¿Qué tienes que saber?
El programa TU+1 tiene el objetivo de incentivar a las personas autónomas, sin trabajadores/as aa su cargo, a contratar personas de manera indefinida, durante un periodo mínimo de 18 meses. Las personas contratadas tienen que estar en situación de paro e inscritas como demandantes de empleo no ocupado (DONO) en el Servicio Público de Ocupación de Cataluña (SOC).
Con estas subvenciones se fomenta la contratación indefinida, se crea ocupación y se favorece el crecimiento de los negocios de las personas autónomas.

La petición genérica no es válida para la presentación de las solicitudes de este trámite. Las solicitudes presentadas por petición genérica no se tendrán en cuenta y la fecha de presentación será la fecha en que se presente la solicitud con el formulario específico que encontraréis en este trámite.
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A personas trabajadoras autónomas sin personas trabajadoras asalariadas a cargo.
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A las sociedades limitadas unipersonales (SLU), cuando la persona física que las constituya desarrolle su actividad a la sociedad, sin asalariados a cargo.
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A personas trabajadoras autónomas con una o varias personas trabajadoras autónomas colaboradoras a su cargo, siempre que el nuevo contrato indefinido no se formalice con esta o estas personas trabajadoras a autónomas colaboradoras.
Si un solicitante ejerce su actividad económica como persona trabajadora autónoma y también es titular o socio único de una o más SLU, solo puede hacer una solicitud, sea como trabajador autónomo o por una de las SLU. Las solicitudes no son acumulables y, si presenta más de una, solo tendremos en cuenta la última solicitud presentada.
No pueden ser beneficiarias de la subvención:
- Las personas trabajadoras autónomas económicamente dependientes (TRADE).
- Las personas trabajadoras autónomas colaboradoras.
- Las sociedades civiles privadas (SCP) u otros tipos de sociedades, excepto las sociedades limitadas unipersonales (SLU).
- Las personas trabajadoras autónomas que hayan tenido personas trabajadoras a su cargo el mismo día en que se presenta la solicitud o durante los seis meses anteriores. La contratación de una persona trabajadora en el régimen especial de trabajadoras del hogar no se computará como persona trabajadora a cargo.
- Las personas trabajadoras autónomas o SLU en las que se haya otorgado esta ayuda en anteriores convocatorias.
Lo puedes solicitar en cualquier momento.
Este trámite es gratuito.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar
Plazos
Del 10/07/2026Este trámite solo lo puedes hacer por internet.
Hay que identificarse con el idCATMòbil o un certificado digital de:
- Persona física
- Persona jurídica
- Persona vinculada a una organización con capacidad de representación
Puedes consultar la relación de certificados en la sección 'Certificados y firmas electrónicas