¿Qué tienes que saber?
En un solo registro se incluyen todos los operadores del sector de la alimentación animal, tanto de los animales destinados a la producción de alimentos como los animales de compañía y los operadores del ámbito de los SANDACH.
Respectoa los SANDACH, incluye los de de categoría 3 y, en el caso de categoría 1 y 2, solo la manipulación de productos intermedios y el uso de SANDACH para fines específicos. El resto de operadores SANDACH deberán inscribirse ante la Agencia de Residuos de Cataluña.
Este trámite solo puede realizarse por internet. La documentación que aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
La petición genérica únicamente será válida para las opciones de comunicar cambios de titular y comunicar la baja.
- A los operadores del sector de la alimentación animal en cualquiera de las fases de producción, comercialización y transporte, incluida la fabricación de piensos compuestos para las necesidades de la explotación ganadera propia, cuando se utilitcen additivos diferentes en el ensilado.
- A los operadores en el ámbito de los SANDACH clasificados con la categoría 3, en cualquiera de las etapas de recogida, transporte, manipulación, tratamiento, transformación, procesado, almacenamiento, comercialización, distribución y/o utilización.
Se puede solicitar en cualquier momento
Las actividades sometidas a régimen de comunicación se pueden iniciar en el momento de presentar el impreso de comunicación. Para las actividades sometidas a régimen de autorización deberá disponer de la correspondiente resolución de autorización para iniciarlas.
Debe que adjuntar al impreso de solicitud:
- Memoria descriptiva de las actividades (A0677-DO13)
- Memoria descriptiva de las actividades SANDACH solo para actividades relacionadas con abonos i enmiendas del suelo (A0161.07-DO11)
- Anexo 1, solo sector de la alimentación animal (A0677-DO67)
- Anexo 2, solo ámbito del SANDACH (A0677-DO68)
- Mandato de representación, cuando la solicitud esté firmada por una entidad autorizada/mandatario A0677-DO69
Una vez enviado el impreso el sistema requerirá el envío, si procede, de la siguiente documentación:
- Cuadro de gestión del análisis de peligros y puntos críticos de control (APPCC)
- Diagrama de flujo del proceso de fabricación, para el caso de fabricante
- Copia del Plan de control de calidad
- Listado de los procedimientos de autocontrol de los que se dispone
- Plano de distribución de las instalaciones
- Diagrama de flujo del proceso
La documentación a presentar en cada caso es la siguiente:
En el caso de solicitar la inscripción de actividades sometidas a régimen de autorización en el sector de la alimentación animal:
- Cuadro de gestión del análisis de peligros y puntos críticos de control (APPCC), con identificación de las etapas, peligros, puntos críticos de control, registros y medidas correctoras.
- Diagrama de flujo del proceso de fabricación, para los fabricantes
- Copia del Plan de control de calidad establecido que garantice que los productos se ajustan a la normativa vigente y que debe incluir el control de los puntos críticos, procedimientos y periodicidad de la toma de muestras, los métodos de análisis e indicación de la destino de las materias primas, aditivos, premezclas y piensos en caso de no ajustarse a las especificaciones, para el caso de fabricantes.
En el caso de las plantas de transformación y fabricantes de alimentos de origen animal para animales de compañía:
- Cuadro de gestión del APPCC con identificación de las etapas, peligros, puntos críticos de control, registros y medidas correctorasPlano de distribución de las instalaciones en que se indiquen los flujos de movimiento de los subproductos.
- Diagrama de flujo del proceso de transformación o de fabricación
En el caso de solicitar la inscripción de actividades relacionadas con los abonos y enmiendas orgánicas sometidas a régimen de autorización:
- Plano de distribución de las instalaciones en el que se indiquen los flujos de movimiento de los subproductos/productos derivados.
- Diagrama de flujo del proceso de fabricación y/o envasadoProcedimientos de autocontrol, que incluirán, como mínimo, el control de plagas de aves, insectos y roedores, procedimientos de limpieza y desinfección de los locales e instalaciones, trazabilidad del material, gestión de no conformidades y, en su caso, toma de muestras y análisis.
La cuota de la tasa en el registro del sector de la alimentación animal y del ámbito de subproductos animales y productos derivados no destinados al consumo humano es de:
- 104,5 euros por la inscripción inicial.
- 52,05 euros por la inscripción de la modificación de los datos registrales.
- Las actividades sometidas a régimen de comunicación quedan exentas de esta tasa.
El pago se hará efectivo en el momento de presentar la solicitud.
En el Registro se inscriben los establecimientos ubicados en Cataluña y los operadores sin instalaciones que tienen su domicilio social en Cataluña.
En el caso de operadores en el ámbito de los SANDACH clasificados con la categoría 3, por las actividades relacionadas con los abonos y enmiendas del suelo, que se describen a continuación, se presentará una memoria específica (A0161.07-DO11).
- Fabricación de abonos o enmiendas del suelo orgánicas derivados de cat 3
- Almacenamiento y distribución de abonos o enmiendas orgánicas derivados de cat 3
- Envasado de abonos o enmiendas orgánicas derivados de cat 3
Para el resto de operadores, debe presentarse la memoria descriptiva de las actividades (A0677-DO13)
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Inscribirse o ampliar - otros operadores no transportistas
Este trámite solo puede hacerse por internet. Al enviar el formulario debe identificarse con idCATMóvil o un certificado digital de persona física, de representación o de persona vinculada.
La petición genérica no es válida para la presentación de las solicitudes de este trámite. Las solicitudes presentadas por petición genérica no se tendrán en cuenta y la fecha de presentación será la fecha en que se presente la nueva solicitud utilizando el formulario específico que encuentra en este trámite
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2
Segundo paso
Consultar l'estat del tràmit
Puede consultar el estado del trámite:
Puede consultar el estado del trámite:
- En Canal Empresa (con idCAT Móvil y/o certificado digital).
- En Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- En el teléfono 012 (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
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3
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cómo y cuándo se notifica la resolución?Saber más
¿Cómo y cuándo se notifica la resolución?
El/La director/a de servicios territoriales del DACC dicta la resolución de autorización de la actividad, lo que conlleva su inscripción en el Registro o resuelve la inscripción del Registro para las comunicaciones.
En la resolución figura el número de inscripción en el Registro así como las actividades para las que ha sido autorizado/registrado.
La resolución se notificará a la persona solicitante en el plazo máximo de tres meses a contar desde la presentación de la solicitud de inscripción o comunicación.
En caso de falta de resolución expresa, la persona solicitante podrá entender estimada la solicitud por silencio administrativo.
Para solicitudes que se conviertan comunicaciones, el/la director/a de servicios territoriales del DARP resuelve la inscripción del Registro. En la resolución figura el número de inscripción en el Registro así como las actividades para las que ha sido autorizado/registrado.
La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato en la comunicación o en la documentación que la acompaña comporta, previa audiencia al interesado, la emisión de una resolución por la que se deja sin efecto la inscripción en el registro y que impide el ejercicio del derecho o de la actividad afectada¿Cómo se recibe la respuesta?
Recibirá una notificación electrónica. Puede acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.
En caso de falta de resolución expresa, la persona solicitante puede entender estimada la solicitud por silencio administrativo.¿Se puede interponer recurso?
En caso de desestimación de la sollicitud de inscripción en el Registro, la resolución de desestimación debe ser motivada. Contra esta resolución se puede interponer recurso de alzada ante el/la director/a general de Agricultura y Ganadería en el plazo de un mes a contar de la notificación.