¿Qué tienes que saber?
És una autorització per a la pràctica de la pesca recreativa (no professional) en aigües continentals i marítimes superficials des de terra o des d'una embarcació amb qualsevol estri autoritzat per a aquest tipus de pesca.
Hi ha diferents tipus de llicència recreativa de superfície:
- R5: llicència recreativa turística d'un dia de durada.
- R6: llicència recreativa turística de dos dies de durada.
- R0: llicència recreativa turística de quinze dies de durada.
- R1: llicència recreativa d’un any de durada.
- R2: llicència recreativa de dos anys de durada.
- R3: llicència recreativa de tres anys de durada.
- R4: llicència recreativa de quatre anys de durada.
- M1: llicència recreativa sense mort d'un any de durada.
- M2: llicència recreativa sense mort de dos anys de durada.
- M3: llicència recreativa sense mort de tres anys de durada.
- M4: llicència recreativa sense mort de quatre anys de durada.
- RM: llicència recreativa de menors. Gratuïta per a menors de 18 anys. Té una vigència de quatre anys.
- RJ: llicència recreativa per a persones més grans de 65 anys. És gratuïta i té una vigència de quatre anys.
- RD: llicència recreativa per a discapacitats. Té una vigència de quatre anys i és gratuïta per a persones que ho acreditin documentalment.
Las solicitudes que quieran tramitarse presencialmente en Barcelona ciudad se atenderán en los Servicios Territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en Gran Via, 612-614.
Consulte el apartado Presencialmente del Paso 1 Solicitar.
Si desea tramitar la solicitud por internet, consulte el Paso 1 Solicitar.
Para más información sobre la actividad de la pesca marítima recreativa en Cataluña consulte el apartado de pesca de la web
Organismo responsable
Otros organismos relacionados
A totes les persones físiques.
El plazo para aportar documentación es de 10 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de solicitud de la licencia.
La licencia se puede solicitar mediante este enlace.
Que se haya realizado correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
Las personas solicitantes deben enviar la documentación utilizando el formulario de aportación de documentación, una vez hayan solicitado la licencia de pesca para el menor o de incapacidad.
Debe tener un expediente de solicitud de licencia de pesca recreativa de superficie para menores de 18 años (tipo RM) o para incapacitados (tipo RD) en trámite.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
-
1
Primer paso
Aportar documentació
-
2
Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puede consultar el estado del trámite:
Plazos
Hasta el 31/12/1999Puede consultar el estado del trámite:
- En Área privada (con idCAT Móvil/o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
- En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
- En cualquier oficina de atención ciudadana (OAC).
-
3
Tercer paso
Recibir respuesa de la Administración
¿Cómo se recibe la respuesta?En el plazo máximo de 10 días hábiles se puede descargar la licencia solicitada mediante el enlace Consulta, pago y reimpresión de la licencia de caza o pesca
¿Cómo se recibe la respuesta?
En el plazo máximo de 10 días hábiles se puede descargar la licencia solicitada mediante el enlace Consulta, pago y reimpresión de la licencia de caza o pescaEn caso de que los documentos aportados son correctos la Administración únicamente valida la licencia, pero no se notifica al interesado.
¿Cuándo se recibe respuesta de la Administración?
Cuando la documentación sea incompleta o errónea se comunicará al interesado para corregir los errores o carencias.¿Se puede presentar un recurso?
Sí. Se puede presentar un recurso de alzada ante el/la director/a general de Bosques y Gestión del Medio, o de la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.