¿Qué tienes que saber?
Para ejercer las funciones de personal de control de acceso de determinados establecimientos de espectáculos y actividades recreativas es imprescindible disponer de la habilitación correspondiente, que consta de un carnet y un distintivo profesionales.
Para obtener la habilitación deben haberse superado las pruebas correspondientes.
Con este trámite puedes pedir la habilitación, la renovación y el duplicado del carné y distintivo profesional.
Si necesitas información o ayuda para tramitar, te recomendamos que pidas cita en las oficinas de atención ciudadana.
A las personas que quieran solicitar la habilitación (el carnet y el distintivo profesionales), el duplicado o la renovación.
El carnet y el distintivo profesionales para el personal de control de acceso caducan a los 4 años.
La renovación se tiene que solicitar con una antelación mínima de 2 meses a la fecha de caducidad.
Debes adjuntar a la solicitud:
- Una fotografía reciente en color y fondo blanco (dimensiones 2,85 x 2,06 cm y con las mismas características visuales que para el DNI-NIE).
- El permiso de residencia y trabajo o el documento que acredite que tienes la ciudadanía de algunos de los países que integran la Unión Europea, solo en el caso de que seas extranjero.
- La documentación del órgano competente que acredite la sustitución del NIE por el DNI (certificado de concordancia), solo en el caso de que se haya producido el cambio después de la expedición del carnet anterior.
En caso de que no autorices la consulta de datos, tendrás que presentar la copia auténtica del certificado de antecedentes penales.
- Ser mayor de edad.
- Tener la ciudadanía española o la de alguno de los países que integran la Unión Europea, o tener el permiso de residencia y de trabajo en el caso de que seas extranjero.
- No haber sido condenado por delitos contra las personas, el patrimonio o la salud pública, o justificar que los antecedentes de los delitos cometidos han sido cancelados.
44,10 €
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Puedes hacer este trámite por internet o presencialmente. En el caso de que lo hagas presencialmente, te recomendamos que pidas cita en las oficinas de atención ciudadana.
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2
Segundo paso
Paga la taxa
Puedes pagar la tasa:
Puedes pagar la tasa:
- En línea: con tarjeta bancaria o Bizum, a través del Área privada o el Estado de tus gestiones de la plataforma tramits.gencat.cat.
- Mediante la carta de pago: a través de un cajero de CaixaBank o desde la web Pago de impuestos y matrículas de CaixaBank.
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3
Tercer paso
Consulta el estado del trámite
Consulta el estado del trámite a través de estos canales:
Consulta el estado del trámite a través de estos canales:
- Área privada (con el idCAT Móvil o el certificado digital).
- Estado de tus gestiones (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
- Teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI o NIF).
- Cualquier oficina de atención ciudadana (OAC).
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4
Cuarto paso
Recibe la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibirás la respuesta?En un plazo máximo de 3 meses de de la presentación de la solicitud.Si no recibes ninguna respuesta en este plazo, puedes considerar que hemos rechazado tu [...]
¿Cuándo recibirás la respuesta?
En un plazo máximo de 3 meses de de la presentación de la solicitud.
Si no recibes ninguna respuesta en este plazo, puedes considerar que hemos rechazado tu solicitud.
¿Qué respuesta recibirás?
Recibirás una llamada telefónica con la indicación que puedes pasar a recoger el carné y distintivo profesionales o una resolución de no habilitación, según corresponda.
¿Cómo recibirás la respuesta?
Si, revisada la solicitud, todo es correcto, recibirás una llamada telefónica con la indicación que puedes pasar a recoger el carné y distintivo profesionales.
En el caso de que se resuelva denegar la habilitación, recibirás un correo electrónico con el enlace a la notificación. Puedes acceder a través del Área privada.
Si no has aceptado recibir notificaciones electrónicas, recibirás la notificación por correo postal.
¿Puedes presentar un recurso?
Puedes presentar un recurso en el plazo de 1 mes desde el día siguiente de haber recibido la notificación, a través de la opción Aportar documentación dentro del detalle del trámite en el Área privada.