¿Qué tienes que saber?
Ayuda para compensar a los ganaderos por los costes derivados de la ejecución de programas y actuaciones sanitarias dirigidos al control y la prevención de enfermedades de los animales dentro de los sectores porcino, cunícola, vacuno, pequeños rumiantes (ovejas y cabras), apícolas, equinos y de los moluscos.
- El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días a contar desde el siguiente a la publicación de la Reslución en el DOGC.
- La documentación justificativa de las actuaciones objeto de las ayudas se tendrá que presentar en el mismo plazo que la documentación de solicitud.
Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que se aporte por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.
A las agrupaciones de defensa sanitaria que estén reconocidas como tales, o que estén en trámite de reconocimiento, que lleven a cabo alguno de los programas sanitarios. Solo en el caso de los programas de fiebre Q y de lengua azul en los que se subvencione la compra de las vacunas, las personas solicitantes también pueden ser las personas físicas o jurídicas titulares de las explotaciones afectadas.
Los plazos para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud son diferentes para cada acción:
- Aportación de documentación requerida: 10 días hábiles a partir del día siguiente de la notificación telemática.
- Aportación de documentación no requerida y desistimiento: en cualquier momento del procedimiento.
- Presentación de alegaciones: 10 días hábiles desde el siguiente a la notificación telemática.
Que se realizado correctamente el envío de documentación no presupone que se haya enviado en el plazo adecuado.
- Una vez revisadas las solicitudes, se notificarán telemáticamente, en su caso, requerimientos de documentación a los solicitantes. Las entidades deben enviar la documentación solicitada utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
- Por otra parte, las entidades podrán presentar la documentación que consideren oportuno a lo largo de todo el procedimiento (alegaciones, desistimiento, etc.) utilizando el formulario de aportación de documentación, en el que hay que hacer constar obligatoriamente el número de expediente.
Debe tener une xpediente de solicitud de subvenciones en trámite.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Sobre el formulario:
- Indicando obligatoriamente el número de expediente.
- Se debe firmar electrónicamente el envío para poder enviarlo.
- El tamaño máximo del archivo de solicitud incluyendo los documentos adjuntos es de 5MB.
- Los documentos que se pueden enviar a través de este formulario pueden tener cualquier formato.
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Aportar, alegar, desistir
Plazos
Del 02/10/2025 al 01/12/2025Para presentar la solicitud de aportación debe tener los documentos adjuntos preparados y guardados en su unidad. Una vez estén cumplimentados, acceda a este enlace para descargar el formulario de presentación y anéxelos antes de su envío.
Este trámite se puede hacer por internet solo con certificado digital.
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2
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos, [...]
La documentación enviada se incorpora al expediente y la unidad gestora lo analiza y realiza las actuaciones correspondientes. La respuesta de la Administración siempre será por medios electrónicos, variará en función de la documentación de la que se trate, y se podrá incluir dentro de la resolución de la solicitud de ayuda.