¿Qué tienes que saber?
El Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de Cataluña (SAT) dispone de este trámite para facilitar información y condiciones de tramitación necesarias y obligadas por el Decreto 199/2013, de 23 de julio, sobre las sociedades agrarias de transformación de Cataluña.
- En las SAT constituidas.
- Las personas que tengan la condición de titular de explotación agraria o forestal, o trabajador/a agrícola.
- Las personas jurídicas que persiguen fines agrarios, aunque no sean titulares de una explotación agraria. En este supuesto, el importe total de las aportaciones realizadas por el conjunto de éstas no puede alcanzar, en ningún caso, el 50 por 100 del capital social.
- Los propietarios o usufructuarios de fincas sujetas a aparcería, masovería u otros contratos de donde obtengan una participación en especie en los productos obtenidos.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
Se ha de presentar el formulario de solicitud del nombre de una SAT al Registro de SAT (A0918-DO1).
• No puede existir ninguna otra entidad con idéntica o similar denominación para evitar la confusión con ninguna otra SAT constituida.
• La denominación de las sociedades reguladas por el DECRETO 199/2013 debe incluir, necesariamente, las palabras Sociedad Agraria de Transformación Catalana o la abreviatura correspondiente (SAT CAT). Esta denominación es exclusiva de aquellas SAT que estén inscritas en el Registro de Cataluña.
No se han de pagar tasas para este trámite
• La vigencia del certificado será de dos meses a partir de la fecha de su expedición.
• Para cualquier consulta con el Registro de SAT, dispone del correo electrónico: registre.sat.daam@gencat.cat
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicitar
Este trámite sólo se puede realizar por internet. Es necesario que se identifique con certificado digital o idCATMóvil. En caso de que no pueda realizar el trámite por una incidencia en el sistema, vuelva a intentarlo más tarde.
Si la incidencia persiste, puede contactar con el buzón de correo electrónico: registre.sat.daam@gencat.cat
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2
Segundo paso
Consultar l'estat del tràmit
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- A Canal Empresa (con idCAT Móvil o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir la respuesta de la Administración
¿Qué respuesta recibiré de la administración?
¿Qué respuesta recibiré de la administración?
Recibirás un certificado que autoriza el uso de la denominación social. Si no se autoriza, recibirás un requerimiento.
¿Cómo recibiré la respuesta?
Recibirás una notificación electrónica. Podrás acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.
¿Cuál es la vigencia del certificado expedido?
La vigencia del certificado expedido es de dos meses a partir de la fecha de la expedición.