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8561 - 8561_Títol de patró/ona de iot Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Renovar
  2. 2. Efectuar el pago
  3. 3. Recibir la respuesta de la Administración
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Normativa

  • Orden de 17 de junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  158  publicado el 03/07/1997)
  • Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  264  publicado el 03/11/2007)
  • Resolución de 30 de diciembre de 1997, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se desarrolla la Orden de 17 de junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el Gobierno de embarcaciones de recreo.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  8  publicado el 09/11/1998)
  • RESOLUCIÓN AAM/2417/2013, de 5 de noviembre, de convocatoria ordinaria de exámenes prácticos para la obtención de títulos náutico-deportivos para el año 2014.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6505  publicado el 20/11/2013)
  • RESOLUCIÓN AAM/2418/2013, de 5 de noviembre, de convocatoria ordinaria de exámenes teóricos para la obtención de títulos náutico-deportivos para el año 2014.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6505  publicado el 20/11/2013)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Resolución AAM/2418/2013, de 5 de noviembre, de convocatoria ordinaria de exámenes teóricos para la obtención de títulos náutico-deportivos para el año 2014 (DOGC núm. 6505, de 20.11.2013).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  6527  publicado el 23/12/2013)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El título permite llevar embarcaciones de recreo a motor o motor a vela de hasta 24 metros de eslora y una potencia adecuada. También autoriza para navegar en la zona que hay entre la línea de costa hasta la línea paralela a 150 millas.

  • Para obtener el título de patrón de navegación básica a motor es necesario:
    • Superar un examen teórico.
    • Hacer el curso de operador en radio operador de corto/largo alcance.
    • Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación o superar un examen práctico de seguridad y navegación.
  • Para obtener el título de patrón de navegación básica a motor y vela, además de los requisitos anteriores, es necesario cumplir una de las siguientes opciones:
    • Disponer del título de patrón/ona de navegación básica o de embarcaciones de recreo a motor y vela.
    • Realizar unas prácticas de navegación a vela.

Las personas que hayan aprobado la parte teórica en Cataluña y hayan realizado las prácticas en academias homologadas por la Generalitat de Cataluña pueden hacer la solicitud de expedición y renovación de título por internet.

En el resto de casos el trámite debe hacerse presencialmente.

Servicio de expedición y renovación inmediata: a determinadas oficinas (consulte el Paso 1 - Presencialmente) se puede presentar la documentación para expedir y renovar la titulación y obtenerla al momento.

Las renovaciones de títulos náutico se deben hacer a la Administración que expidió la tarjeta, de acuerdo con el artículo 26 del capítulo V del Real decreto 875/2014, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo. Por lo tanto, todas aquellas titulaciones expedidas por otras comunidades autónomas o por la Dirección General de la Marina Mercante deben renovarse en el organismo que hizo la expedición de la tarjeta.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació
  • Escola de Capacitació Nauticopesquera de Catalunya
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A todo el mundo que cumpla los requisitos.

Plazos
  1. El plazo para renovar la tarjeta es una vez acabada la vigencia de la actual (10 años).
  2. En el caso de personas mayores de 70 años, el título se tiene que renovar cada cinco años.
Documentación

Documentación que debe adjuntarse a la solicitud:

Renovación por caducidad, pérdida o robo:

  1. Acreditación de la aptitud psicofísica para el manejo de embarcaciones de recreo realizado en centros de reconocimiento de conductores (CRC) establecido en el Real decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo (BOE núm. 247 -  11/10/2014), o en sustitución de la acreditación copia compulsada de los reconocimientos médicos para el embarque del ISM o los expedidos por los médicos militares en los que se acredite la aptitud para navegar del militar sol·licitant1.
  2. Resguardo del ingreso de la tasa (código de barras para efectuar el pago a "la Caixa", en el momento de efectuar el pago se informará el DNI del/de la solicitante. Nombre la entidad: Escuela de Capacitación Nauticopesquera, Concepto: Títulos náutica recreo, Código de Entidad asignado: 0417125).

(1) No es necesario si han transcurrido menos de 2 años desde la fecha de expedición del anterior certificado. En caso de que se acredite que no ha pasado más de dos años desde la obtención del permiso de conducir vehículos terrestres a motor, presentar copia del citado permiso además de una revisión ocular a los efectos de diferenciar los colores, especialmente el verde y el rojo, realizada en un centro de reconocimiento de conductores.

Requisitos
  1. Poseer el título de patrón/ona de yate.
  2. Que la tarjeta a renovar provenga de una titulación expedida por la Generalitat de Cataluña o que, aunque fue expedida por otra Administración, al caducar fue renovada por la Generalitat de Cataluña.
Tasas
  • 54,50 €
  • En caso de personas mayores de 70 años, la tasa es de 10,70 €
Otras informaciones

La tarjeta de patrón/ona de yate se renovará bien cuando la tarjeta ha caducado o bien porque el titular lo ha perdido o le han robado.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Renovar

    Por Internet

    Renovar o convalidar un títol nàutic

    Iniciar . Acceder a Renovar o convalidar un títol nàutic

    Una vez identificados en la aplicación:

    • Puede actualizar algunos datos personales. 
    • Puede solicitar la renovación de un título en el botón renovar.
      • Introduzca datos del certificado médico: fecha emisión, tipo y observaciones del certificado médico (si las hay). 
      • Cargue el certificado médico escaneado por las dos caras. 
      • Marque las casillas de declaración responsable y de protección de datos personales.
      • En la pantalla de pago introduzca los datos de su tarjeta de crédito. 

    Una vez finalizado el pago puede descargar el título provisional, con una validez de tres meses. 

    Para hacer la tramitación puede identificarse con idCATMóvil o certificado digital AOC, certificado digital FMNT, DNI electrónico o Cl@ve 24 PIN.

    Presencialmente

    El trámite de solicitud se podrá realizar en las oficinas siguientes:

    1. Con entrega inmediata del documento acreditativo:

    Cuando se pide la expedición del título en alguna de las siguientes oficinas, la Administración entrega el título de forma inmediata a la persona interesada.

      • Escuela de Capacitación Náutico-pesquera de Cataluña
      • Servicios Centrales del Departamento de Agricultura, Ganaderia, Pesca y Alimentación en Barcelona (Gran Via) (en esta oficina es necesario pedir cita prèvia para hacer el trámite).
      • Servicios territoriales de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (excepto Servicios Territoriales en la Cataluña Central y Servicios Territoriales de Barcelona)
      • Oficina Comarcal de El Baix Empordà
      • Oficina Comarcal de L'Alt Empordà
      • Oficina de Atención Ciudadana en Girona

        Esta entrega inmediata no se produce en el caso de que se soliciten convalidaciones o se presenten prácticas realizadas en otras CCAA. En este caso se entrega copia de la solicitud registrada. Este documento permite navegar durante un periodo máximo de 3 meses contados a partir de la fecha de registro de entrada.

    1. Con recogida de la documentación y envío del documento acreditativo al interesado:

    Cuando se pide la expedición del título a una de las siguientes oficinas, se entrega al interesado copia de su solicitud con el sello del registro. Este documento permite navegar durante un periodo máximo de 3 meses contados a partir de la fecha de registro de entrada.

      • Oficinas comarcales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación
      • Servicios territoriales del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación a la Cataluña Central
      • Por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de acuerdo con lo establecido en la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Solicitud de renovación

    Por videoatención

    Solicitar videoatención

    Pide cita . Acceder a Solicitar videoatención

    La videoatención es un servicio de atención ciudadana por videollamada que permite recibir información y soporte para realizar trámites por internet. En ningún caso se realiza el trámite en nombre del ciudadano sino que se recibe un acompañamiento en la presentación del trámite.

    Para recibir la atención por videollamada necesitas:

      • Un ordenador (recomendado), una tableta o un teléfono móvil que disponga de cámara, micrófono y altavoces.
      • Conexión a Internet y navegador.
      • Un teléfono móvil donde poder recibir SMS.
      • Tener a mano un documento identificativo con fotografía para comprobar tu identidad.

    Si quieres más información sobre la videoatención, puedes consultar este enlace: Servicio de videoatención.

     

  2. 2

    Segundo paso

    Efectuar el pago

    Si ha realizado el trámite presencial, para poder solicitar la renovación del título es necesario haber realizado el pago de la tasa de renovación por Línea Abierta o a través de cualquier Servicaixa [...]

    Si ha realizado el trámite presencial, para poder solicitar la renovación del título es necesario haber realizado el pago de la tasa de renovación por Línea Abierta o a través de cualquier Servicaixa de CAIXABANK, SA, utilizando el código de barras o el código de entidad del impreso de solicitud de renovación de títulos náuticos, a través de la opción pago a terceros.

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    El documento acreditativo tendrá una validez de 10 años. Las personas que hayan cumplido la edad de 70 años tendrán que renovar cada 5 años. Estas vigencias pueden ser modificadas de acuerdo con las [...]

    El documento acreditativo tendrá una validez de 10 años. Las personas que hayan cumplido la edad de 70 años tendrán que renovar cada 5 años. Estas vigencias pueden ser modificadas de acuerdo con las limitaciones establecidas en el documento de aptitud psicofísica.

    Por Internet

    Una vez finalizado el procedimiento de expedición/renovación y en un plazo de cinco días hábiles, podrá descargarse el título en formato electrónico (pdf) y se puede imprimir en papel ordinario o conservarlo en su dispositivo (móvil, tableta , etc.)

    Presencialmente

    ¿Qué respuesta se recibe?

    Se le entregará el documento una vez finalizado todo el procedimiento de expedición/renovación. Este documento estará impreso en papel ordinario y se puede descargar en formato electrónico (pdf) a través de la web nautica.gencat.cat, mientras el título esté vigente.

Fecha de actualización 27.11.2025
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