¿Qué tienes que saber?
El objeto de esta ayuda es promover la conservación de las razas autóctonas que figuran en el anexo I del Real decreto 45/2019.
- Plazo para solicitar la ayuda: hasta el 8 de mayo de 2026, incluido.
Las actuaciones objeto de subvención deben ejecutarse dentro del año natural de la convocatoria.
A las organizaciones o asociaciones de personas ganaderas reconocidas por el Departamento que cumplen los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:
- Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del siguiente a la aceptación de la notificación electrónica de requerimiento o de la resolución.
- Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
- Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el siguiente a la notificación de la resolución.
Que se haya realizado correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
- Una vez revisadas las solicitudes, se enviarán, en su caso, requerimientos de documentación a los solicitantes mediante notificación electrónica. Las entidades deben enviar la documentación solicitada utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
- Por otra parte, las entidades podrán presentar la documentación que consideren oportuno a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Debe tener un expediente de solicitud de subvenciones en trámite.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Sobre el formulario:
- Indicando obligatoriamente el número de expediente.
- Debe firmarse electrónicamente para poder enviarlo.
- El tamaño máximo del archivo de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5 MB.
- Los documentos que se pueden enviar a través de este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar o desistir
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2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora la analiza y lleva a� cabo las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios [...]
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora la analiza y lleva a cabo las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos y variará en función de la documentación de que se trate, y se podrá incluir en la resolución de la solicitud de ayuda.