Hace falta que firméis el formulario principal con un certificado digital de:
- Persona física
- Representante legal de la persona jurídica solicitando
- Persona vinculada a una organización
-
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Podéis consultar el estado del trámite:
Podéis consultar el estado del trámite:
- En el Área privada de Canal Empresa (con certificado digital y/o idCAT Móvil).
- En el Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?La persona titular de la Dirección General de Economía Social y Solidaria y el Cooperativismo, como órgano instructor del expediente, tiene que [...]
¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?
La persona titular de la Dirección General de Economía Social y Solidaria y el Cooperativismo, como órgano instructor del expediente, tiene que elevar una propuesta provisional de concesión de la subvención, de acuerdo con el informe de la comisión de valoración. La propuesta de resolución de concesión se tiene que fundamentar, ordinariamente, en los informes de la comisión de valoración y, en caso de que no siga los informes mencionados, tiene que motivar la discrepancia.Esta propuesta provisional se notifica mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya, a fin de que la entidad presente la documentación adicional que le sea requerida. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos. Se puede prescindir de este trámite cuando no figuren en el procedimiento ni se tengan en consideración otros hechos ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados.
¿Cómo y qué respuesta se recibe?
Este trámite finaliza con una publicación en el Tablón electrónico de la Generalitat de Catalunya.¿Se puede presentar recurso/reclamación?
Sí, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, se puede presentar un recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría de Trabajo del Departamento de Empresa y Trabajo.